Es un hecho conocido que el tero, ante un peligro para sus huevos, comienza a gritar en un lugar lejano del que estos se encuentran, usando esa táctica para desorientar al potencial agresor.

En esa metodología podríamos encuadrar lo que está realizado el Fiscal de Cámara Guillermo Camporini quien, ante la sospecha de que se ha de criticar a fiscales que han actuado en recientes juicios orales, comienza a vociferar ante los medios de prensa que en la reforma procesal penal que se está implementando en Santa Fe hay imprevisiones.

Cabe por lo tanto dejar inicialmente aclarado que son dos cosas distintas: la implementación de la reforma y la actuación de los funcionarios de la Fiscalia en los procesos orales.

1La implementación de la reforma

Sobre ella dice el Fiscal Camporini que hay imprevisiones. Nada más lejos de la realidad, la que no pude ignorar, no sólo por las funciones que actualmente tiene en el Poder Judicial, sino también por haber concursado sin éxito para acceder a un importante cargo de la nueva estructura que se está conformando.

Todo lo que se ha realizado, y lo que se está realizando actualmente, responde a un plan inicial efectuado por la gestión de Hermes Binner sobre la base del Código Procesal Penal aprobado en los últimos tiempos de la gobernación de Jorge Obeid.

Los plazos usados para ello fueron y son los menores posibles, a tal punto que todo lo que se pudo implementar con la estructura existente se puso en marcha desde el comienzo y queda pendiente lo que requiere la actuación de las nuevas agencias del Ministerio Público de la Acusación, del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal y de los Nuevos Tribunales Penales, los que se encuentran en proceso de organización de acuerdo a las leyes sancionadas hace aproximadamente dos años.

La Mesa del Diálogo, creada a fines del año pasado por el gobernador y que ya se reunió seis veces (3,17 y 30 de noviembre de 2011, 14 y 28 de diciembre de 2011 y 8 de febrero de 2012), congrega a todos los sectores vinculados a este último tramo de la implementación: El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Poder Ejecutivo), la Corte Suprema de Justicia, la Procuración General (de la que depende Camporini) y las autoridades de la nueva Fiscalía y la nueva Defensa pública (Poder Judicial) la Comisión Bicameral de Seguimiento de la Reforma (Poder Legislativo), el Colegio de Magistrados y Funcionarios (al que debe estar afiliado), los Colegios de Abogados, las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas, el sindicado de los trabajadores judiciales, etcétera.

De sus reuniones, que son públicas (por lo que Camporini podría asistir si el tema le interesara realmente), surge que los avances en cuestiones de infraestructura son muy importantes, tanto respecto al sistema informático como en lo atinente a la designación de funcionarios y empleados y a la satisfacción de necesidades de inmuebles y muebles.

Con relación a los progresos en otros aspectos de la implementación cabe señalar el proyecto de ley enviado a fines de año pasado a la Legislatura, elaborado por el Poder Ejecutivo sobre la base del consenso logrado en la mencionada Mesa del Diálogo, en el que se puntualizan las tareas de cada sector involucrado y los plazos previstos para su desarrollo.

Ese proyecto tuvo media sanción en el Senado y está en tratamiento de la Cámara de Diputados a la que, en la última reunión de la referida Mesa del Diálogo, se resolvió pedir su pronto y rápido tratamiento.

En síntesis, en la implementación del nuevo código procesal penal se ha trabajado y se está trabajado de manera ordenada y planificada, debiendo comprenderse que se trata de una tarea compleja que involucra a muchos sectores y a los tres poderes del Estado.

Debe agregarse que a raíz de las materias ya vigentes por la implementación progresiva que se dispuso, entre ellas la oralidad del nuevo código para determinados procesos, se comienzan a poner en evidencia ante la ciudadanía cuestiones que existían desde siempre, pero que permanecían ocultas para ella por el nefasto sistema que se está cambiando.

Algunas de estas cuestiones, como por ejemplo la confusa adjudicación de responsabilidad entre jueces instructores y fiscales respecto a la investigación previa a los juicios, han sido justamente una de las críticas que motivan el cambio en marcha.

