En un Estado democrático de derecho, la “inteligencia” abarca la producción y gestión del conocimiento referido a las problemáticas inscriptas en los ámbitos de la seguridad pública y la defensa nacional a los efectos de elaborar, planificar, diagramar y formular las estrategias y directivas operacionales en cada uno de estos ámbitos. La “Inteligencia criminal” comprende el conocimiento sobre las problemáticas criminales –incluyendo, delitos políticos como el terrorismo– que deberían orientar el accionar institucional del sistema de seguridad y, en particular, del sistema policial, a los efectos de su prevención y conjuración. La “Inteligencia defensiva” incluye el conocimiento de las problemáticas derivadas de los conflictos regionales o de las amenazas externas que conlleve el eventual uso del poder militar del Estado. La Inteligencia es, así, parte de las acciones de la seguridad y la defensa. O, al menos, así debería serlo.
En nuestro país, estas esferas –seguridad interior y defensa nacional– están diferenciadas normativa e institucionalmente y la producción de Inteligencia en cada una de ellas corre por cuenta de las respectivas carteras ministeriales, aunque el órgano rector en esta materia es, de acuerdo con la Ley 25.520 de Inteligencia Nacional, la Secretaría de Inteligencia, una dependencia de rango ministerial de la Presidencia de la Nación.
El más serio problema institucional es que hace mucho tiempo que la SI no cumple integralmente con las funciones asignadas legalmente. En gran medida, se ha autonomizado no solamente de la conducción política, sino también del propio sistema institucional de seguridad interior y de defensa nacional para dedicarse al espionaje y las operaciones políticas; la influencia y/o manipulación judicial; el financiamiento espurio de políticos, periodistas, empresarios, jueces, fiscales y/o legisladores; el pase de información reservada a periodistas “amigos” para que la difundan como resultados de investigaciones independientes; la conformación de emprendimientos económicos tanto “legales” como ilegales, tales como cabarets, agencias de seguridad, estudios jurídicos y/o contables, empresas de limpieza, compañías informáticas, servicios aeroportuarios, redes de comercialización de sustancias prohibidas, “cuevas” financieras y mesas de dinero, etc.; y las maniobras al servicio de organismos de Inteligencia y seguridad de otros países. Como una herencia incólume de la década menemista, la SI dirige la labor de numerosos magistrados y fiscales federales y ordinarios en todo el país: son los jueces y fiscales de la SI. Y con ellos, digitan causas judiciales, inventan acusaciones, garantizan impunidad, imputan delitos a inocentes, extorsionan. Al amparo de este contubernio, en la SI se conformaron “grupos operativos” armados encargados de llevar a cabo labores de tipo policial en el marco de investigaciones criminales solicitadas de manera irregular por los magistrados pertenecientes a su nómina o a cuenta propia, lo que dio lugar a una verdadera “policía secreta”. Asimismo, hace mucho tiempo que la SI, entre otros tantos dislates, es la sucursal criolla de la CIA y de la DEA norteamericanas. Y su condición de órgano local de la primera de esas agencias y de la Mossad israelí hizo que se convirtiera desde los noventa en el principal órgano investigativo encargado de “desviar” la pesquisa sobre las responsabilidades del atentado contra la AMIA, a los efectos de impedir el conocimiento de la “conexión local” –que conducía a ciertos grupos sirios y a sectores de la Policía Federal Argentina– y a forzar la situación para colocar como única hipótesis investigativa a la denominada “pista iraní”. El fiscal federal Alberto Nisman, quien mantenía estrechas conexiones con empresas “tercerizadas” de la CIA en la Argentina, siempre fue un mero empleado de esta trama.
Por cierto, nada de todo esto impide reconocer que, en numerosas ocasiones, la SI cumplió eficazmente con sus funciones y, mediante su accionar, se conjuraron emprendimientos criminales complejos, tal como lo pude comprobar cuando estuve al frente de la Policía de Seguridad Aeroportuaria entre 2005 y 2009.
La crisis derivada de la muerte de Nisman, luego de denunciar a la presidenta Cristina Fernández a través de un escrito en el que fabula que la mandataria ha orquestado y puesto en funcionamiento un “plan delictivo destinado a dotar de impunidad a los imputados de nacionalidad iraní”, acusados de haber perpetrado en 1994 el atentado contra la AMIA, y en el que ni un equipo de antropología forense sería capaz de encontrar delito alguno, abre la posibilidad de encarar una profunda reforma institucional del sistema federal de Inteligencia cuyos ejes deberían apuntar a conformar un sistema de Inteligencia acorde a la seguridad y la defensa democráticas:
1. El cierre de la Secretaría de Inteligencia y la creación de una nueva institucionalidad federal de Inteligencia asentada en tres instancias básicas:
a. Agencia Nacional de Inteligencia, en la esfera de la Presidencia de la Nación, encargada de la producción de análisis estratégicos en materia de seguridad, defensa, asuntos regionales e internacionales, entre otros, pero sin medios propios de obtención de información y sí con un cuerpo selecto de analistas altamente capacitados.
