El jurado de enjuiciamiento contra el camarista Carlos Flores se reunió ayer a la siesta y rechazó las dos nulidades que había planteado el magistrado, aunque en una de ellas lo hizo en forma parcial. La fracción de ese pedido de nulidad que aceptó, representa un beneficio para la defensa del magistrado.
Con la totalidad de sus miembros, el jury contra Flores deliberó ayer y le dijo que no al primero de los pedidos de nulidad que habían presentado los abogados Marcos Paz y Vanesa Ranocchia Ongaro, apoderados legales del destituido camarista. Esta primera nulidad, rechazada por unanimidad de los cinco jurados, apuntaba a la validez de las declaraciones que formuló Flores el día en que el jurado lo convocó para oir su descargo frente a la presentación en su contra. Con el rechazo de ayer, ese acto procesal mantiene su plena validez.
Los defensores de Flores habían planteado que esa entrevista reviste la misma jerarquía que una declaración indagatoria y en consecuencia, el acto no había cumplido con las exigencias que demanda un trámite de esta índole. Los abogados habían pedido que se anulara esa declaración «por haberse violado los derechos del debido proceso y de defensa» del juez. Argumentaron que a Flores «no se le informó que podía abstenerse de declarar y sólo se le dijo que tenía media hora para formular su descargo, dando por sentado que estaba obligado a prestar declaración. Y lo más grave, no se le informó detalladamente cuál era el hecho que se le atribuía y cuáles eran las pruebas existentes en su contra».
Ayer, los jurados opinaron que Flores no vio vulnerado ningún derecho con la forma en que le informaron de su situación y le describieron el hecho en debate, y por ende le dijeron que no al planteo.
La segunda nulidad también fue rechazada pero en forma parcial. Los abogados habían pedido que se anulara completamente el escrito que elevó el procurador Mario Bongianino a fines de mayo. El jury le dijo que no a Paz y Ranocchia pero aceptó que la acusación debía limitarse a las figuras contempladas en la Ley 313. Con ello, eliminó las menciones que había hecho el procurador respecto a figuras penales como prevaricato, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público. Con esta decisión, Flores ahora deberá defenderse sólo del presunto mal desempeño, una de las cinco posibilidades contempladas en la Ley 313.
El jury volverá a reunirse la semana próxima, oportunidad en que deberá decidir el pedido de recusación que presentó la defensa de Flores contra el presidente del cuerpo, Eduardo Fernández Mendía, al que acusan de haber mandado a mentir a la secretaria del órgano, Andrea Mok.

 

FUENTE http://www.laarena.com.ar/la_ciudad-descartan_la_acusacion_penal_y_juzgaran__mal_desempeno_-79290-115.html