Defensores y fiscales habían denunciado la situación de los presos alojados en la cárcel.

Neuquén > La Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de General Roca rechazó una apelación impulsada por el Servicio Penitenciario Federal (SPF) y ahora se deberá concretar una mesa de diálogo para mejorar las condiciones de alojamiento de los internos de la Prisión Regional del Sur (U9).
La respuesta del órgano judicial se vincula a una presentación de las autoridades que están al frente de la cárcel neuquina. Habían enumerado varios agravios en relación a un habeas corpus colectivo impulsado por fiscales y defensores federales y la Delegación Comahue de la Procuración Penitenciaria de la Nación. Este grupo de funcionarios se hizo eco de distintas denuncias de los presos sobre malos tratos y otras situaciones irregulares ocurridas en el presidio neuquino situado sobre calle Entre Ríos al 300 y concurrieron meses atrás al Juzgado Federal Nº 2 para exponer no sólo los problemas sino también posibles cambios.
En ese marco, el SPF cuestionó algunas medidas propuestas y resaltó mejoras en la atención médica y el servicio de catering.
Entre las objeciones expuestas por los responsables de la cárcel federal, se recalcó que las reformas edilicias traerían aparejadas “un agravamiento de las condiciones de los internos, puesto que para llevar adelante las obras deberían ser reubicados en otros sectores o unidades, incluso fuera de la jurisdicción”. Sobre las escasas salidas de los presos al patio, el titular del presidio respondió que “la Unidad venía respetando la Regla 21 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, de acuerdo a las posibilidades materiales, edilicias, climáticas y de organización horaria, puesto que se contaba con un solo patio interno y un solo campo de deportes”. Las explicaciones formaron parte de la apelación presentada en Roca.

“Atroz situación”
Los camaristas federales hicieron un análisis minucioso de las presentaciones y no tuvieron dudas de la crítica situación de los presos. Así lo entendió el juez Mariano Roberto Lozano, quien enfatizó que “el trabajo mancomunado de las distintas partes intervinientes y del magistrado de sección permitió poner en evidencia la inocultable y atroz situación en la que se encuentran las personas detenidas en la U9, en particular los internos alojados bajo alguna de las modalidades de aislamiento”.
Por otra parte, rescató el valor del recurso impulsado porque “si, como ha quedado demostrado, la dignidad humana y los derechos de las personas detenidas en la U9 se encuentran violentados, debe existir una herramienta jurídica eficaz para remediarlos y esa es, en palabras del Alto Tribunal, el habeas corpus colectivo”.
En el fallo de la Cámara Federal tampoco se olvidó mencionar el efectivo trabajo del Juzgado Nº 2, que “se ha manejado con la prudencia, pero también con la firmeza que le exigían las circunstancias que constató personalmente en la U9 de Neuquén. Y lo hizo de manera juiciosa porque se limitó a fijar objetivos a cumplir en plazos que estimó cumplibles -es decir los ‘qué’ de lo que había que hacer-, sin inmiscuirse en los cursos de acción para conseguirlos -los ‘cómo’- dando al SPF un margen de maniobra bien sensato”.
Lozano, finalmente, descartó que las disposiciones propuestas perjudiquen la situación actual de los presos, porque “no se han fijado cursos de acción concretos sino objetivos a ser alcanzados por el destinatario de la orden de la mejor manera posible; es decir, valga la perogrullada, del modo en que menos se perjudique la situación de los alojados”.

Estado como garante
En tanto, el camarista roquense Richar Fernando Gallego enumeró los tratados internacionales incorporados en la reforma constitucional de 1994 y que resaltan las responsabilidades del Estado. Se refirió a una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en la causa “Caso Penitenciarías de Mendoza” señaló que “una de las obligaciones que ineludiblemente debe asumir el Estado en su posición de garante, con el objetivo de proteger y garantizar el derecho a la vida y a la integridad personal de las personas privadas de libertad, es la de procurar a éstas las condiciones mínimas compatibles con su dignidad mientras permanecen en los centros de detención”.
El pronunciamiento de carácter internacional también recalcó que  “este deber es más evidente al tratarse de personas recluidas en un centro de detención estatal, caso en el cual el Estado es el garante de los derechos de las personas que se encuentran bajo su custodia”.
Según un informe del año pasado, la cárcel federal de Neuquén se encuentra entre las más violentas del país.