«MALA PRACTICA INSTITUCIONALIZADA DEL SERVICIO PENITENCIARIO»
El defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino denunció «múltiples vulneraciones de los derechos de los internos y obstaculización dela inspección de los funcionarios comisionados por el Ombudsman». Ante la presentación efectuada bajo identidad reservada por varios ciudadanos alojados en la Unidad 6 de Rawson, el Defensor del Pueblo Mondino, recomendó que las condiciones de detención se ajusten a los estándares establecidos por la Convención Contra la Tortura y su Protocolo Facultativo.
VIOLACIONES DE DERECHOS
Entre los derechos vulnerados de los internos, en franca incompatibilidadcon la legalidad vigente, los enviados del Defensor nacional constataron: Condición deficiente y de alto riesgo sanitario para los internos enla mayoría de los pabellones; mala y escasa alimentación; deficiente y tardía atención médica; entrega de medicamentos vencidos; fuertes golpizas en requisas, traslados y aislamientos e incomunicaciones. Además de tormentos y torturas que se aplicarían en los períodos deaislamiento y durante el régimen de incomunicación; requisas e inspecciones intrusivas, denigrantes y vejatorias a los familiares en las visitas, incluso a menores de edad. También se denunció la falta de denuncia de agresiones y maltrato por la acción intimidante de las autoridades; escasa luminosidad y ventilación, así como excesiva humedad en la mayoría de los pabellones. «Así las cosas – consigna el informe – los internos de la Unidad 6 de Rawson padecen una acumulación de experiencias traumáticas, de indefensión eimpunidad que resultarían ser la expresión de mecanismos penitenciariossistemáticos aplicados bajo condiciones de coacción. Para ellos representala aplicación ´de facto´de una segunda pena y, en el caso de los procesadosy con presunción de inocencia, una pena anticipada».
CONDICIONES DE ACUERDO A LA CONVENCION
Ante este cúmulo de hechos, en su presentación ante el Ministerio deJusticia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, el Ombudsman recomendó adecuar las condiciones de detención de la Unidad de Rawson a los estándares fijados por la Convención Contra la Tortura y su Protocolo Facultativo.
Asimismo, le advirtió al Director Nacional del Servicio PenitenciarioFederal sobre el cumplimiento de los deberes legales en relación a»garantizar cabalmente las facultades de inspección de los órganos del Estado legalmente autorizados» a desempeñar esa tarea.
Cuando los funcionarios comisionados por Mondino solicitaron el contacto con los detenidos sufrieron obstaculizaciones y falta de colaboración por parte del personal del penal.
El contenido de esta intervención fue puesta en conocimiento de la Comisión Bicameral Permanente del Defensor del Pueblo de la Nación del Congreso de la Nación y del Procurador General de la Nación, respectivamente.
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