10 de enero, la Cámara 10ª del Crimen de la ciudad de Córdoba condenó al empresario Jorge Petrone a cinco años y medio de prisión, al considerarlo el organizador de maniobras para usurpar un campo. El propietario de la empresa desarrollista Gama SA había permanecido en libertad hasta el inicio del juicio y por estas horas cumple la condena en Bouwer.

El abogado Marcelo Brito (hoy la defensa la ejerce Francisco Lavisse) puso el grito en el cielo porque el tribunal integrado por Juan José Rojas Moresi, Juan Manuel Ugarte y Eduardo Valdés envió a su defendido a la cárcel.

Si Petrone hubiese sido condenado por un tribunal oral federal, hoy seguiría libre. La Cámara presidida por Rojas Moresi ha sido inflexible en los 33 juicios que ya se realizaron en el marco de la megacausa del Registro General de la Provincia, lo que le ha merecido un crítico documento del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, que depende de la ONU.

El jueves pasado se conocieron dos fallos de la Corte Suprema de Justicia que atacan la legalidad de las prisiones preventivas y/o detenciones hasta tanto quede firme la sentencia.

Ahora el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia (TSJ) debe analizar la situación generada en torno a los recursos extraordinarios ante la Corte a favor de Gabriel Loyo Fraire (presentado por José Ignacio Cafferata Nores y Tristán Gavier) y de Guillermo Piñeiro (defendido por Andrea Amigo y Eduardo Capdevila), que no disponen la libertad de los involucrados en una de las causas del Registro. Sin embargo, ordenan al TSJ que dicte un nuevo fallo teniendo en cuenta la personalidad de los condenados y la falta de antecedentes en su contra, considerando que no existe peligro de fuga.

Los fallos provocaron festejos de abogados y presos de la cárcel de Bouwer. Cafferata Nores se mostró más que conforme con el pronunciamiento de la Corte, pero descartó que se produzcan excarcelaciones masivas. Admitió que el TSJ puede o no disponer la libertad de su defendido. Confió el penalista en que Gabriel Loyo Fraire “está más cerca de la libertad”, pero indicó que “todavía falta”.

¿Qué pasaría si el TSJ amplía su criterio, analiza con más rigurosidad la personalidad de los condenados y cae en la conclusión de que sus decisiones fueron acertadas?

El documento

El 30 de agosto de 2013, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria se expidió sobre la detención por más de dos años del abogado Guillermo Luis Lucas, involucrado en una de las causas del Registro. “Transcurridos 111 días (desde el 8 de mayo de 2013) desde la comunicación al Gobierno argentino, y sin haber obtenido respuesta de su parte, el Grupo considera estar en condiciones de adoptar una opinión sobre el caso”.

Lucas fue detenido y esposado el 23 de agosto de 2011, cuando desempeñaba tareas en una dependencia provincial (había sido desplazado del Registro). “En estos dos años, ha estado sujeto a prisión preventiva y ninguno de los recursos deducidos en su defensa en diversos tribunales ha resultado efectivo”.

Aunque el Grupo acepta que no tiene elementos para pronunciarse sobre el valor probatorio de los argumentos esgrimidos por la fiscalía, considera que el hecho de “haberse desarrollado gran parte de la instrucción con el procesado detenido (más de dos años), es una violación del derecho humano de gozar de la libertad en el proceso, al no haberse concedido, al menos, la libertad bajo caución”.

“Esto –concluye el extenso documento– importa considerar arbitrario todo el período de privación de libertad sufrido por Lucas”. En la Justicia provincial, hubo situaciones similares.

Ejemplo: las detenciones de los abogados Claudio Horacio Viale y Francisco José Rueda, involucrados como supuestos miembros de una asociación ilícita constituida para estafar a aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) usando certificados médicos falsos, con la participación de abogados de esas compañías, médicos y letrados laboralistas. Finalmente, a fines de 2013 recuperaron la libertad y hoy aguardan fecha del proceso oral y público.

Qué dice la Procuración

La Procuración General de la Nación no sólo comparte la opinión del Grupo de Trabajo de la ONU, sino que ya se ha expedido con antelación ante rechazos de la Sala Penal del TSJ a recursos de casación presentados por defensores de personas recluidas con prisión preventiva.

