El tribunal resolvió por mayoría el cese de una orden administrativa del Ministerio de Justicia cordobés que prohibió el ingreso a los penales de la provincia a los fiscales federales, dictada luego de que la Procuvin secuestrara en una cárcel cadenas utilizadas para tortura. Los jueces remarcaron que esa Procuraduría es consecuencia de una política del Ministerio Público Fiscal para cumplir obligaciones internacionales de prevenir y sancionar la tortura.

La Sala A de la Cámara Federal de Córdoba validó las inspecciones de los fiscales federales en penales provinciales al hacer lugar al amparo interpuesto por el titular de la Procuraduría contra la Violencia Institucional (Procuvin), Abel Córdoba, contra la resolución del Ministerio de Justicia de aquella provincia que le prohibía su acceso al Establecimiento Penitenciario N° 1, Padre Luchese, de la localidad de Bouwer.

La resolución judicial, que dispone «el cese de la orden emanada de las autoridades administrativas», se adoptó con la mayoría integrada por los votos de los camaristas Carlos Julio Lascano y José Vicente Muscara, y con la disidencia de Ignacio María Vélez Funes.

El voto mayoritario recuerda los convenios internacionales suscriptos por la República
Argentina para prevenir y sancionar el delito de tortura y enmarca la creación de la
Procuraduría contra la Violencia Institucional por parte de la Procuradora General, Alejandra
Gils Carbó, en la «materialización de aquel deber internacional asumido por nuestro país de
garantizar el respeto y libre ejercicio de los derechos humanos».

El acceso de la Procuvin al penal de Córdoba fue prohibido el 8 de mayo de 2013 mediante una resolución administrativa de la ministra de Justicia, Graciela Chayep. Aquella decisión del Ejecutivo cordobés se dio luego de que el fiscal Abel Córdoba ingresara el día anterior al penal de San Martín, constatara graves violaciones a los derechos de los privados de la libertad y se llevara del área de Sanidad del penal cadenas utilizadas para la aplicación de torturas.

El 8 de mayo Córdoba intentó ingresar con el equipo de la Procuvin en el penal de Bouwer y los agentes penitenciarios le negaron la entrada, resguardados en la resolución de Chayep.

El fiscal entonces presentó un amparo contra aquella decisión administrativa, que en primera
instancia fue rechazada por el juez Ricardo Bustos Fierro y acaba de encontrar eco favorable
en la Cámara Federal tras ocho meses de trámite. En el medio, hubo una audiencia de
conciliación convocada por la Cámara el 26 de septiembre pasado, que culminó abruptamente
cuando el procurador del Tesoro de esa provincia, Juan Reyna, «se retiró de la misma antes de
su conclusión y desconoció la investidura funcional del representante de la Procuración
General de la Nación», Abel Córdoba, lo cual «no se compadece con una conciliación judicial
que procuraba el Tribunal para zanjar el diferendo», remarcaron los camaristas.

En ese punto, el fallo de la Cámara fue unánime. Los tres jueces de alzada coincidieron en que «las autoridades de la Provincia de Córdoba debieron poner de manifiesto una mayor colaboración con las funciones asignadas al Dr. Abel Darío Córdoba sin incurrir en un excesivo rigor formal, dado que la finalidad pretendida por dicho funcionario público con la visita de inspección al complejo carcelario sito en Bouwer hace al interés general y no a su propio interés como persona individual».

El voto mayoritario recoge los principales instrumentos nacionales e internacionales en materia de prevención e investigación de la tortura. Los jueces Lascano y Muscara hacen referencia a las garantías establecidas en el artículo 18 de la Constitución Nacional y a las obligaciones del Estado Argentino emanadas de la firma de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Americana de Derechos Humanos y del Protocolo Facultativo de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles,inhumanos o degradantes.

También resaltan el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes (Ley 26.827), una de las principales herramientas jurídicas de orden interno en la materia.

En ese contexto, los jueces también recuerdan -entre otros antecedentes- la condena que recibió el Estado Argentino en el caso “Bulacio» en la Corte Interamaricana de Derechos Humanos.

Al respecto, el juez Lascano puso de relieve el rol que la Constitución Nacional y la respectiva ley orgánica ponen en el Ministerio Público Fiscal y remarcó que «impedir a la Procuvin la inspección de un establecimiento carcelario resulta una situación de hecho contraria al marco normativo antes reseñado, que sin lugar a dudas podría acarrearle responsabilidad internacional a nuestro Estado. A igual conclusión podría arribarse si se justificase la necesidad de formulación de aviso previo de inspección al establecimiento penitenciario habida cuenta que constituiría un formalismo que, en definitiva, desnaturalizaría o desvirtuaría las funciones inherentes al organismo mencionado».

Y su par Muscara ponderó que «la trascendencia e importancia del objetivo primigenio perseguido por el titular de la Procuvin ameritan, sin lugar a duda alguna, respuestas rápidas y expeditas por parte de las autoridades competentes».

El juez Muscara aludió, así, a los argumentos del gobierno cordobés plasmados en el voto minoritario del juez Vélez Funes, cuyo núcleo se centró en cuestionar la inexistencia de «un convenio previo celebrado por la Procuración General con esta Provincia de Córdoba para el ingreso a establecimientos penitenciarios provinciales, o encontrarse acompañado o autorizado expresamente por los Jueces Federales para realizar inspecciones a las instalaciones carcelarias donde se alojan internos de causas penales federales dependientes de los mismos».

La Procuraduría a cargo de Abel Córdoba no fue la única afectada por la resolución administrativa del gobierno cordobés. Los fiscales de Córdoba, Facundo Trotta, y de Villa María, Virginia Miguel, recientemente tampoco pudieron ingresar a distintos penales, informó a Fiscales la Procuvin. Trotta intentó en vano entrevistarse con procesados por crímenes de lesa humanidad en el penal de Bouwer antes de la feria judicial de enero, mientras que Miguel no pudo ingresar ayer en el penal de Villa María.

 

http://fiscales.gob.ar/violencia-institucional/la-camara-federal-de-cordoba-valido-la-inspeccion-de-fiscales-federales-a-carceles-provinciales/