¿Fueron jueces de G. Pico los que liberaron a Tomaselli?
Muchas voces se alzaron en contra de la resolución de aplicar el avenimiento. No obstante, y aunque esa decisión iba a poner de todos modos en libertad al asesino de Carla, aún se podría haber esperado para liberarlo.
Fueron los jueces del Tribunal de General Pico los que le otorgaron la libertad a Marcelo Tomaselli, quien con posterioridad dio muerte a su esposa Carla Figueroa, aunque es cierto que la decisión del Tribunal de Impugnación Penal de otorgar el avenimiento hubiera podido concluir de esa misma manera. El dato, que podría resultar importante en el jury de enjuiciamiento que enfrentará el juez Carlos Antonio Flores, fue señalado por la abogada Vanessa Ranocchia Ongaro, una de los profesionales que el magistrado designó para defenderlo.
En efecto, el T.I.P. otorgó el avenimiento, con el voto dividido de los integrantes de la cámara penal, pero no fue quien puso en libertad a Tomasselli sino el Tribunal de Juicio de General Pico, que tomó la medida el mismo 2 de diciembre en que se conoció la resolución. Podría haber aguardado que aquella determinación quedara firme, y pasaran los 10 días en que era posible recurrirlo, pero no esperó nada: con premura liberó a Tomaselli, y recién el día 5 de diciembre ordenó que se iniciara el tratamiento psicológico de la pareja.
Se puede inferir que pudo haber apresuramiento de parte de los jueces piquenses, porque nada los obligaba a disponer la inmediata libertad. Las partes -en realidad querella y fiscalía- bien podrían haber cuestionado la decisión del tribunal de alzada, recurrir el fallo y evitar de esa manera que una vez recibida la sentencia desde Santa Rosa, como sucedió, se ordenara la inmediata libertad de Tomaselli.

Diez días para apelar.
Lo cierto es que se contaba con 10 días por delante para apelar, no obstante lo cual el tribunal piquense decidió de inmediato poner en libertad a Tomaselli. Fue después de la muerte de Carla Figueroa que la representante del Ministerio Público Fiscal, Ivana Hernández interpuso un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) refutando la figura del «avenimiento», utilizada por dos jueces del Tribunal de Impugnación Penal (TIP), que aceptaron una petición de los abogados de la víctima y el victimario. La fiscal, además de cuestionar en esa presentación el fallo del TIP, hizo una enérgica defensa para que se anule la sentencia «por inobservancia de un precepto constitucional o errónea aplicación de la misma» y sentar un precedente de «nunca más». Es cierto, estaba dentro del plazo legal, y había hecho alguna manifestación pública de discrepancia con el fallo del T.I.P., pero también pudo haber recurrido antes y no 8 días después de la libertad de Tomaselli, cuando la tragedia ya se había desatado.

Virulencia.
No deja de llamar la atención el dato porque precisamente desde la ciudad norteña, y desde ámbitos judiciales de Pico, a poco de ocurrido el infausto suceso, hubo una virulenta embestida contra la decisión de Jensen y Flores que muy bien podría enmarcarse en las discrepancias y roces que caracterizan a la interna entre la justicia del norte y la de esta parte de la provincia.
Seguramente los magistrados que ordenaron que Tomaselli dejara su encierro -igual que el tribunal que dictó el avenimiento- no aguardaban que al quinto día de estar en libertad matara a Carla Figueroa. De haber esperado que se cumpliera el plazo disponible para apelar, Tomaselli pudo haber seguido preso hasta que se resolviera ese requerimiento, e incluso podría haberse revocado aquella decisión de avenimiento.
¿Podría hablarse de ligereza en tomar una determinación, por más que -como también arguye Flores en defensa de su propio voto- hayan actuado de acuerdo a derecho? Un interrogante de difícil respuesta.

Fuente: http://www.laarena.com.ar/la_provincia-_fueron_jueces_de_g._pico_los_que_liberaron_a_tomaselli_-70810-114.html