Los diputados nacionales dieron anoche sanción definitiva a la modificación de la Ley de Ejecución Penal 24.660, por la cual se establece un tratamiento para «la reinserción social de las personas condenadas por delitos contra la integridad sexual», con el objetivo de reducir la reiteración de ese tipo de acción.
La propuesta fue aprobada por unanimidad con los votos de 210 diputados presentes en el recinto y sin debate, en la misma sesión en la que se trató el rechazo a la resolución del juez de Nueva York, Thomas Griesa.
La ley, que lleva las firmas de los diputados kirchneristas Diana Conti y Carlos Kunkel, establece para «el tratamiento específico» para «todos los internos que resulten condenados por delitos sexuales hasta el cumplimiento de la pena», a través de un equipo interdisciplinario especializado del servicio penitenciario.
De acuerdo con la información suministrada, en el caso de que el juez conceda algún beneficio anticipado al interno (como salidas transitorias, incorporación a régimen de semilibertad, libertad condicional, libertad asistida, prisión discontinua, semidetención), «éste seguirá siendo asistido por el equipo especializado hasta recuperar su libertad definitiva».
También, dispone que al acceder a la libertad, al condenado «se le otorgará un resumen de la historia clínica y en caso de que resulte necesario, una orden judicial para facilitar la derivación a un centro de sanidad».
«Esta intervención especializada y adecuada a las necesidades del interno dentro del sistema penal con el fin de facilitar su inserción al medio social será supervisada por el juez como mínimo cada seis meses, mediante un informe circunstanciado dando cuenta de la evolución del interno y toda otra circunstancia que pueda resultar relevante», indica la norma.
Para recibir el beneficio de la libertad, el condenado debe contar con un informe favorable del equipo especializado.
«Para la concesión de algunos de los beneficios anticipados durante la ejecución de la condena (salvo en los casos de violación seguida de muerte, donde la libertad condicional está prohibida) se requiere inexorablemente un informe del equipo especializado al ‘concepto favorable’ respecto de la evolución y sobre el efecto beneficioso que podría tener para el futuro personal, familiar y social del condenado», se consignó.
Además, en el caso de salidas transitorias, régimen de semilibertad, prisión discontinua o semidetención, se exigirá «el acompañamiento de un empleado penitenciario o la colocación de un dispositivo electrónico de control, los cuales sólo podrán ser dispensados por decisión judicial previo informe de los órganos de control y del equipo interdisciplinario del juzgado de ejecución».
Al momento de la votación, Conti propuso que se denominara a la norma como «Ley Bargna», en homenaje a la joven Soledad Bargna, quien fue asesinada durante un intento de violación por un hombre que tenía el beneficio de salida transitoria y estaba condenado por una violación anterior.
La Cámara, además, aprobó esta noche un proyecto para declarar el 10 de agosto como el Día Nacional del Periodista de Exteriores de Radio y Televisión, en homenaje al movilero del Canal 26 Gustavo Valenza, fallecido este año.
fuente http://www.infobae.com/notas/683863-Diputados-convirtio-en-ley-la-reforma-para-condenados-por-violacion.html