La Sala III de Casación bonaerense dispuso la nulidad de una causa penal abierta contra una madre que había pedido en 2010, en la Defensoría Civil de Lomas de Zamora, consejo para poder sacar el DNI de su hijo que por entonces tenía tres años, y que había sido registrado con un nombre falso al nacer. La representante de la Defensoría que la recibió, temiendo que se tratara de un caso de suplantación de identidad, en lugar de recomendarle que hiciera el ADN para confirmar la identidad, hizo una denuncia penal por falsificación de documento público. La causa recayó en la defensora oficial Marcela Piñero quien pidió la nulidad. Pero el fiscal avanzó y el juez de Garantías le dio la razón y rechazó el pedido de Piñero. La defensora apeló pero también rechazó la Cámara de Apelaciones. Finalmente, Piñero llegó a Casación. Con crudeza, los jueces Carral y Borinsky, de la Sala III de Casación, volvieron todo a la normalidad y ordenaron anular lo actuado. A todo esto, la criatura ya tiene seis años pero no tiene DNI por demoras de lo que se entiende por Justicia.

El caso, informado por Página/12 en enero de 2012, daba cuenta de la presentación de Y.C., madre de un chiquito nacido en el Hospital Alende, institución pública, de Lomas de Zamora, en 2007. “Tal vez asustada luego de dar a luz, con 18 años de edad, y atravesando sola el puerperio”, señala la defensora Piñero en su defensa, Y.C. no atinó a darle su apellido y le dio uno falso que los médicos registraron. La madre se presentó ante la Defensoría Civil de Lomas de Zamora el 21 de abril de 2010, cuando su hijo tenía tres años, para que le aconsejaran cómo hacer para sacar el DNI con su verdadera identidad.

La atendió la abogada Daniela Martínez, en la Mesa General de Entradas, donde Y.C. se explayó consciente de que se encontraba frente a una defensora. Se equivocó. Martínez, en lugar de recomendar lo que correspondía, que pidiera el ADN gratuito para certificar la identidad del niño, lo que hubiera zanjado todos los problemas, metió una denuncia por falsificación de documento público. Se abrió una causa penal y se designó como defensora pública a Marcela Piñero quien pidió la inmediata nulidad.

Pero el fiscal, Santiago Vadillo, pidió avanzar; el juez de Garantías, Horacio Hryb, rechazó el pedido de nulidad; y los jueces Jorge Rodríguez y Tomás Bravo, de la sala III de la Cámara de Apelaciones, tomaron el mismo camino, bajo el criterio de que Martínez no había faltado al secreto profesional ya que, como no era defensora titular, no estaba obligada. Todos, claro, invocando “el interés superior del niño”.

Piñero no se amilanó y con el apoyo de la Asociación Pensamiento Penal, que fue aceptada como amicus curiae, se presentó en queja ante Casación, ya que Apelaciones tampoco admitió que Piñero apelara. Tocó en sorteo la Sala III, compuesta por los jueces Víctor Violini, Daniel Borinsky y Ricardo Carral.

A todo esto, Piñero recomendó hacer el ADN que sostuvo lo que aseguraba Y.C., que el niño era su hijo. Niño que a esa altura, mayo de 2012, ya tenía cinco añitos.

Finalmente, el reciente fallo de Casación vino a poner en orden la cuestión. Los jueces Carral y Borinsky votaron anular la causa desde su origen en un tono muy crítico: “En actitud irreflexiva –sostiene Carral en su voto– la secretaria (Daniela Martínez) transgrede en forma imprudente el secreto profesional al que estaba obligada”. Y recuerda el derecho de que nadie está obligado a declarar contra sí mismo. Piñero había demostrado que la denuncia contra Y.C. había sido presentada con datos que ella misma había aportado a su supuesta defensora civil en busca de ayuda. Carral subrayó, además que según Martínez, Y.C. “había ‘confesado’ ante su presencia (como) ‘funcionaria pública’ un supuesto delito; desoyendo por completo su función de ‘asistir’”.

Carral además sostuvo que “se vulneró el derecho de acceso a la Justicia”, citando los artículos 18 de la Constitución nacional, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 15 de la Constitución provincial. “(…) la solución que en definitiva se adopte (…) tendrá inmediata consecuencia sobre una gran porción de la población y, en concreto sobre aquellos que afrontan escasos recursos económicos”, enfatizó Carral, quien destacó la “esmerada” labor de la defensora Piñero, además del defensor Mario Coriolano y el fiscal Carlos Altuve ante Casación.

Finalmente, Carral corrigió a los jueces de Apelaciones: “No es cierto que el secreto profesional sea un deber exclusivamente en cabeza del titular de la Defensoría Oficial. (…) no se trata de una cuestión de cargos, sino de funciones. (…) La Secretaria debió cumplir con la obligación que su cargo le impone, que en el caso se traduce en asesorar a C. acerca de la vía civil correspondiente (…). Asesoramiento que abarca, claro está, los riesgos procesales que eventualmente tuviera que afrontar”. Es decir que Martínez no hizo lo que debía por temor a que luego la denunciaran por incumplimiento de sus deberes. Lo que hizo Carral fue indicar cuáles son sus deberes.

Borinsky votó como Carral. Menos tajante, Violini sólo votó que Apelaciones dictara otro fallo. La denuncia quedó anulada por mayoría. A esta altura, el hijo de Y.C. ya festejó sin DNI su sexto cumpleaños. Y Martínez sigue acusando desde la Defensoría.

 

 

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