Dos jueces de ejecución penal ordenaron que los presos condenados que se encuentran alojados en las comisarías de la provincia sean trasladados de ahora en más en la Unidad Penal 4, de Santa Rosa. La resolución fue firmada por los juecesMartín Saravia y Mauricio Pascual. Se espera que el Servicio Penitenciario Federal apele la decisión.
Los magistrados hicieron el pedido por 31 presos y dieron un plazo de 70 días para cumplir la resolución. Estos reos ya tienen condenas a pena de prisión de efectivo cumplimiento por la Justicia provincial y se encuentran alojadas en alcaidías y comisarías. Pese a lo que indica la ley, no han sido alojados en una cárcel federal. Por eso los jueces se quejaron de que son desoídos por las autoridades penitenciarias. «Como lo hemos manifestado en numerosas resoluciones, puestas en conocimiento de las autoridades del Servicio Penitenciario Federal y de nuestra provincia, existe un sistemático incumplimiento de órdenes judiciales -fundamentalmente las que derivan de jueces de ejecución ‘provinciales’- así como también falta de colaboración por parte de las autoridades de esa institución federal, en todos los niveles jerárquicos», manifestaron.Presos Resolucion Saravia 2014 by diariotextual

Hay más de 31 presos condenados en comisarías y las alcaidías de Pico y Santa Rosa. Pero otro grupo no fue incorporado a esta resolución porque próximamente accederían a libertad condicional.

Esta resolución se produjo días después de las denuncias por malas condiciones de detención en las comisarías, por ejemplo en la Segunda de Santa Rosa.

El conflicto, en rigor, viene de hace años. Es un tironeo entre los jueces y defensores de la Justicia provincial con las autoridades del Servicio Penitenciario Federal. Este argumenta que no tiene más cupos en la U-4 para alojar a presos pampeanos.

En la resolución de las últimas horas, los magistrados se apoyaron en la doctrina de la resolución de fecha 17 de diciembre de 2013, del Tribunal de Impugnación Penal de nuestra provincia, que fue revocada posteriormente por el Superior Tribunal de Justicia (éste envió las actuaciones a la Justicia Federal, que también se declaró incompetente y ahora debe definir la Corte Suprema de Justicia de la Nación). «Lo que surge (de la sentencia) es altamente clarificante en cuanto al reconocimiento y extensión de derechos de las personas condenadas; la operatividad de los tratados internacionales suscriptos por nuestro país y la obligación de su control por parte de estas judicaturas -siendo aún juez de instancia inferior- y, también, por el reconocimiento que significó para la propia provincia y para el Servicio Penitenciario Federal, que el alejamiento de los condenados pampeanos es violatorio de la normativa interna e internacional, en tanto que no ha sido cuestionado ni en el desarrollo del expediente de hábeas corpus mencionado ni en la instancia casatoria posterior; como tampoco ha sido motivo de análisis de la reciente resolución de nuestro Superior Tribunal de Justicia», dijeron Saravia y Pascual. «A su vez, aquella resolución, representa un hito histórico en el reconocimiento del rol institucional que han tenido nuestros tribunales locales en el tratamiento con los presos, representando un sinceramiento institucional con un elevado contenido ético, guía para los que ejercemos las magistraturas inferiores».

Cuestionaron el proceder del SPF. «La cruda verdad es que las decisiones de las admisiones de condenados pampeanos en la órbita del Servicio Penitenciario se hacen desde la Dirección Nacional del Régimen Correccional, en la cual, como si fuera un tablero electrónico, con la simple verificación de la cantidad de años con lo que se condena a una persona se decide el destino. Esta decisión se toma a más de 600 kilómetros de distancia, y sin siquiera haberse entrevistado una sola vez con el interno y sin haber dialogado una sola vez con él», sostuvieron.

Dijeron que no pueden justificar falta de cupos. «En cuanto a las alegaciones por parte del Servicio Penitenciario, referentes a la falta de cupo, con el fin de negar los ingresos de condenados pampeanos dentro de la Unidad 4, es un tema que ha sido recurrente y que, luego de más de tres años de intensos diálogos con todos los directores de la Unidad Nº 4 local (…) es imposible que sigan siendo el motivo de rechazo a la incorporación de nuevos internos y ello así, en tanto que (…) la cantidad de condenados que se destina a cada unidad es resuelta desde la Dirección de Judiciales, dependiente del Director Nacional del Régimen Correccional, ubicada a más de 600 kilómetros de distancia y que nada tiene que ver con el perfil criminológico, tratamiento, en fin, por el resultado obtenido luego de una observación exhaustiva y criteriosa del condenado por parte del Servicio Penitenciario», dijeron.

La resolución fue notificada al director nacional del Régimen Correccional del Servicio Penitenciario Federal, Walter Florez; al director de la Unidad 4, Sergio Escalada; y al ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de La Pampa, Leonardo Villalva.

El SPF tiene un plazo de 70 días para cumplir con la resolución. Se descuenta que apelará la resolución y llegará, así, a dilatar una definición.

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