Los ciudadanos que sean detenidos portando ilegalmente armas de fuego y resistan o intenten evadir un procedimiento policial antes de ser detenidos no podrán gozar de una excarcelación. Así lo establece el proyecto que introduce reformas al Código Procesal Penal de la Provincia sancionado ayer en el Senado bonaerense con los votos del oficialismo y el acompañamiento de los legisladores radicales y del Pro Peronismo.

La norma también restringe ese beneficio cuando los presuntos delincuentes tengan antecedentes por comisión de delitos con armas; o en los casos que los imputados estén gozando ya de una excarcelación anterior.

Un sector de la oposición lanzó cuestionamientos al proyecto durante el debate, al subrayar que contiene una “confusa redacción” que, entienden, llevará a “denegar un beneficio a detenidos sin pruebas judiciales” ya que gran parte de las acusaciones -tenencia de armas y resistencia a la autoridad- dependerá de los testimonios de la policía.

MINISTRO DE LA DEFENSA

En tanto, la cámara de Diputados bonaerense avanzó ayer con una serie de reformas al Poder Judicial, al convertir en ley la reforma a la Procuración de la Corte y al mecanismo de enjuiciamiento de magistrado.

En primer lugar, la cámara Baja aprobó la reforma a la Procuración de la Corte, impulsando la autonomía de la Defensa Pública.

Según el proyecto, el Ministerio Público estará encabezado por el Procurador General, quien ejercerá la superintendencia sobre los demás miembros del cuerpo, divididos en Ministerio Público Fiscal y Ministerio Público de la Defensa, que se definen como “funcionalmente autónomas”.

En tanto, crea las figuras del Procurador General y el Subprocurador general de la Suprema Corte, el primero de los cuales tendrá a su cargo a los fiscales. También se crea el cargo de Defensor General y Subdefensor General, y establece el principio de Autonomía de la Defensa, que gozará de “autonomía funcional, independencia técnica y autarquía financiera”.

La cámara Baja también convirtió en ley la modificación integral a la ley 13.661 que establece el sistema de Enjuiciamiento de magistrados y funcionarios del Poder Judicial, con el acompañamiento de casi todos los bloques de la oposición, que en su mayoría también cuestionaron dos artículos en particular.

El proyecto modifica la estructura de la Secretaría Permanente de Enjuiciamiento de Magistrados y reduce los tiempos del proceso. Además, contiene la figura del “apartamiento preventivo” durante el proceso.

 

 

fuente http://www.eldia.com.ar/edis/20121214/Dividen-Procuracion-limitan-excarcelaciones-laprovincia6.htm