Una fuente del Superior Tribunal de Justicia afirmó que el rol de los fiscales adjuntos y la falta de institucionalización de las funciones ya es un tema que está en análisis del máximo cuerpo judicial.

Pero a diferencia del planteo del diputado provincial Martín Berhongaray (UCR-FrePam), que cuestionó la promoción de los secretarios a fiscales adjuntos, en el STJ apuntan a la falta de precisión -plasmada en una norma- de las funciones.

Ante una consulta de El Diario, esa fuente del STJ afirmó que los secretarios fueron reconvertidos en fiscales adjuntos a través de una de las leyes complementarias de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial. “Los secretarios de los Juzgados de Instrucción y las Cámaras fueron eliminados. Por una ley fueron convertidos en fiscales adjuntos. Y para los nuevos fiscales adjuntos se estableció un procedimiento de designación que involucra a concurso ante la Procuración y la designación del STJ”, precisó la misma fuente.

Desde ese punto de vista, lo que ocurrió con los fiscales adjuntos está enmarcado en las leyes. Pero esa misma fuente del STJ confió que el tema de las funciones de los fiscales adjuntos “es un tema polémico”.

En la mira están los actos definitivos que pueden pedir los fiscales adjuntos. Por ejemplo, un sobreseimiento. “Alguien que pida una medida y cometa una falta flagrante, absurda, en el caso de otros funcionarios están sometidos al jury. Pero en el caso de los fiscales adjuntos, está previsto una sanción disciplinaria, un sumario no un jury como en el caso de los fiscales titulares”, explicó la fuente consultada. Esto genera una desigualdad y una preocupación en el máximo estamento del Poder Judicial pampeano.

La situación de los fiscales adjuntos ya generó cuestionamientos y problemas en el Poder Judicial de Chubut, de cuyo Código de Procedimiento Penal abrevó el sistema pampeano.

La fuente del máximo tribunal adelantó que en casación llegó al Superior Tribunal de Justicia un pedido de nulidad de una investigación realizada por un fiscal adjunto, que deberá ser resuelta. Aunque esa misma fuente no arriesgó que desde el STJ se impulse una corrección, advirtieron los problemas que la situación genera.

Cuestionamiento

El diputado provincial Martín Berhongaray advirtió sobre la situación que se genera con los fiscales adjuntos. Cuestionó la promoción de secretarios a fiscales adjuntos. Berhongaray afirmó que “es una situación irregular… hay que solucionarlo”. El legislador dijo que algunos jueces han declarado la nulidad de las investigaciones realizadas por los fiscales. “El fiscal adjunto no tiene las mismas facultades que el fiscal, tiene fácticamente capacidades investigativas, pero no están precisadas. Entonces, las partes piden la nulidad y los jueces han declarado la nulidad de algunas actuaciones”, remarcó Berhongaray.

Los fiscales tienen un rol fundamental en el nuevo Código de Procedimiento Penal de la provincia. Sobre sus espaldas se descargan la parte investigativa y la acusación.

“Hay que estudiarlo al tema y reglamentar, precisar los roles”, apuntó Berhongaray. La nulidad de las actuaciones de los fiscales adjuntos provoca la falta de servicio de justicia y la dilapidación de recursos económicos en un Poder Judicial cuyos recursos son limitados e insuficientes.

El legislador precisó que -según el artículo 93 de la Nueva Ley Orgánica del Poder Judicial- “los fiscales adjuntos son seleccionados por el procurador general mediante concurso de antecedentes y oposición y designados por el Superior Tribunal de Justicia”.
“Pero en la práctica, por acordada del Superior Tribunal de Justicia, algunos secretarios de los antiguos Juzgados de Instrucción fueron transformados automáticamente en fiscales adjuntos”, afirma Berhongaray. La situación no se encontraba prevista ni autorizada en la Ley de Transición Nº 2575, que sí reguló el cambio de denominación de los restantes cargos de magistrados y funcionarios.

Afirma que -según el artículo 264 del Código Procesal Penal- “…la Investigación Fiscal Preparatoria estará a cargo del Ministerio Público Fiscal…”; y que “…en esta tarea, será secundado por fiscales adjuntos, colaboradores en la investigación, que llevarán a cabo su cometido en la forma y con el alcance que establezca la reglamentación referida…”.

Y que, además, el artículo 114 de la Nueva Ley Orgánica dispone que “los fiscales adjuntos deberán cumplir las funciones que les sean encomendadas, colaborando con los fiscales, interviniendo en todos los procedimientos”. “Pareciera que lo conveniente es que atraviesen el mismo procedimiento de selección ante el Consejo de la Magistratura, y posterior acuerdo de la Cámara de Diputados, previsto para jueces y fiscales”, señaló el legislador.

“Ello me lleva a pensar que para evitar esta desigualdad se precisa explicitar en la ley que su designación debe pasar por el procedimiento de selección ante el Consejo de la Magistratura, y posterior acuerdo de la Cámara de Diputados”, aseveró.

 

fuente http://www.eldiariodelapampa.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=120558:-fiscales-adjuntos-el-problema-ya-ocupa-la-atencion-del-stj-&catid=61:locales&Itemid=2#.UIfATxB5mSN