En durísimos términos respondió el TIP a la fiscal Ana Laura Ruffini, tras la impugnación del fallo del juez de Audiencia Alfredo Alonso, quien oportunamente rechazó el juicio abreviado propuesto por las partes. La fiscal tomo el caso como una “cuestión personal” y refirió una supuesta “argumentación maliciosa” del magistrado, por lo que el juez del TIP Pablo Balaguer recomendó a Ruffini “leer el diccionario” y que en el futuro “reflexione”.
Se trata del caso de Daniel Oscar Fuentes, quien protagonizó un episodio violento con su pareja y luego fuera perseguido por la policía, efectuándole varios disparos contra su auto, que más tarde la Fiscalía y la Defensa trataron de cerrar con un Juicio Abreviado, caratulado “amenazas agravadas, atentado y resistencia a la autoridad”. El mismo caso generó suspicacias por la aparición de un arma en el auto de Fuentes, que no utilizó contra la policía, y cuya tenencia no fuera incorporada como delito contra el acusado, decisión que dejó latente la sospecha sobre la posibilidad que la policía hubiera «plantado» el arma.
La Fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor oficial Guillermo Costantino impugnaron por separado la resolución de Alonso, quien rechazó el juicio abreviado remarcando la necesidad de contar con un mejor conocimiento de los hechos. Y destacó en sus fundamentos que el caso presenta “aristas muy evidentes de violencia de género, las cuales no fueron atendidas en la investigación”.
La fiscal, además de las cuestiones técnicas legales, deslizó en sus argumentos que Alonso tuvo una “argumentación maliciosa”, adjudicándole a la resolución del magistrado una supuesta “cuestión personal” contra ella. La respuesta del juez del TIP, Balaguer, fue contundente y consideró “no adecuado y menos aún correcto” lo expuesto por Ruffini, mientras le recomendó “reflexionar respecto a lo expresado, a fin de evitar situaciones desagradables”.
La fiscal Ruffini basó su agravio en “una supuesta inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva” por parte del juez Alonso. Interpretando que el magistrado debió “limitarse a considerar los hechos puestos en su conocimiento y la congruencia, que los mismos tienen con el material probatorio aportado…”. También entendió Ruffini que el juez Alonso mantiene una “tendencia inquisitiva”, que el nuevo CPP tiende a dejar de lado.
Por su parte, el defensor oficial Guillermo Costantino consideró que el juez Alonso “se excedió en sus funciones, al merituar pruebas que no fueron puestas a consideración…”
TIP
Los jueces del Tribunal de Impugnación Penal Filinto Rebecchi y Pablo Balaguer votaron en el mismo sentido.
El juez Filinto Rebechi observó que la opinión de la víctima “no puede ser dejada de lado”, a la hora de proponer la aplicación del juicio abreviado. También señaló que “la agresividad” del imputado Fuentes, que surge en el relato de los hechos del legajo, “amerita ser analizada con mayor profundidad”, tal como lo consideró oportunamente el juez Alonso.
El juez del TIP también recordó a Ruffini y Costantino que los legisladores pampeanos, facultaron con la reforma del Código al juez de Audiencia para, entre otras funciones, “rechazar” los pedidos de juicio abreviado.
Por su parte, el juez Pablo Balaguer observó que la Fiscalía y la Defensa, a la hora de impulsar el juicio abreviado, “dejaron de lado” o no consideraron los antecedentes del Fuentes, quien tiempo atrás fuera procesado y luego beneficiado con una suspensión de juicio a prueba –que caduca en octubre de este año-, por el delito de “amenazas” contra la misma mujer, su ex pareja.
Balaguer remarcó la inobservancia del antecedente de Fuentes, que oportunamente reclamó el juez Alonso para “tomar una postura más amplia y profunda, que brinde la seriedad que el caso merece…”.
Recomendaciones
Por último Balaguer dedicó un par de párrafos durísimos contra la fiscal Ana Laura Ruffini, quien en su impugnación aludió a “una argumentación maliciosa” por parte de Alonso. En tal sentido, el integrante del TIP refutó que dicha argumentación “no corresponden a las normas de trato y de respeto de un franco disenso, superándose con dicha expresión la razonabilidad al descalificar al operador que, en definitiva, tiene como función jurisdiccional el contralor de los actos de los órganos requirentes como es la Fiscalía”.
Y considera luego que “no me parece adecuado y menos aún correcto atribuirle ‘mala intención’ (ver significado del término –maliciosa- según el diccionario Esencial de la Lengua Española, pag. 93 Ed. Espasa) en lo expresado y resuelto por el Juez de Audiencia”.
Balaguer remarcó que la titular del Ministerio Público Fiscal erró el camino al tratar de instalar en la impugnación la idea de “una cuestión personal”, de Alonso con Ruffini. Y finalmente afirmó que “es indudable que, en lo sucesivo, la señorita Fiscal deberá reflexionar respecto a lo expresado ut supra, a fin de evitar situaciones desagradable y, además, para que sus estrategias de persecución resulten más efectivas”.
Fuente: http://www.eldiariodelapampa.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=104871:el-tip-mando-a-reflexionar-y-leer-el-diccionario-a-la-fiscal-ruffini&catid=62:nacionales&Itemid=3#.T2yKUXpmR60