La campaña contra el anteproyecto de reforma del Código Penal elaborado por una comisión multipartidaria concentró en un lugar equivocado la discusión sobre cómo y con qué severidad se castiga el delito. Los niveles de impunidad que pueden gozar tanto la delincuencia común como la de guante blanco y el crimen organizado tienen mucho más que ver con otro Código, el Código Procesal Penal. Ese el que define cómo, quiénes, con qué criterios, con qué chances de excarcelación y en qué plazos se debe investigar y juzgar. Por primera vez en años, esta semana la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados comenzó a debatir y elaborar una reforma rotunda de ese sistema en la que coinciden en los puntos centrales tanto el oficialismo como la mayoría de los partidos de oposición. Proponen un sistema llamado “acusatorio”, donde la investigación está siempre en manos de fiscales y los jueces sólo fallan; todo trámite o planteo se resuelve en audiencias orales, a la vista, y en plazos cortos; ningún proceso judicial debería durar más de dos o tres años, lo que se puede duplicar en casos complejos, o hacerse en cuestión de días si el delito es detectado en el momento (en flagrancia); las víctimas tienen un papel clave de control y acusan si en ciertos casos el fiscal no lo hace. Una ley complementaria impulsaría también el juicio por jurados populares.
En contexto
La ineficiencia en las estructuras judiciales, las posibilidades de “empiojar” las causas de que gozan todas las partes en un juicio y la inexistencia de políticas criminales para investigar delitos complejos tienen, entre algunos de sus resultados más conocidos, la tramitación de expedientes durante una o dos décadas, la consecuente prescripción en muchos casos y elevados índices de prisión preventiva en comparación con los casos con sentencia (70 por ciento de presos no tienen condena). Ese compendio de situaciones, y no necesariamente el monto de las penas previsto para cada delito que marca las discusiones por el Código Penal, es el que hace que los procesos judiciales queden sin respuesta, impunes.
Tal estado de cosas y la sucesión de hechos de los últimos meses, que incluyeron el linchamiento de un chico en Rosario y la expresión de broncas y violencia colectiva ante robos con o sin detenidos, fueron el motor para que la Comisión de Legislación Penal de Diputados, ahora presidida por Patricia Bullrich (Unión PRO), se pusiera a trabajar en una reforma procesal sobre la base de proyectos existentes. En el Ministerio de Justicia vienen haciendo lo mismo desde el verano, con apoyo de un grupo de especialistas, y nadie descarta que todas las propuestas converjan en un texto común. La idea de fondo es que será muy difícil eliminar el mito de la puerta giratoria (aunque no exista) si los juicios nunca terminan. “El que comete un delito tiene que saber que lo van a juzgar”, resume la diputada Diana Conti (FpV), una de las impulsoras. Bullrich, quien dio el puntapié al debate, planteó que no servirá discutir el Código Penal si no se reformula el sistema para conseguir “eficacia en la investigación y juzgamiento de delitos con pleno respeto de las garantías”.
Los proyectos
En Diputados hay dos proyectos en análisis para reformar el Código Procesal que provienen del Frente para la Victoria: uno es del ex diputado Oscar Albrieu y el otro de Raúl Barrandeguy. Ambos, aunque especialmente el primero, llevan la impronta del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales, que desde tiempos inmemoriales insiste con la necesidad de cambios procesales. Hay otros quince proyectos de reformas complementarias. Este fue uno de los primeros temas que Bullrich puso en la agenda tras asumir la comisión especializada. En el oficialismo lo vieron como una gran oportunidad, ya que está entre las metas de la Casa Rosada cambiar toda la legislación de fondo: Código Civil, Código Penal, ahora Código Procesal, más crear uno para el fuero Contencioso Administrativo. La cartera de Justicia, que comanda Julio Alak, trabaja en un texto concreto, también recuperando proyectos anteriores que quedaron en la nada, con colaboración de la Procuración General, la Defensoría General y especialistas del Inecip y de derecho procesal. Los muchos borradores que circulan tienen muchos puntos en común que permiten perfilar las características que tendrá la reforma, que en el oficialismo imaginan podría tener forma de proyecto hacia fin de año y votarse el próximo.
