Mientras el pliego del ex titular de la Sigen Daniel Reposo –el candidato propuesto por el Ejecutivo para ocupar el puesto vacante que dejó Righi– transita por un arduo período de análisis; los representantes del estamento jurídico hacen foco en los temas que deberá afrontar quien ocupe el cargo.
Muchos de ellos, con años de experiencia, saben que cuando se apaguen las críticas que puedan pesar sobre el nuevo candidato a procurador general, sea Daniel Reposo u otro profesional, y asuma un nuevo jefe con el acuerdo de dos tercios del Senado, “habrá que iniciar de nuevo un camino de trabajo conjunto para llevar a cabo la misión que la Constitución y la ley le asignan a esta institución”, analizan dentro de la esfera de los fiscales.
En este plano, los juristas coinciden en que resulta conveniente plantear algunos temas institucionales y funcionales para ser tenidos en cuenta al momento de que la nueva gestión tome las riendas de la Procuración.
Especialistas consultados por BAE sobre el armado de una agenda tentativa coinciden en que entre los temas de primera línea a tratar se encuentra la aprobación de un Código Procesal Penal que consagre el sistema acusatorio, es decir, que prevea claramente que la dirección de la investigación de todas las causas que se inicien estén a cargo del fiscal, y que el juez de instrucción (nacional o federal) cumpla las funciones de un juez de garantías, como un tercero imparcial. “Esta cuestión requerirá el apoyo institucional que garantice la autonomía de criterio del fiscal que investigue dentro, obviamente, del cumplimiento de la ley”, advierten algunos fiscales.
También se proponen algunas reformas puntuales como el control del ejercicio de la acción penal por parte de los fiscales superiores, para evitar, por ejemplo, que un pedido de desestimación por inexistencia de delito formulado por un fiscal de primera instancia, selle la suerte de la causa sin que un fiscal superior pueda revisarlo. “Este control debería extenderse, en realidad, a todas las investigaciones, dentro de un esquema en que los fiscales podrían trabajar en grupos, como si se tratara de un estudio jurídico”, analizan los especialistas.
Otra cuestión que preocupa a estos magistrados es la aparición de nuevas formas de delincuencia, muchas veces con el formato de la delincuencia organizada transnacional, que reclama una participación más activa del Ministerio Público Fiscal, a través de la creación de nuevas unidades fiscales u oficinas especializadas para colaborar con las fiscalías. En esta cuestión se mencionan, entre otros, los delitos cometidos a través de medios tecnológicos, en virtud de la especialidad que estas causas plantean. También se hace foco entre los fiscales del fuero federal la conveniencia de contar nuevamente con una unidad que colabore en las investigaciones de narcotráfico.
Sistema acusatorio. La instauración del sistema acusatorio en el proceso penal nacional es un viejo anhelo de los fiscales. Se estudió exhaustivamente un proyecto en 2007 en el ámbito del Ministerio de Justicia, que contaba con el apoyo de todos los sectores del sistema de enjuiciamiento penal, incluidos los abogados, que se conoce como el proyecto de la Comisión de Beraldi.
También en estos últimos años se trabajó un proyecto de reforma en la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados. Algunos memoriosos citan también el proyecto que dirigiera hace 25 años el prestigioso profesor Julio Maier, que preveía la investigación preparatoria a cargo de los fiscales y el juicio oral, público, contradictorio y continuo.
No obstante el consenso que el acusatorio logra, los fiscales no dejan de repetir que toda reforma en este sentido estará destinada al fracaso si no cuenta con el presupuesto adecuado a las nuevas necesidades en materia de recursos humanos y materiales.
La ventaja central que los interesados destacan del acusatorio consiste en la mayor agilidad que los fiscales le podrían imprimir a las investigaciones, con menos formalidad que la que hoy se aplica en los juzgados, contando además para ello, con el avance tecnológico que facilita el trabajo en las causas, como ocurre en todos los órdenes. Además, estos proyectos siempre prevén que la oralidad que ya se aplica en el juicio propiamente dicho, se extienda a etapa de la investigación (el sumario), concentrando muchas actividades en audiencias ante el juez, como las decisiones sobre libertad o encarcelamiento preventivo, procesamientos, embargos, etcétera.
En la práctica del Código actual, los fiscales dirigen muchas investigaciones de la mano de la facultad que la ley le otorga a los jueces de delegar las causas. Sin embargo, según advierten los especialistas, “esta posibilidad conspira contra una previsión ordenada y racional de los recursos humanos y materiales, ya que no todos los jueces la ejercen con la misma magnitud, con lo cual siempre habrá fiscalías que reciban más causas delegadas que otras”. En este sentido, un sistema acusatorio se percibe como algo más sistemático y previsible, simplemente será suficiente con calcular los recursos para hacer frente a todas las investigaciones.
