Iván Budassi es diputado y preside la Comisión de Seguridad en la Cámara baja del Congreso de la provincia de Buenos Aires. Desde ese lugar, fue el encargado de motorizar durante un año y medio un proyecto de ley para instaurar el juicio por jurados en el juzgamiento de delitos graves. Tras largas discusiones y acalorados debates, finalmente el Senado bonaerense aprobó ayer la reforma al Código Procesal Penal y Buenos Aires se convirtió en la segunda provincia –junto a Córdoba- en implementar un sistema de juicio por jurados.

-¿Cuál fue la clave para convertir en ley este proyecto?

-La Constitución Nacional lo previó hace ciento 60 años, y desde ese momento ha habido cientos de proyectos sobre juicios por jurados. Esta vez, lo determinante para que se sancionara es que fue una iniciativa del Poder Ejecutivo, y eso le imprime otra dinámica. El gobernador Daniel Scioli y el ahora ministro de Justicia Ricardo Casal enviaron el texto a la Cámara baja en marzo del año pasado. Recayó primero en la Comisión de Seguridad, y desde allí comenzamos a trabajarlo.

-¿Qué características tiene este sistema en particular?

-Lo interesante es que el proyecto base que envió el Ejecutivo ya establecía un mecanismo clásico, con doce personas “legas”, es decir, sin preparación jurídica, que son las que van a dictar el veredicto. El juez va a oficiar de árbitro, y una vez que se decida la inocencia o culpabilidad, establecerá la graduación de la pena. Será el primer sistema de jurados puro de la Argentina, porque el de Córdoba tiene ocho jurados legos y dos miembros del Poder Judicial, que son dos jueces de Cámara.

-¿Qué implicancias tiene como transformación sociopolítica?

-Hablamos de una verdadera democratización de la Justicia, porque es la gente tomando decisiones y haciéndose parte. El Poder Judicial es en esencia el único poder que por su génesis y sus prácticas resulta aristocrático. Es un sistema muy poco permeable a la influencia de la realidad cotidiana. A partir del juicio por jurados, la gente va a entrar en ese lugar y eso va a obligar a un funcionamiento más transparente de la administración de Justicia. Hay que perderle el miedo a la participación. Esto nos va a obligar a los abogados a hablar en forma llana, y esa es la llave para que la gente controle mejor al sistema judicial, que analice si la policía actuó bien o si el fiscal hizo una buena tarea.

-¿Cómo fue el trámite parlamentario?

-En comisiones discutimos los detalles procesales de la ley, y en la Cámara de Diputados fue votada casi en forma unánime. Después tuvimos que hacer un trabajo de hormiga yendo a visitar a cada uno de los senadores que tenían dudas, y los integrantes de las entidades jurídicas que colaboraron dieron una mano en ese aspecto. El resultado fue bueno, porque también casi logramos consenso absoluto en la Cámara alta. Sólo dos senadores votaron en contra, de un total de cuarenta y dos.

– ¿Qué debate se promovió por fuera de la Cámara?

– Casi por deformación profesional, impulsamos jornadas abiertas durante abril del año pasado, y convocamos a todo el Poder Judicial de la provincia. Se hicieron presentes defensores, fiscales y jueces de todas las instancias –hasta de Casación-. También hubo académicos de todos los sectores, de los más progresistas como el CELS o el INECIP, hasta los más moderados como la Asociación Argentina de Juicio por Jurados. Nos pusimos de acuerdo y se consensuaron las cuestiones más técnicas del proyecto.

– ¿Hubo consenso entre los abogados y los jueces?

– No es una institución tan extraña ni resistida como creemos. En todo Europa occidental existe, funciona en la mayor parte de Europa del Este, se practica también en Brasil. Logramos consenso desde la política y desde la Academia a partir de la discusión en todos los ámbitos. La doctrina mayoritaria en el Derecho está de acuerdo con la idea en sí. En lo judicial son muy pocos los que se animan a expresar su descontento con el tema, porque ya no quedan argumentos fuertes para oponerse a esta reforma.

– ¿Qué cosas abordó la discusión del proyecto?

– Uno de los puntos centrales fue cómo responder a la exigencia del sistema interamericano de derechos humanos, que obliga a la fundamentación de las sentencias. Se llegó a la conclusión de que esa exigencia surge hacia el juez porque no ejerce una representación democrática ni tiene legitimidad popular. La Corte Interamericana consideró en un fallo que la exigencia de fundar las sentencias se aplica de otra forma sobre los jurados, porque está dada con la respuesta de los interrogantes que se le plantean a quienes lo componen. En este caso decidimos que al final del debate judicial, el juez se reúna con el defensor y el fiscal para determinar las cuestiones que deberá resolver el jurado. Cuando el jurado responde a esas cuestiones surge la fundamentación del fallo.

-¿Cómo y cuándo se va a implementar?

-Una vez que se publique la ley, en quince días se tiene que elaborar el listado de jurados en base al padrón electoral, de acuerdo a cada departamento judicial. A partir de eso ya funciona, porque para arrancar no necesita ningún tipo de infraestructura más que doce sillas a la derecha del juez. Se va a requerir una mayoría de diez de los doce votos para las condenas por delitos comunes que prevean penas mayores a quince años de prisión, y unanimidad para los delitos cuya pena máxima sea la de prisión o reclusión perpetua. En la provincia los juicios por estas causas se desarrollan durante tres o cuatro días, así que no va a ser necesario recluir a los jurados en hoteles ni nada parecido, porque esa idea no tiene aplicación en casi ningún sistema.

-¿Cuáles son las próximas transformaciones previstas?

-En 1994 se incluyó en la constitución provincial la creación de una policía judicial, y la ley reglamentaria recién se sancionó el año pasado. El ministro Casal tendrá la responsabilidad de cumplimentar esa otra pauta constitucional, y durante este año seguro se comenzará a poner en práctica, casi en simultáneo con la implementación de los jurados.

 

http://www.infojusnoticias.gov.ar/entrevistas/sera-el-primer-sistema-de-jurados-puro-de-la-argentina-39.html