Periódicamente la sociedad se conmueve con casos de violaciones que tienen como protagonistas a condenados por ataques sexuales que habían recuperado su libertad. Y el impacto suele profundizarse cuando detrás de esas liberaciones está la decisión de un juez. Entonces, indefectiblemente, sobrevienen la polémica y las dudas: ¿el juez evaluó mal? ¿la ley tiene agujeros por donde se filtran los llamados “ofensores sexuales”? ¿es posible reinsertar en la sociedad a este tipo de personas? ¿qué es lo que puede hacer el Estado para reducir el riesgo de reincidencia?

Si no ocurre ningún imprevisto, el miércoles próximo la Cámara de Diputados de la Naciónconvertirá en ley el “régimen complementario de reinserción para condenados por delitos contra la integridad sexual”, que ya tiene media sanción del Senado. Este contempla mayores requisitos para que este tipo de detenidos logre salidas transitorias de la cárcel (un fin de semana, por ejemplo), una “semi detención” (algunos días para salir a trabajar y volver a dormir al penal), la libertad condicional o la prisión domiciliaria .

Como primera medida establece como fundamental que un equipo multidisciplinario (médicos, psicólogos, asistentes sociales) considere si los beneficios que pide el preso son viables. En palabras sencillas: que los informes que recibe el juez de Ejecución para resolver la solicitud sean más explícitos en relación al posible riesgo de que el detenido repita su conducta .

Otro punto novedoso tiene que ver con el control de la persona a la que se deja en libertad. Y para esto se establece “la colocación de un dispositivo electrónico de control”, como una pulsera electrónica de monitoreo a distancia. “Sólo podrán ser dispensados por decisión judicial previo informe de los órganos de control y del equipo interdisciplinario”, dice el proyecto.

En la nueva ley también s e le da un lugar a la víctima del delito, que deberá ser escuchada , aunque su opinión no será vinculante. El detenido, por su parte, deberá recibir sí o sí tratamiento en su lugar de detención y tendrá que tener una entrevista con el juez antes de que éste decida si le da un beneficio.

La norma –que es en realidad una modificación de la ley 24.660, de Ejecución Penal– fue bautizada como “Ley Bargna”, por Soledad Bargna: un violador con salidas transitorias, vecino suyo en un edificio de Caballito, la asesinó en mayo de 2009 . El proyecto fue presentado por Diana Conti y Carlos Kunkel después del crimen de la joven, pero tuvo un tránsito lento por el Congreso.

Sólo otro caso de gran repercusión logró reactivarlo: la muerte en el Chaco, a fines de octubre, de Tatiana Kolodziey (33) por la que fue detenido un violador que acababa de lograr la libertad condicional (verAtaque…).

A la reforma de la ley 24.660 también se sumará próximamente la creación del Registro de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual : un banco que recopilará los datos de personas con sentencia firme por delitos sexuales y reunirá también rastros genéticos sin identificar para ser cotejados en las investigaciones.

Si todo esto servirá para algo es todavía un misterio. Y el hecho de que se carezca de estadísticas ciertas sobre la reincidencia de los “ofensores sexuales” no ayuda a develarlo. La falta de números es atribuíble, en parte, “a la ley de Ejecución, que prohíbe hacer distingos entre los delitos para no estigmatizar a los condenados”, explicó aClarín el fiscal de Ejecución Jorge Andrades.

“Los delitos sexuales han aumentado exponencialmente en los últimos 20 años , es lo que vemos diariamente, pero no hay números”, agregó Andrades, para quien los controles comenzaron a mejorar a partir del caso Bargna. También en 2009 se creó el Programa de Tratamiento Para Internos condenados Por Delitos de Agresión Sexual (CAS), que hoy funciona en seis unidades del Servicio Penitenciario Federal. Una de ellas es la N° 7 del Chaco (donde había recibido tratamiento quien terminó matando a Tatiana ) y otra es la N°12 de Viedma, donde se trabaja en combinación con el Patronato de Liberados de Capital.

“Nuestra tarea es trabajar con el grupo familiar. A veces el interno llega a reconocer el delito, pero la más negadora es la familia. También tenemos un equipo interdisciplinario que los contiene cuando salen en libertad”, contó a Clarín Ines Parodi, coordinadora técnica del Patronato, que mensualmente supervisa a unos 30 “ofensores sexuales”. Las entrevistas suelen hacerse dos veces al mes y el seguimiento dura entre dos y cuatro años. “En siete años de trabajo sólo tuvimos una reincidencia”, señaló Parodi. “Pero una cosa es cuando la persona está en tratamiento, o cuando lo termina, y tiene una familia que lo contiene.

Nos preocupan los que están solos ”.

Desde la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual, que funciona en Capital, el fiscal Aldo de la Fuente está convencido de que la clave está en el tratamiento . “Algo está fallando en ese sentido y no lo digo solo por los ‘ofensores sexuales’ si no que la reincidencia aumenta en todo tipo de delitos. El tema de los violadores es complicado y no hay estadísticas serias”, indicó.

Mientras, en la Procuración Penitenciaria de la Nación alertan sobre el hecho de que “cada vez que se conoce un hecho grave parece haber cierto clamor social de aumentar las penas, cuando la solución es que haya un equilibrio entre la demanda de seguridad, la Constitución, las leyes y los derechos de los presos”, apuntó Mariana Lauro, subdirectora de Protección de Derechos Humanos.

Desde propuestas de castración química y encierro indefinido hasta mejores tratamientos fuera y dentro de la cárcel, el tema de qué hacer con los “ofensores sexuales” parece lejos de estar resuelto. Y lo que es peor: el debate sólo se reabre a base de nuevas víctimas .

 

 

fuente http://www.clarin.com/policiales/controles-liberarlos_0_817118426.html