El análisis de Martín Casare, especialista en gestión judicial

 

Los procesos de reforma procesal penal tendientes a sustituir los procesos inquisitivos o mixtos por sistemas acusatorios son un ejemplo útil para graficar la importancia y alcance las modificaciones de los roles institucionales en el sistema judicial.

Como es sabido, antes de la reforma el Ministerio Público Fiscal poseía un rol poco trascendente, signado por un actuar muy reducido que consistía en producir dictámenes que no eran vinculantes para los magistrados.

En esa línea el sistema de enjuiciamiento penal previsto en el Código Procesal Penal de la Nación establece que son los jueces quienes se encuentran a cargo de la investigación, acusación y resolución de las causas penales excepto que decidan delegar la investigación en el fiscal con quien se encuentran de turno.

Por el contrario, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rige un sistema de enjuiciamiento penal acusatorio donde toda la investigación se encuentra en cabeza del Ministerio Público Fiscal, mientras los jueces controlan la legalidad del proceso.

Este nuevo paradigma procesal otorga un papel protagónico a los fiscales que pasan a tener nuevas funciones en el proceso; en consecuencia, el Ministerio Público Fiscal debe orientarse a consolidar una institución fuerte, con una identidad e impronta propias, tendiente a la realización de los objetivos que el nuevo sistema procesal le otorga a sus miembros.

Ya que mientras en los sistemas anteriores los fiscales sólo se ocupaban casi exclusivamente de producir dictámenes, dentro de las nuevas funciones se destacan las siguientes: investigar y dirigir la policía de investigaciones, formular la acusación y negociar salidas alternativas al proceso, litigar los casos en audiencias orales, y brindar una adecuada asistencia a la víctima.

Como se puede observar, en la actualidad el Ministerio Público Fiscal debe hacerse cargo de funciones que antes se encontraban en cabeza de los jueces, así como también de nuevas funciones que antes no existían, como dirigir la policía judicial o de investigaciones y brindar asistencia a la víctima.

Es por ello que teniendo en cuenta los desafíos que trae aparejados el cumplimiento de nuevas funciones y objetivos dentro del proceso penal, el Ministerio Público Fiscal debe adecuar sus estructuras con fin de poder darle un adecuado cumplimiento. Para esto es preciso tener en cuenta que la gestión de las instituciones es determinante para el éxito del modelo acusatorio, y siendo el Ministerio Público Fiscal el actor clave en su implementación, su reforma resulta un tema central.
Dentro de las nuevas funciones aparecen algunas relacionadas con el acceso a la justicia, como brindar una adecuada atención a las víctimas y testigos, para lo cual el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó las oficinas de Asistencia a la Víctima y el Testigo (Ofavit).

Por otra parte, conforme lo establecido en el artículo 79 del Código Procesal de la Ciudad, las denuncias deben ser recepcionadas por el Ministerio Público Fiscal, y sólo pueden ser recibidas en sede policial en casos de flagrancia o de necesidad de intervención urgente. En consecuencia, con el fin de dar acabado cumplimiento con el precepto procesal mencionado, mientras se amplía el acceso a la justicia, la Fiscalía General puso en funcionamiento las unidades de orientación y denuncia (UOD) descentralizadas en el territorio de toda la Ciudad, a razón de una por cada comuna, y dos unidades móviles que brindan los mismos servicios acercándose a los barrios menos favorecidos. En estas unidades, también se estableció un horario de atención al público extendido de 9 a 20, ampliando el tradicional horario judicial.

De este modo se amplia el acceso a la justicia generando nuevas bocas de ingreso al sistema de administración de justicia de forma descentralizada acercando la Justicia a los ciudadanos en general, y a los sectores vulnerables, en particular.

Éste es un ejemplo adecuado de política pública –general y focalizada– de acercamiento a la sociedad con el fin de ampliar el acceso a la justicia de manera igualitaria, que tiene en cuenta el rol del Ministerio Público Fiscal en el proceso penal, ya que también permite a los fiscales incrementar la cantidad y calidad de la información para investigar y perseguir delitos y contravenciones, buscando una persecución penal inteligente más eficaz que también beneficia a la sociedad.

En síntesis, el impacto de la reforma procesal penal otorga nuevas funciones al Ministerio Público Fiscal dándole un rol importante en términos de acceso a la justicia, ya que ahora debe ocuparse de generar los mecanismos para garantizar la accesibilidad de las denuncias, brindar atención a la víctima y testigos, generando un mayor acercamiento a la sociedad para poder cumplir con sus nuevos objetivos institucionales.

 

fuente http://www.diariobae.com/diario/2012/08/15/16237-hacia-la-consolidacion-del-ministerio-publico-fiscal.html