Lo llamativo es que recién ahora algunos operadores judiciales las descubran y se quejen de que el sistema, al que sirvieron durante años prácticamente sin cuestionarlo, no se cambie «más rápido».

2La actuación de fiscales en los juicios orales

Otro tema muy distinto es como se están desempeñando los fiscales en los nuevos juicios orales, quienes actúan como verdaderos abogados de la sociedad en la persecución penal de los sospechados de haber delinquido.

Debemos aceptar que, por la publicidad referida, también salen a la luz en esos procesos deficiencias de la policía en la producción de determinadas pruebas, lo que ha motivado planes especiales de capacitación al personal policial como parte de la implementación, pues cuando una prueba se anula la culpa no la tiene la ley que la reglamenta sino quienes actúan sin respetarla.

Ante todos estos cambios no parece lo más adecuado que cuando se analizan los juicios orales por parte de un estamento, por ejemplo la fiscalía, en lugar de analizar en primer lugar su propio comportamiento se esgrima exclusivamente presuntas responsabilidades ajenas, siguiendo la particular conducta de intentar justificar lo que pasa echándole la culpa a los otros.

Lo correcto sería que cada uno, primero que nada, asuma lo que le corresponde.

Deteniéndonos en la referida actuación de fiscales, es lógico que sus comportamientos se observen desde la óptica técnica, sin implicar ello en absoluto cuestiones personales, sino que se trata de análisis vinculados exclusivamente al funcionamiento del sistema con la única intención de realizar aportes para mejorarlo día a día.

En esa línea de ideas fue que en el último juicio oral de Rosario docentes de la Facultad de Derecho de la U.N.R elaboraron un informe, encuadrado en un proyecto de investigación, del que surgen críticas objetivas a la actuación de los actores penales que ameritarían tomar medidas (fundamentalmente vinculadas a la capacitación) para mejorar la eficacia del sostenimiento de las acusaciones en los juicios orales.

Pareciera que los trascendidos respecto a estas críticas, u otras que se pudieren haber realizado, motivaron al doctor Camporini a que -abriendo el paraguas antes de que llueva y con la táctica del tero- utilizara sus recientes dichos públicos para tratar de neutralizarlas.

Como en el sistema republicano todos los actos de gobierno deber ser, por regla, públicos y se pueden criticar, creo que sería muy útil al crecimiento institucional de Santa Fe que todas las críticas referidas anteriormente, es decir las que hace Camporini y las que se hicieron a los fiscales (en definitiva todas ellas referidas a actos de funcionarios públicos) se presenten de manera respetuosa, seria y pública y se abra una sana discusión sobre ellas.

Por ello propongo dos debates claramente separados, a realizarse con la organización de la institución que el doctor Camporini elija (por ejemplo los Colegios de Abogados o el de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial), si es que le interesa profundizar los temas que planteó públicamente.

Esas actividades deberán respetar indefectiblemente la publicidad plena de lo que ocurra en ellas y tendrían que referirse la primera a «la implementación de la reforma procesal penal en Santa Fe» y la segunda al informe sobre «la actuación de los fiscales en el juicio oral».

En el primer supuesto se comenzaría con las criticas de Camporini y luego las respuestas de los que hemos participado en la implementación, mientras que en el segundo se iniciaría con la lectura del informe aludido más arriba y la contestación de los interesados directos o indirectos en el tema, realizándose después, en ambos casos, el debate que se tendría que enriquecer en el segundo de ellos con la proyección de las partes pertinentes del juicio registrado por la Corte Suprema de Justicia.

Espero respuesta a esta invitación que está motivada exclusivamente en trabajar seriamente para mejorar las instituciones de la provincia en el marco del sistema republicano que nos rige.

(*) Ex Ministro de Justicia y

Derechos Humanos de Santa Fe

y Profesor Titular por concurso de Derecho Procesal Penal

en la Facultad de Derecho

de la U.N.R.

Héctor Superti(*)

Fuente: http://www.lacapital.com.ar/opinion/La-reforma-penal-en-Santa-Fe-y-la-actuacion-de-fiscales-en-juicios-orales-20120215-0021.html