El criterio del TSJ es que tanto los detenidos con preventiva como los condenados sin sentencia firme permanezcan detenidos por los “riesgos procesales” que entrañaría si fueran puestos en libertad. Es decir, que haya peligro de fuga o entorpecimiento de las investigaciones, y en el caso de la preventiva se agrega la eventual condena con penas que no admiten la prisión en suspenso.

Las resoluciones de la Sala Penal del TSJ cuestionadas por la Procuración involucran un caso de Bell Ville y otro investigado en esta ciudad. En ambas se ataca el contenido del artículo 281, inciso 1, del Código Procesal Penal de Córdoba, porque “establece una presunción de riesgo para los fines del proceso penal, que se configura siempre que la amenaza de pena excede de cierto límite y añade que la gravedad del pronóstico punitivo refuerza el interés social en la sustanciación del proceso, la que se pretende asegurar mediante la presencia del imputado”.

Además de oponerse al criterio adoptado por el TSJ y sostener que “el imputado podría permanecer en libertad durante el proceso, aunque le correspondiera una condena de cumplimiento efectivo”, la Procuración solicita a la Corte las revocatorias de los fallos del máximo tribunal cordobés por ser arbitrarios.

Magistrados contraatacan

En la opinión del Grupo de Trabajo de la ONU, se critica el rol de funcionarios judiciales de Córdoba y se dedican varios párrafos al fiscal Ernesto Gavier, por ser el iniciador de la investigación.

Visiblemente molesto, Gavier se queja porque “emiten una aseveración basada en los elementos aportados por los defensores. Se trata de una opinión que no tiene ni tuvo en vista las razones que se esgrimieron para dar la prisión preventiva”.

“No hablan de las pruebas. No creo que se trate de una declaración seria, porque ni siquiera hicieron un pedido de informes a la Cámara, al juez de Control, a la fiscalía, ni al TSJ”, sostiene el fiscal.

El presidente de la Cámara 10ª del Crimen, José Rojas Moresi, no tiene pelos en la lengua para defender la aplicación preventiva de la Justicia cordobesa y fustigar otros criterios.

“Interpretamos racionalmente el riesgo procesal, no con liviandad ni sentido ilógico. Esto no es garantismo; yo soy garantista. Esto es estupidismo”.

“Las quejas y demoras en los procesos se producen por los planteamientos de los abogados… Llegó un punto en que no podés hacer el juicio y tenés que liberar al imputado”, se lamenta Rojas Moresi.

Explica que, a raíz de esas demoras, la Cámara hace un cálculo eventual de la pena que podría corresponderle al imputado. “Si fuera de dos años y ocho meses, se lo libera, pero si la pena es privativa de la libertad, debe estar preso. Se trata de cuestiones muy claras que tienen que ver con el peligro procesal”.

Anécdota

Para reforzar su postura, el juez recuerda una anécdota: “Hubo un fiscal de Cámara que fue a una reunión sobre prisión preventiva en Neuquén. Cuando le preguntó a un colega cómo hacían allá, este le respondió que aplicaban la ‘doctrina Zaffaroni’. Le contó que días antes un fiscal había pedido la detención de un homicida, pero decidieron que continuara en libertad hasta el juicio. Eso no era lógico y no hace falta ser Mandrake para saber que se iba a fugar”.

Para cerrar el diálogo, reflexiona: “¿Por qué se matan entre pobres en Buenos Aires? Es porque tipos con condenas por homicidios están en libertad y vuelven a matar”.

Que quede claro

Respecto del pronunciamiento de la Corte que obligaría al TSJ a cambiar de criterio, Rojas Moressi, que había vertido sus declaraciones antes de que se conociera el resultado de los recursos extraordinarios, se excusó de opinar porque no conoce los fundamentos. “Si el Tribunal Superior dispone las libertades, el beneficio se haría extensivo al resto de los condenados. Incluso podrían quedar en libertad homicidas, violadores y otros delincuentes que no tengan antecedentes”, se ocupó de aclarar.

 

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