A la falta de una política integral y proyectada, tendiente a resolver una conflictividad social compleja a partir de la gestión democrática de Seguridad, se le puede llamar improvisación o bien emergencia. En nombre de este segundo eufemismo, el Gobierno de la provincia de Buenos Aires despacha desde hace un mes y medio decretos y resoluciones para reforzar su cruzada cuasi bélica “contra la delincuencia” común. Algunos funcionarios municipales, como mostró 0223, incurrieron en esta lógica y avalaron, aunque luego se desdijeron, medidas de prevención que vulneraron derechos fundamentales. Pero esa es otra historia.
En este marco, en las últimas horas, el ministro Alejandro Granados anunció la reapertura de 200 calabozos clausurados en 2011, cuando Ricardo Casal, ahora titular de Justicia, ordenó el cierre al reconocer las condiciones “inhumanas” en las que alojaban detenidos en las comisarías bonaerenses.
Sin brindar detalles sobre las mejoras que deberían haberse ejecutado en esos calabozos en estos últimos tres años, Granados explicó que la decisión se adoptó por “cuestiones de celeridad”, por necesidad de “más espacio” para aprehendidos y por el “empeoramiento de las condiciones de detención en alcaidías”.
Sin embargo, la medida provincial no podrá aplicarse en Mar del Plata. La resolución será de efectivo cumplimiento sólo en las localidades donde no haya una disposición judicial que ordene exactamente lo contrario: es decir, la prohibición para alojar personas en los calabozos de las comisarías bonaerenses.
Y en el Partido de General Pueyrredon desde 2009 rige un fallo de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal que suspende, justamente, esa posibilidad.
En Mar del Plata, salvo en determinadas y específicas seccionales, no puede haber detenidos en comisarías. Todos deben ser trasladados a la Alcaidía de Batán. Ese fue el saldo del hábeas corpus correctivo presentado hace cinco años por la Defensoría General. Los jueces dispusieron, incluso en sucesivos fallos sobre el mismo tema, la clausura definitiva de los calabozos de las comisarías 1°, 2°, 3°, 4º, 5° ,6°, 7° y 9°. Las seccionales exentas de esta medida lo están porque sirven para alojar a detenidos con acceso restringido al Servicio Penitenciario.
En diálogo con este medio, Marcelo Madina, uno de los jueces que integra la Sala II de la Cámara, analizó la resolución del Ejecutivo. Aseguró que ésta y otras decisiones adoptadas en nombre de la Emergencia en Seguridad son “regresivas en materia de derechos”.
“Las comisarías alcanzadas por disposiciones judiciales, como en el caso de Mar del Plata, quedan exentas de esta medida. Acá se ha ordenado la clausura definitiva de los calabozos. Y así seguirá siendo. Esa función la cumple la Alcaidía”, explicó Madina, que junto a sus colegas también prohibió en 2012 el alojamiento de personas en la Comisaría 4ta.
“Pero más allá del caso local, desde todo punto de vista, ésta es una política regresiva en materia de derechos. Y esta disposición, en lo particular, lo es no sólo por las condiciones en las que permanecen detenidas las personas, sino también que ni la Policía ni las comisarías están preparadas para la custodia prolongada de detenidos. Para eso existe el Servicio Penitenciario, para eso se forman y tienen potestades y obligaciones distintas. El problema en todo caso es que se naturalizó una práctica equívoca”, deslizó el magistrado.
“Además, si uno se remite a las argumentaciones que se usaron en 2011 para explicar por qué se clausuraban los 200 calabozos, esta medida es contradictoria a la idea de prevención. Habrá efectivos que no podrán estar haciendo esa tarea porque tendrán que estar cumpliendo con labores administrativos o de custodia, traslado y cuidados de detenidos”, razonó Madina.
http://0223.com.ar/nota/2014-5-27-pese-a-la-intencion-de-granados-en-mar-del-plata-no-se-reabre-ningun-calabozo