La acción penal. En cuanto al ejercicio de la acción penal, se sabe que ésta es una de las facultades primordiales del Ministerio Público en materia penal. La preocupación que BAE pudo recoger por los pasillos de las fiscalías consiste en que una nueva corriente jurisprudencial considera que sin impulso fiscal una causa penal no puede continuar (no podría seguir la querella “en solitario” como se dice en estas dependencias), por lo cual el pedido de desestimación inicial de una denuncia o querella impediría al tribunal iniciar la investigación.
Algunos fiscales de instancias superiores explican que “el control interno de los actos del Ministerio Público es central a la hora de verificar la legalidad de su actuación”. En la organización actual de la justicia penal se pueden contar hasta cuatro instancias a nivel judicial y del Ministerio Público. La clásica 1ª instancia, donde se inician las causas, la instancia de las cámaras de apelaciones con sus fiscales, que revisan la actuación de la anterior, luego la instancia de la Cámara Federal de Casación, con fiscales y jueces que deciden sobre los recursos de casación, y finalmente, la Corte Suprema con su fiscal, el procurador general de la Nación, que deciden sobre los recursos extraordinarios. “Frente a tamaño sistema judicial no parece razonable que el fiscal de la instancia inferior pueda decidir el archivo de una investigación sin ningún control de un fiscal superior”, sostienen.
Lo que queda flotando en estas opiniones es la necesidad de que toda la actividad de los fiscales sea controlada internamente, es decir, también la que se lleva a cabo en las causas que efectivamente se investigan, y no sólo en las que se archivan. Según advierten los juristas, este control tendría dos variantes, según se modifique o no la actual organización piramidal del Ministerio Público. “Si se mantuviera esta especie de ‘espejo’ con el Poder Judicial (como cuentan que la llamaba Maier), es decir, fiscales ante cada una de las instancias de los tribunales, se requeriría una reglamentación legal que establezca una revisión de lo actuado en la instancia anterior, más allá de la facultad del fiscal superior de mantener o desistir un recurso. Aquí se considera fundamental un control de los pedidos de sobreseimiento al final de la investigación, lo que se conoce como el procedimiento intermedio, que es la etapa de decisión acerca de las causas que pasan o no a juicio oral”, desarrollan.
Si, en cambio, se optara por modificar la organización lo que podría ocurrir si se reformara el Código Procesal, muchos fiscales recomiendan que se formen grupos de distintas categorías, una unidad fiscal, y que sea ésta la que lleve la causa en todas las instancias, con una distribución del trabajo interno de cada unidad.
“Sería un esquema similar al de los estudios jurídicos con los que muchas veces los fiscales deben enfrentarse. No obstante, a fin de evitar una adjudicación arbitraria o digitada de las denuncias se debería establecer un sistema de turnos y sorteo, referido no ya a los fiscales en forma personal, pero sí a las unidades”, explican los magistrados.
Nuevas formas de delincuencia. Finalmente, los fiscales sostienen que es necesario prestar mucha atención al marcado crecimiento de nuevas formas de delincuencia, que muchas veces adoptan la forma de la delincuencia organizada que trasciende las fronteras políticas de los países. “Estas investigaciones requieren mucha capacitación de los operadores judiciales, y sistemas aceitados de cooperación internacional”, señalan. Por ello entienden que esta nueva realidad reclama una participación más activa del Ministerio Público Fiscal, a través de la creación de nuevas unidades fiscales u oficinas especializadas para colaborar con las fiscalías. Entre las unidades fiscales ya existentes se pueden destacar, entre otras, la de Secuestros Extorsivos, la de la causa AMIA, Delitos Tributarios y Contrabando, Delitos cometidos en el Registro Nacional de Armas, Delitos contra el Medio Ambiente. A esta lista muchos postulan que debería agregarse una unidad destinada a colaborar con la investigación de los delitos cometidos a través de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, fundamentalmente a través de Internet, dado la especialidad que estas causas platean. También algunos fiscales del fuero federal mencionaron a BAE la conveniencia de contar nuevamente con una unidad que colabore en las investigaciones del narcotráfico.
Fuente: http://www.diariobae.com/diario/2012/04/25/11176-el-ministerio-publico-que-se-viene-con-el-nuevo-procurador.html