El juez de Menores, Rodrigo Morabito, dio a conocer en diálogo con El Esquiú.com, que próximamente comenzarán a enjuiciar a adultos por faltas que cometan en perjuicio de los menores de edad, para lo cual ya se están instruyendo las primeras causas, en cumplimiento a lo estipulado por la Ley 3882.
Morabito explicó que por estos momentos, junto al doctor Mauricio Gersani Quesada, se encuentran ultimando detalles y realizando ajustes en lo referente a la aplicación de este proceso en la provincia.
“Se podrá proceder a la apertura de un juicio para declarar la responsabilidad de los adultos” en incumplimientos de este tipo, manifestó el magistrado, agregando que “la ley prevé la pena de arresto y también, en una etapa intermedia, se podría incurrir en sanciones que consistan en trabajos comunitarios” para estos infractores.
Morabito explicó, por un lado, que esto no significa en absoluto que los padres tengan que responder ante la ley por las faltas cometidas por sus hijos, pero sí por aquellas que cometan en su perjuicio.
A su vez, manifestó que se trata de faltas que no llegan a ser delitos, porque de llegarse a esa instancia, quien debe intervenir es la Justicia Ordinaria.

Próximo a aplicarse

Tal y como lo explicó el magistrado, por estos momentos todavía “hay otras cuestiones que ajustar, como la vista del Ministerio Público Fiscal y la Defensa y cuestiones propias del juicio, que si bien están en la Ley, nunca se llevaron a cabo en la provincia. La idea es empezar a implementar la misma y que los adultos respondan ante la Justicia por incumplir con los menores, ya que se trata de acciones que indudablemente influyen en las conductas de los menores”, que se traducen en distintas infracciones a la ley, que posteriormente cometen éstos.
Si bien esta medida afectará en mayor medida a los progenitores de adolescentes problemáticos, en realidad la Ley contempla a la totalidad de los adultos, que con su accionar, o a través de la omisión de determinadas acciones, es decir, el incumplimiento de sus responsabilidades, puedan modificar y perjudicar su propia conducta, con todos los perjuicios para la sociedad en general que esto significa.
“El juicio está previsto en el título 4to de la Ley, que regula el procedimiento del juicio que habría que llevar a cabo”, indicó por último el juez, asegurando que “los adultos tendrán que empezar a responder ante la Justicia por los menores, pero especialmente, los padres”.

Las faltas

El Juez de Menores explicó en qué consisten las mencionadas faltas que comenzarán a ser sancionadas de manera inminente por parte de la Justicia:
– Abandono moral
– Incumplimiento de los deberes de la patria potestad
– Incumplimiento de la asistencia moral
– Malos tratos
– Vagancia
– Mendicidad
– Obstaculización de la escolaridad
– Permitir la entrada a menores de edad a lugares que pueden promover inconducta en los mismos (boliches o albergues transitorios, en los que no está permitido el ingreso de los menores de edad).

 

 

fuente http://www.elesquiu.com/notas/2013/3/25/policiales-276074.asp