– Fiscales protagonistas. En el sistema actual (inquisitivo, escrito y secreto), los jueces son los que investigan y también deciden sobre su propia investigación. A pesar de que tienen la facultad de delegar la pesquisa en los fiscales, esa es más la excepción de la regla. El juez, de ese modo, es juez y parte. Si, por ejemplo, un imputado le pide que anule un allanamiento, es obvio que le va a decir que no porque lo hizo él. Lo mismo si un detenido le pide que anule la detención que él mismo decidió. Pero si un defensor le pide al juez que anule lo que hizo un fiscal, el escenario es distinto. Ya casi nadie, entre los especialistas, discute que debe haber un esquema acusatorio y de hecho en la mayoría de las provincias ya lo tienen.
Los jueces, en las condiciones actuales, deciden sobre casos aislados. Los fiscales, por su organización en un Ministerio Público, podrían seguir líneas de trabajo o políticas criminales específicas, detectar qué delitos prevalecen y diseñar estrategias para desarticular el crimen organizado, como por ejemplo en la trata de personas o la narcocriminalidad. Pero el argumento reformista advierte que no tienen herramientas para hacerlo mientras toda la actividad siga concentrada en los juzgados. Ni siquiera lo pueden hacer con delitos comunes como el robo de autos o las bandas que roban neumáticos. Es raro que un juez se ponga a seguir el recorrido de ese delito: dónde se roban gomas de auto y en qué mercado terminan.
En ese sentido apuntan las procuradurías y unidades especializadas creadas en la Procuración, criticadas aun antes de tener resultados. En el Poder Judicial no existen políticas para abordar delitos o fenómenos recurrentes; quizá hay enunciados desde la Corte Suprema para alertar sobre alguna situación, como el narcotráfico, pero se limita a reclamar presencia de jueces y fuerzas de seguridad. A su vez, las estadísticas de la Procuración dicen que los jueces delegan poco y nada estos casos, que el criterio sobre qué se persigue lo pone la policía y que la mayoría de los expedientes apunta a los consumidores y dealers pero no llega a las organizaciones.
– El papel de las víctimas. Ante la concentración de poder en los fiscales, la pregunta evidente es ¿quién y de qué modo los controlará? Un rasgo que surge en los proyectos apunta a darles a las víctimas la posibilidad de querellar y pedir la revisión de la actuación de los fiscales de primera instancia cuando, por ejemplo, impulsan un sobreseimiento. Pero hay propuestas, como lo hacía la de Albrieu, que prevén también la posibilidad de que la víctima ejerza la acusación si el fiscal desiste (convertir la acción pública en privada). Esa facultad para las víctimas tiene relevancia porque se prevé, además, que los fiscales puedan seguir principios de oportunidad, que les permitirían elegir qué tiene sentido investigar y qué no. Habrá que ver cómo se resuelven, por caso, las situaciones donde el fiscal desiste de acusar a un funcionario. Se discuten mecanismos para que intervenga las ONG del ámbito del derecho.
– Policía judicial. La creación de una policía auxiliar, técnica, sin funciones de seguridad, es otra variable que los proyectos incluyen como forma de intentar lograr investigaciones independientes. En algunas provincias, como la de Buenos Aires, la necesidad de control quedó en evidencia ante la práctica sistemática por la que muchos fiscales delegaban investigaciones a la policía en casos en que ella misma estaba involucrada (uno paradigmático es la desaparición de Luciano Arruga).
