La investigación destacó las normativas de Santa Fe y la Ciudad de Buenos Aires «que son muy avanzadas», y en el sentido opuesto ubicó a La Pampa, «que no sancionó ninguna ley provincial y se sigue manejando bajo el patronato».
A ocho años de la sanción de la Ley de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (26.061), que significó un cambio de paradigma, la adecuación de las provincias «es muy lenta» y en algunos casos «inexistente», como sucede en La Pampa, según señalaron especialistas de la Fundación Sur Argentina que realizaron una exhaustiva investigación sobre el tema.
En nuestra provincia distintos sectores reclaman desde hace tiempo la adhesión a esa Ley nacional. Semanas atrás, cuando el gobernador Oscar Jorge habló de bajar la edad de imputabilidad de los menores, se reflotó la discusión. Es que dicha ley entró en vigencia en enero de este año cuando se la publicó en el Boletín Oficial pero no se aplica porque no se la reglamentó.
La Ley 26.061 fue promulgada el 26 de octubre de 2005 en reemplazo de la Ley de Patronato que entendía al niño como una persona incapaz, que ante la imposibilidad de la familia de
contenerlo debía quedar bajo la tutela del Estado, más específicamente de un juez, quien debía decidir sobre su futuro.
Antes, Argentina había adherido e incorporado a la Constitución Nacional la Convención de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, donde ya se ubicaba al «menor» como un sujeto de
derecho pleno con voz y voto sobre su futuro, espíritu que se respetó en la ley 26.061 y que representó un cambio de paradigma.
«Hay atisbos de avances institucionales de los distintos poderes, pero es un proceso muy lento que tiene que ver con los cien años de patronato que tenemos encima», señaló a Télam María
Victoria Lucero, la abogada que coordinó la investigación de la Fundación Sur, que se dedica a la defensa de los derechos humanos de niños y adolescentes.
Sin avances.
La letrada precisó que «en un primer momento vimos que se trató de una ley muy resistida, sobre todo desde los Superiores Tribunales de Justicia provinciales, luego se fueron adaptando,
pero todavía hay reticencias, no sólo porque requiere una inversión de dinero, sino por una cuestión ideológica».
Lucero dijo que «también hay provincias que sancionaron sus normas acordes a la de protección, pero sus leyes procedimentales están en función del patronato, es decir, se le daba intervención al juez antes que al órgano administrativo. Esto sucedió, por ejemplo, en Corrientes».
La investigadora destacó las normativas de Santa Fe y la Ciudad de Buenos Aires «que son muy avanzadas», y en el sentido opuesto ubicó a La Pampa, «que no sancionó ninguna ley provincial y se sigue manejando bajo el patronato».
Investigación.
Durante más de seis años un equipo de investigadores coordinados por Lucero analizaron las leyes provinciales en referencia a la temática, los fallos de los juzgados provinciales (desde la primera instancia hasta los Superiores Tribunales provinciales), así como la creación y el funcionamiento de las instituciones del poder ejecutivo que debían dar respuesta.
A pesar de que consideró que «ninguna jurisdicción se encuentra completamente acorde al paradigma de la protección integral», la investigadora se mostró optimista respecto al futuro,
al señalar que «aunque lento uno ve algunos signos, pequeñas cosas que van construyendo ese sistema de conformidad con la protección integral».
La investigación se recopiló en el libro «Radiografía crítica de la ley 26.061. Escenarios provinciales normativos, institucionales y jurisprudenciales».