b. Núcleo de Inteligencia Criminal, en el ámbito del Ministerio de Seguridad, a cargo de la producción de la Inteligencia criminal estratégica y del establecimiento y supervisión de los protocolos de Inteligencia de las policías y fuerzas de seguridad federales. Las estructuras y procedimientos de Inteligencia criminal de éstas deben formar parte del sistema operacional de las mismas y la gestión de información debe ser realizada por personal policial en el marco de sus labores ordinarias, tal como hoy existe en la Policía de Seguridad Aeroportuaria, cuyo sistema de Inteligencia criminal es público (Decreto 785/08).
c. Núcleo de Inteligencia Defensiva, en la órbita del Ministerio de Defensa, a cargo de la producción de la Inteligencia defensiva y del establecimiento y supervisión de los protocolos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas. La producción de Inteligencia de éstas debe ser táctico-militar y no deberían contar con dispositivos de Inteligencia autónomos a las unidades y a las dependencias operacionales ni constituir una especialidad militar, tal como existen en la actualidad, y asegurando la prohibición de la realización de Inteligencia criminal por parte de las Fuerzas Armadas.
2. El traspaso de las facultades y de los dispositivos de interceptación de comunicaciones hoy monopolizadas por la SI a la esfera del Poder Judicial. Cuando razones urgentes y fundadas de seguridad pública o defensa nacional imponen la necesidad de hacer seguimientos específicos, estos sólo deberían hacerse en el marco de “investigaciones preliminares” permitidas y supervisadas por las autoridades judiciales competentes.
3. La conformación de un nuevo funcionariado de Inteligencia que cuente con un régimen profesional especial, una carrera profesional para el personal de Inteligencia y un nuevo sistema de selección, formación y capacitación del mismo. Ello debería conllevar un proceso de selección y re-encasillamiento del personal actualmente dependiente de la SI.
4. La creación de un Instituto Nacional de Inteligencia dedicado a la selección, formación y capacitación del personal de Inteligencia de todo el sistema federal. Este debe reemplazar a la vetusta Escuela Nacional de Inteligencia, reservorio ideológico y político del mundillo tradicional de Inteligencia en cuyo interior aún no cayó el Muro de Berlín.
5. La desarticulación de la dotación de personal civil de Inteligencia de las Fuerzas Armadas regulado mediante el Decreto 1088/03 y conformación de un sistema de Inteligencia militar estrictamente orientado a la defensa nacional y compuesto por personal militar especializado.
6. La derogación del Decreto-Ley “S” 9.021/63 que instituyó la denominada “Orgánica del Cuerpo de Informaciones de la Policía Federal Argentina” así como del Decreto “S” 2.322/67 reglamentario del primero, y con ello la desarticulación de este verdadero servicio paraestatal de informaciones e Inteligencia compuesto por “agentes secretos” en el ámbito de esta fuerza policial. También debería desactivarse la actual dotación de personal civil “operativo” de Inteligencia existente en las restantes fuerzas de seguridad.
7. La creación de comisiones legislativas especializadas en Inteligencia –una en cada Cámara– abocadas a la regulación y fiscalización de las actividades de Inteligencia, con amplias facultades de conocimiento y control de las estrategias y acciones generales de Inteligencia así como la aprobación de las partidas generales de fondos reservados, superando la quietud e inoperancia de la actual Comisión Bicameral creada mediante la Ley 25.520, cuyas funciones de supervisión son meramente formales.
Este conjunto de cambios requiere de una nueva legislación de Inteligencia que regule las bases conceptuales, jurídicas, orgánica y funcionales del sistema federal de Inteligencia de acuerdo con los parámetros mencionados. Ello amerita que sea convocada una comisión de reconocidos expertos en materia de Inteligencia, seguridad pública y defensa nacional encargada de la elaboración, diseño y formulación del nuevo sistema institucional de Inteligencia. Es nuestro gobierno, con su historia de transformaciones y avances profundos en pos de garantizar los derechos humanos, el único capaz de iniciar el cambio que resulta imperioso encarar en esta materia.
Las estructuras de Inteligencia actualmente vigentes son verdaderos enclaves autoritarios tallados durante épocas dictatoriales. La desarticulación de este “criptoestado” inserto en el sistema democrático debe partir de la apropiación política de la gestión de los asuntos de la Inteligencia, descartando de antemano la tentación de privilegiar a algún grupo de Inteligencia “propio” –civil y/o militar– en detrimento de otro, a riesgo de quedar nuevamente esclavizados en una guerra de patotas siniestras cuyos intereses nunca coinciden con la democracia.
* Diputado provincial de Nuevo Encuentro.
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-264721-2015-01-25.html