Pese a que en noviembre pasado la Justicia ya había advertido a la Policía de Río Segundo y Pilar, sus efectivos reincidieron en groseros errores de procedimientos al aplicar el controvertido Código de Faltas.
Así surge de una reciente resolución de la jueza de Control, Juventud y Adolescencia, y Faltas de Río Segundo, María de los Angeles Palacio de Arato, quien accedió al pedido de de hábeas corpus preventivo de un joven de 22 años (ver fallo en PDF).
La magistrada ordenó «al personal policial que cese todo el hostigamiento y/o persecución llevado a cabo en su contra mal utilizando el Código de Faltas».
La jueza se quejó que sus planteos de noviembre pasado, cuando pidió a los policías que respeten las garantías constitucionales de un albañil adicto que era perseguido y arrestado en numerosas ocasiones, no hayan tenido cabida (Jueza pide a comisario que respete la Constitución).
Según Palacio, «lamentablemente el personal policial hizo caso omiso a las grave llamada de atención de este Tribunal (…) en la que se hizo hincapié en el mal uso del Código de faltas y su exceso, con la grave afectación a la libertad de las personas».
Otra vez la misma historia. El caso actual lo sufre Luis Emiliano Rodríguez, de 22 años, quien entre el 25 de enero pasado y el 26 de febrero fue detenido al menos tres veces sólo en Río Segundo. Pero también fue detenido en Pilar, aunque no hay constancia en el fallo porque la Policía no envió a tiempo la documentación.
«Se deben puntualizar -dice la jueza en una resolución con fecha 1º de marzo- las numerosas irregularidades cometidas por los titulares de las comisarias de Pilar y Río Segundo y/o sus dependientes».
Según la jueza, «no hay testigos presenciales que estuvieran en el lugar de los hechos a pesar de que muchos de ellos lo han sido a durante las horas de la mañana, todos en lugares públicos (incluso en cercanías de una entidad bancaria en el horario de su apertura) y –en ocasiones- a escasos metros de su domicilio, no consta quienes fueron las personas que denunciaron a Rodríguez».
También consigna que «las actas están incompletas en sus partes esenciales, no se encuentran glosadas las sentencias contravencionales a pesar de que se le aplicara la sanción lo cual conculca la garantía constitucional de ‘debido proceso legal’ y ‘defensa en juicio'».
fuente http://www.lavoz.com.ar/noticias/sucesos/otro-fallo-cuestiona-policia-aplicacion-codigo-faltas