“Es desproporcionado e irracional que se imponga por un delito común la misma pena que se le impuso a Jorge Rafael Videla por genocidio, por la desaparición de 30.000 personas, por el robo de bebes y la perpetuación de un plan sistemático para desaparecer gente”, dijo a Infojus Noticias el juez Mario Juliano, uno de los magistrados del Tribunal Oral Nº 1 de Necochea que en la semana declaró la inconstitucionalidad de una condena a prisión perpetua en un caso de homicidio.

El lunes 13, el mismo día que se conoció el fallo que dictó la pena máxima para cinco acusados de atacar a Carolina Píparo, se conoció el veredicto del tribunal necochense. Fue en el caso de tres hombres que habían sido sentenciados el año pasado con la pena máxima por el crimen de Máximo Matías Rodríguez Ajargo.

La noche del 24 de julio de 2011 tres hombres irrumpieron en una oficina abandonada del ex Liceo Naval de Necochea, donde un grupo de personas jugaban al truco. Máximo Matías Rodríguez Ajargo era parte de ese grupo. Lo asesinaron a puñaladas. Nunca se supo por qué lo mataron, solo se conoció que habían discutido la noche anterior. En el juicio, el fiscal Roberto Mirada acusó a los tres hombres como “coautores penalmente responsables del delito de homicidio calificado con el concurso premeditado de dos o más personas”, aplicando el artículo 80, inciso sexto, del Código Penal que habilita la pena de condena perpetua.

El defensor oficial, Enzo Fontana, representando a uno de los condenados, apeló al fallo de primera instancia y el caso llegó al Tribunal Oral local que, el lunes 13 de mayo, declaró inconstitucional ese castigo por considerarlo “cruel, inhumano y degradante”. El nuevo fallo redujo la pena a 16 años y seis meses a uno de los imputados y a 16 al resto. El dictamen fue dividido. Los jueces Ernesto Juliano y Mario Juliano desestimaron el pedido de perpetua, la jueza Mariana Giménez accedió, en su voto minoritario.

Mario Juliano, que también preside la Asociación Pensamiento Penal, habló con Infojus Noticias y explicó por qué la cadena perpetua es inconstitucional. El juez de Necochea cuestionó las últimas reformas al Código Penal que convierten en “indefinida” a la perpetua.

“En la Argentina hoy la prisión perpetua es una pena de muerte encubierta”, dijo Juliano. Hasta 2004 un preso podía obtener la libertad condicional después de cumplir 20 años preso, ahora tiene que esperar a cumplir 35 años detenido como mínimo. “En el orden técnico la perpetuidad en la Argentina nunca había sido discutida porque incluía un agotamiento razonable. Hasta la incursión de Juan Carlos Blumberg en la política criminal, en el año 2004, que se logró la reforma del Código Penal y se extendió el período para poder aspirar a una libertad condicional en el caso de estar condenado a perpetua”, explicó.

El magistrado tomó como ejemplo el caso del crimen de Máximo Matías Rodríguez Ajargo para explicar la extensiva duración de la pena. “Teniendo en cuenta la edad de las personas que nosotros juzgamos, una de ellas tiene 56 años de edad y estaba condenado a perpetua. Recién a los 91 años podía tener la opción de acceder a una libertad condicional”, especificó el juez.

La homogeneidad de la condena perpetua fue otro de los cuestionamientos al fallo en primera instancia. “Es una pena fija que impide al juez valorar circunstancias agravantes o atenuantes. Para una pena de estas características todos los casos son iguales. Hay condicionantes y circunstancias que deben ser valoradas, no pueden considerarse todos los casos iguales”, dijo Juliano.

En el fallo, los jueces del Tribunal Oral Nº 1 de Necochea plantean que, según la Constitución Nacional, las cárceles en Argentina tienen por finalidad la resocialización. Una condena perpetua no permite este proceso de revinculación del preso con la sociedad. “Si va a pasar todos sus días en la cárcel, ¿en qué momento se va a resocializar? Por el principio de resocialización, en algún momento la persona tiene que recuperar la libertad”, explicó el juez.

Entre los abogados penalistas existen diferentes corrientes. Los abolicionistas pretenden la desaparición del sistema carcelario. El juez de la Suprema Corte, Raúl Zaffaroni, se ha declarado “agnóstico”. Mario Juliano se siente más cerca del primer grupo. Desde su cuenta de twitter está acostumbrado a opinar sobre los diferentes temas que le preocupan. Los llamados abogados garantistas lo acompañan. Los que levantan la bandera de “la mano dura” lo cuestionan. “Al saber le llaman suerte”, dice Juliano en su biografía de la red social.

“Como abogado y juez he perdido la fe en el derecho penal. Pienso que es la última ratio para resolver los conflictos. Como ciudadano común aspiraría a que la gente resuelva los conflictos de una manera alternativa, más creativa que la privativa de la libertad. Hay que buscar formas que eviten la respuesta punitiva”, dijo.

Algunas formas alternativas a la privación de la libertad son las medidas de conciliación o mediación. Para Juliano en la Justicia provincial se “ha avanzado enormemente con respecto a la Justicia Federal que demuestra un atraso el Código procesal penal”.

El juez de Necochea piensa que la justicia como valor no se encuentra en el poder judicial. “La Justicia hay que buscarla en otros lados que no son los tribunales. El poder judicial aplica la ley pero no resuelve conflictos. La Justicia es un valor ético y moral que cada uno tiene. Tenemos que pensar al poder judicial en otros términos no en términos de justicia, de llevan a soluciones”, expresó.

 

 

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