El jury que juzga al fiscal general de General Pico, Carlos María Salinas, resolvió ayer por unanimidad llevarlo a juicio oral y público y suspenderlo en el cargo, al darle curso a la denuncia por mal desempeño en la causa por la desaparición y posterior homicidio de Sofía Viale, promovida a fines de noviembre del año pasado por los legisladores del Partido Justicialista, a excepción de los marinistas César Ballari y Mariano Fernández.
La resolución fue adoptada por el cuerpo que preside el ministro del Superior Tribunal de Justicia, Tomás Mustapich, y que completan los legisladores María Silvia Larreta (PJ) y Martín Berhongaray y los abogados, en representación de la matrícula, Lidia Ullán y Marianela Oriani. Además, por mayoría, ya que Berhongaray se opuso, se formalizó la negativa a unificar la denuncia contra Salinas con la que existe, por la misma razón, contra los fiscales piquenses Héctor Aberásturi y Alejandro Gilardenghi. Esta última fue impulsada por cuatro diputados del Frepam, Hugo Pérez, Juan Carlos Olivero, Claudia Giorgis y Luis Solana. El pedido de unificación había surgido del abogado de Salinas, Julio Ballari, hermano del legislador.
¿Qué pasará ahora? El jury le dará vista al procurador general, Mario Bongianino, para que en seis días hábiles formule la acusación, y luego la defensa tendrá otros diez para presentar el descargo. Posteriormente, en un término no mayor de 15 días, las partes ofrecerán las pruebas que consideren necesarias para el proceso y el paso siguiente será directamente el juicio oral y público en el recinto de la Legislatura.
El tema de que Bongianino sea el acusador no es menor porque cuando él tuvo que afrontar otro jury, también en el caso Sofía, su abogado cuestionó duramente a Salinas. También ambos habían tenido otro contrapunto, cuando el procurador aseguró que se había contactado con el fiscal general durante los dos meses que estuvo desaparecida la niña, y Salinas lo negó.
Sofía Viale desapareció el 31 de agosto del año pasado y recién apareció sin vida, a una cuadra de su casa, el 5 de noviembre. El único imputado por el crimen es Juan José Janssen, ya que el cadáver fue hallado enterrado en el fondo de la casa donde vivía.
En la denuncia, los diputados oficialistas -vernistas y camporistas- le endosaron a Salinas, entre otras cosas, «absoluto desinterés», «incumplimiento de sus funciones» y «falta de decoro en declaraciones periodísticas».
Salinas, jefe de los fiscales piquenses, presentó su renuncia al cargo el 13 de diciembre para acogerse a la jubilación y eludir el posible juzgamiento, pero el gobernador Oscar Mario Jorge aún no se la aceptó a pesar de las intimaciones que llegaron al Poder Ejecutivo. Por eso no se descarta que el imputado presente algún recurso para que se le otorgue la jubilación ya que tiene la edad y los años mínimos que exige la ley para acogerse al beneficio.
El, cuando la pequeña de 12 años desapareció, afirmó que a la justicia penal no le correspondía actuar porque no había un delito sino una desaparición de personas, y que sí debía hacerlo el Juzgado de la Familia y el Menor. De acuerdo a constancias que ingresaron al jury, ese tribunal fue notificado de la desaparición un mes después de ocurrida.

Fundamentos.
A raíz de su desacuerdo por la falta de unificación de las denuncias a Salinas, Aberásturi y Gilardenghi, el diputado Berhongaray dio a conocer sus fundamentos de su voto. El legislador sostuvo que las denuncias contra los tres fiscales «reprochan fallas cometidas en el marco de una misma investigación», que «las reglas de conexidad solo resultan aplicables ante hechos distintos» y que, en este caso, se trata de un hecho único. Por eso planteó que no correspondía recurrir -como hizo la mayoría- al artículo 27 de la Ley de Jurado de Enjuiciamiento para denegar la unificación ya que ese texto «refiere a supuestos donde dos o más acusaciones se formulan respecto de un mismo funcionario».
Otro argumento fue que «la determinación que adopte el jurado (contra Salinas) con relación a la ‘existencia del hecho’, indefectiblemente hará cosa juzgada», condicionando al tribunal que deba investigar la actuación funcional de Gilardenghi y Aberásturi.
Además Berhongaray remarcó que «toda vez que se define la responsabilidad de funcionarios vinculados por una relación jerárquica, aflora la discusión sobre quién tuvo la culpa, o a quién debe imputarse la falta, si al superior o a los inferiores. Tales circunstancias tornan ineludible que todos los denunciados se encuentren presentes en un mismo proceso. Una solución distinta podría dar lugar a la paradoja de que un tribunal absuelva a un denunciado, en la convicción de que la culpa correspondió al otro acusado, y luego, en el marco del segundo proceso, se demuestre que la responsabilidad le asiste al funcionario que ya resultó absuelto».

“Podía ejercer como forense”
Fuentes cercanas al psiquiatra del Poder Judicial, Martín Ricardo Telleriarte, aseguraron ayer que él cumplía con todos los requisitos legales cuando en julio de 2009 firmó un informe pericial en el que el juez de la Familia y el Menor de General Pico, Luis Alberto García, se basó para dictar una resolución en el marco de una causa iniciada por Silvestre Domínguez Martín contra su esposa Marta Aurora Cismondi.
La mujer, que es abogada, pidió un jurado de enjuiciamiento contra García y lo denunció por cuatro delitos (abuso de autoridad, prevaricato, incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento), a raíz de que le dio veracidad a ese informe cuando, según ella, el profesional recién accedió a la matrícula activa como médico psiquiatra el 10 de diciembre de ese año.
“Telleriarte, en ese momento, tenía otorgada la matrícula nacional de médico psiquiatra, con la que puede ejercer el cargo de forense en el Poder Judicial. Lo que no tenía era la matrícula provincial que exige el Colegio Médico de La Pampa para colegiarse porque no se había formado la mesa para rendir el examen que exige esa entidad”, indicaron las fuentes.
El jurado que debe tratar la denuncia contra García se reunió el martes, pero aún no avanzó en nada porque lo que resolvió fue rechazar la excusación de uno de los abogados sorteados en representación de la matrícula. Por lo tanto, recién en la sesión de la próxima semana se adentrará en el tema. Domínguez Martín, un comerciante español de 58 años dedicado a negocios agropecuarios, había pedido la inhabilitación de Cismondi.

 

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