El juez de Instrucción, Luis María Caterina dijo que llevar una persona a una comisaría por averiguación de antecedentes debería ser una «excepcional». En ese sentido, dijo que la interpretación realizada por el diputado es «sumamente ajustada y correcta».

«La interpretación que han hecho es sumamente ajustada y correcta», consideró el magistrado Luis María Caterina acerca del recurso de amparo presentado por el diputado justicialista Eduardo Toniolli para evitar las detenciones masivas por ‘portación de cara’.

De todas formas, el magistrado rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la ley 11.516, la cual establece ese tipo de procedimientos policiales aunque insistió, de acuerdo a datos estadísticos, que las detenciones no deben ser del tipo «al voleo».

«Llevar detenido a una comisaría a alguien es una situación excepcional y no genérica, la cual yo explico en el fallo de manera peyorativa como ‘portación de cara'», precisó.

En esa línea, Caterina ejemplificó: «Yo, en la resolución, puse el ejemplo el asesinato de una persona dentro de un lugar donde hay 50 personas. ¿Está mal que detengan a todos? No, pero ese procedimiento no puede durar meses sino un máximo de seis horas y con un motivo aparente».

«Detener a siete personas de las cuales tres tienen problemas con la ley es una margen de error aceptable, ahora no se puede detener a tres mil para averiguar antecedentes de cuatro individuos», abundó.

 

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