– Oralidad y agilidad. Una de las premisas del modelo propuesto es que el proceso penal sea oral y utilice la menor cantidad de papeles posible. Habrá un período de investigación preparatoria y un juicio oral, pero las notificaciones claves y los planteos de las partes se resolverán de manera oral y pública, en audiencias donde se encuentren el fiscal, el juez, el defensor, el imputado y la querella. Las declaraciones, incluso, se podrán grabar en lugar de tomarse por escrito. Un pedido de nulidad se discutirá en vivo y debería ser resuelto en horas, a lo sumo en días. Un procesamiento nunca podría estar dos años en revisión, como ha sucedido con algunos funcionarios, y debería ser impensable juzgar hechos de corrupción de hace veinte años, como se ha visto últimamente con historias del menemismo.
Un rasgo sumamente novedoso es que dejará de existir la declaración indagatoria como tal. Una vez que el fiscal formule una imputación, el acusado podrá declarar cuando quiera, si es que quiere, dentro de los tiempos pautados.
El esquema de oralidad debería de por sí acortar los tiempos de las causas penales. La mayor exposición de las partes en audiencias hace presuponer que los plazos del nuevo Código se cumplirán. Los del actual nadie los respeta. Los textos en análisis proponen un tiempo máximo de duración de las causas de dos a tres años, que se flexibiliza al doble si los delitos son complejos (según el número de imputados, de víctimas, la prueba y el tipo de organización). Si en el plazo establecido no hay sentencia, la causa prescribe. Se podrá acordar entre las partes realizar un juicio abreviado ya en la instrucción de la causa (ahora hay que esperar al juicio oral): el acusado asume culpabilidad y se le pone una pena morigerada. Para situaciones de delitos cometidos en flagrancia (descubiertos en el acto), Bullrich presentó un proyecto de juicios exprés que podría votarse en una ley separada (ver aparte), aunque luego se regule en el Código. La intención de volver más expeditivo al sistema conlleva la apuesta de que se dedique mejor a los delitos más complejos.
– Prisión y excarcelación. Quienes participan de la redacción de estos proyectos suponen que si el sistema es más ágil y eficiente debería haber menos personas detenidas en forma preventiva porque se define más rápido si son condenadas o absueltas. La mayoría de los proyectos prevé que la prisión preventiva (que no puede durar más de dos años) ya no se defina por la gravedad del delito, sino por el peligro de que alguien pueda fugarse u obstaculizar la investigación. De ese modo, alguien puede quedar detenido aun habiendo cometido un delito menor si se constatan otros riesgos. También se prevén medias de “coerción” y monitoreo para los casos en que se concede la excarcelación (prohibición de salir de cierto territorio, retención de documentos de viaje, caución económica). Es posible que este tema traiga más polémica que otros. Bullrich anticipó que ella intentará introducir “limitantes” a la excarcelación para “los imputados que sean reiterantes (no reincidentes)” o sea que hayan estado implicados en hechos delictivos previos y “para casos en los que la gravedad de los hechos provoquen alarma pública”.
– Juicio por jurados. El enjuiciamiento realizado por ciudadanos comunes está en la Constitución Nacional de 1953 pero nunca fue aplicado a nivel nacional. Sólo han empezado a testearlo algunas provincias: Córdoba hace siete años y Neuquén hace dos semanas. Otras están en vías de hacerlo, como Buenos Aires, Río Negro, Chaco. En los proyectos de Código Procesal en danza se prevé esta modalidad de enjuiciamiento para delitos graves en que un tribunal popular determina si una persona es culpable o inocente, luego la pena la pone un juez técnico. Será regulado en una ley aparte.
A diferencia de la discusión por el Código Penal, la del Código Procesal parece gozar de una mayor aceptación. Ya hay un grupo de asesores de varios partidos (Unión Por Todos, Libres del Sur, UCR, GEN y FpV) trabajando en los primeros artículos de un libraco que tendrá 600. El Frente Renovador participa con algunas dudas, y según explicó Graciela Camaño, si bien apoyan una discusión sobre la reforma procesal preferiría primero discutir la ley de Ejecución Penal. La comisión votó la semana pasada que debe haber una reforma total.
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