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Entre 2005 y 2012, los cordobeses que fueron designados jurados populares junto a jueces técnicos dictaron 256 sentencias, de las cuales 220 fueron condenatorias y en sólo 36 absolvieron a los imputados.

Las causas en las que participaron fueron principalmente para juzgar homicidios agravados, homicidios en ocasión de robo y, en menor medida, casos elevados por el Fueron Penal Económico y Anticorrupción.

Los datos surgen del informe elaborado por el Centro de Estudios y Proyectos Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ), que reveló que durante los primeros siete años de vigencia de la ley 9182, estos tribunales mixtos dictaron 256 sentencias.

Las cifras integran la primera parte trabajo titulado “Visión panorámica del Poder Judicial de Córdoba”.

De acuerdo con esta investigación, el año pasado se realizaron en toda la provincia 41 juicios con la participación de jurados populares, la misma cantidad que en 2011. En 25 debates se juzgaron casos de homicidio agravado; en 12 oportunidades se analizaron homicidios en ocasión de robo, y en cuatro debates se tramitaron causas elevadas por el Fuero Penal Económico y Anticorrupción.

La ley 9182 dispone que los delitos económicos, los hechos de corrupción y los “crímenes aberrantes” sean juzgados, obligatoriamente, por un tribunal integrado por tres jueces técnicos y ocho jurados populares.

Los jurados deciden, junto a los magistrados, sobre la existencia del hecho delictivo y la responsabilidad penal del imputado. Pero no intervienen en las cuestiones de índole estrictamente jurídica tales como la calificación legal del hecho y la determinación del monto de la pena.

Inversión

En cuanto al costo que supone la realización de los juicios por jurados, el informe asegura que durante 2012 el Poder Judicial de Córdoba invirtió, en promedio, 20.840 pesos por cada debate.

Eduardo Soria, coordinador de la Oficina de Jurados Populares del Poder Judicial, confirmó que cada jurado popular recibe 240 pesos como retribución diaria, más gastos de traslado de ida y vuelta. Si la persona se moviliza en vehículo recibe un peso por kilómetro o se le abona el gasto de taxi o colectivo, contra entrega del comprobante. Esta tarifa fue acordada por el Tribunal Superior de Justicia en mayo de 2012.

La elección de los jurados populares se hace por sorteo, basándose en el padrón de ciudadanos mayores de edad.

La vigencia de la lista de jurados populares designados dura un año, aunque la ley habilita al TSJ a prorrogarla, que es lo que viene ocurriendo desde 2055.

En la ciudad de Córdoba, el sorteo abarcó a 1.906 personas, y la lista depurada quedó en 120 varones y 130 mujeres.

Para ser jurado popular hay que tener entre 25 y 65 años, superar un apto psicofísico, tener ciudadanía plena, haber cumplido nueve años de educación y una residencia no inferior a cinco años.

Soria explicó que son muy dispares las reacciones de las personas que acuden a la citación del Poder Judicial. “Están los que comparecen por obligación y los que tienen expectativas de ser jurado. En general, siempre es más alto el porcentaje de la gente que quiere participar”, señaló Soria.

Cuando se hace la elección, los jurados reciben un instructivo y una capacitación.

240 pesos por día

Cada jurado popular percibe 240 pesos por día, más los gastos de traslado de ida y vuelta (Ver resultado de juicios por jurados).

Si la persona se moviliza en vehículo recibe un peso por kilómetro o se le abona el gasto de taxi o colectivo, contra entrega del comprobante.

“Fue muy duro el debate”

Caso de homicidio. Mariana fue convocada para ser jurado popular en un caso en el que una pareja estaba acusada de haber dado muerte a su bebé. “Fue muy duro el debate, más tratándose de una criatura, víctima de los golpes que le causaron la muerte. La verdad es que el caso me dejó muy afectada, porque me costaba entender que alguien pudiera hacer algo semejante con un bebé”, señaló.

“Fue la única vez que participé en un juicio por jurado y más allá del terrible caso que me tocó analizar, puedo decir que fue una buena experiencia. Descubrí una realidad de la que estaba totalmente ajena. Me sirvió para entender muchas cosas sobre el funcionamiento de la Justicia y para comprender por qué los jueces se toman su tiempo para decidir un fallo”, agregó Mariana.

Incompatibilidad. Entre los que no pueden ser jurados populares figuran los abogados, escribanos, empleados públicos del poder legislativo y judicial, funcionarios del Banco de Córdoba, Epec, Caja de Jubilaciones, miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, ministros de culto, entre otros.

 

http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/jurados-populares-condenan-en-un-86