Por Martín Soler
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Un fiscal platense pidió la detención del director de la Unidad penal N° 45 de Melchor Romero, en el marco de la investigación por el feroz ataque que sufrió un interno, quien murió producto de las heridas padecidas con armas tumberas. El funcionario interpuso un recurso legal y ahora debe decidir el juez de Garantías.
Mario Alberto Vargas está acusado de “abandono de persona seguido de muerte”, por el crimen de un interno ocurrido el 31 de marzo pasado. Ese día “alrededor de las 16 horas, el Jefe de la Unidad 45 de Melchor Romero” autorizó el ingreso de un detenido que venía en traslado desde la “Unidad 48 de San Martín por estar involucrado en la muerte de otro interno”, detallaron fuentes judiciales aDiagonales.com.
Pese a “no contar con una parte de su legajo y sin realizar un estudio de admisibilidad del detenido” fui ingresado “en una celda cerrada del pabellón n° 5, muñido de un arma blanca, con internos de alta peligrosidad, quienes también se encontraban armados, y uno de ellos con problemas previos con él”, ampliaron los voceros consultados. La consecuencia de esa decisión fue mortal. El interno trasladado fue ultimado a puñaladas por los detenidos del lugar. Además del funcionario, los internos Brian Carlucci Bravo, Ramón Torres Pedroso y Leonardo Caroni Piedrabuena fueron imputados por el homicidio.
Las pruebas. El fiscal concluyó que “el Director de la Unidad ordenó la recepción del interno sabiendo que no contaba con un tomo del legajo, situación esta no permitida por reglamentación y que impediría una correcta evaluación de su admisibilidad”.
Para los investigadores, el funcionario sabía con antelación el traslado de internos con antecedentes “conflictivos” por “estar involucrados en la muerte de otro interno… las propias reglas de su profesión indicaban que la única manera de evitar los riesgos que ello generaba para la integridad física del interno era preservarlo de la población conflictiva”.
El fiscal Garganta sostiene que el funcionario debió haber tomado los recaudos en las revisiones de ingreso para evitar que los internos tengan en su poder armas de puño de fabricación casera (“facas”), como las que se utilizaron en este caso y fueron secuestradas por los investigadores.
Otro prueba que valoró el fiscal fue la adulteración de documentación oficial. “De la adulteración del Libro de de Control de Vigilancia y Tratamiento de la Unidad 45 (…), adelantando la hora de ingreso del interno Burela Sombra (la víctima) a los pabellones, para atribuir la muerte a una circunstancia sobreviniente, y no a la situación en la que se lo colocó, infiero su responsabilidad en los hechos”, disparó Garganta.
Además el área de Sanidad del complejo, ese día particular no contaba con personal médico propio. “Dicha circunstancia conocida por el Director de la Unidad conlleva a agravar la situación de peligro inicial ya expuesta, en tanto de ocurrir algún daño en la salud del interno, no habría personal idóneo capaz de afrontar dicha circunstancia, y así disminuir el riesgo a su salud”.
Sobre el final del requerimiento Garganta reflexionó que “la cotidianeidad en las Unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense representan más allá de lo deseado y de lo posible una tensión permanente de códigos de convivencia. Silencios, omisiones, tácitos e implícitos de internos y oficiales, que el imputado no puede desconocer, como no lo hace ninguna autoridad judicial, por lo qué debió al menos representarse las consecuencias del obrar descripto, en el marco de las circunstancias apuntadas, y asintió con indiferencia el resultado”.
Ante este panorama el fiscal Álvaro Garganta pidió la detención del funcionario penitenciario, pero su defensa interpuso un pedido de exención de prisión. Los planteos de las partes son analizados por el juez de Garantías, Juan Pablo Masi.