La jueza Ana María Figueroa, especialista en derecho constitucional, explicó esta mañana su parecer acerca de un artículo del Código Penal que indica que no debe concederse la libertad condicional a los procesados reincidentes y fue declarado inconstitucional por el tribunal que juzgó el caso de Pablo Argañaraz y le facilitó la libertad.
“Es un planteo que están haciendo defensores y algún fiscal también, otros no, en el sentido de que está muy dividida la opinión acerca de si la reincidencia es inconstitucional o no”, dijo en diálogo con “La que se viene” deLa Ocho.
Figueroa anticipó que estas definiciones debe determinarla el Poder Legislativo. “Entiendo que es una política criminal del Estado y que estas decisiones las debe adoptar el poder Legislativo, es decir que si el Congreso de la Nacion entiende que la reincidencia tiene que tener otro obstáculo para la persona, no lo puedo decidir yo como juez parte del poder judicial, lo que digo es que tiene que estar legislado previamente”, señaló.
La jueza enmarca esta opinión en el caso de Pablo Argañaraz, un recluso que se fugó de un penal, privó de la libertad a un guardia y cuando se determinó el fallo, le unificaron la sentencia con la condena previa. Esto sucedió porque los jueces entendieron que es inconstitucional el artículo vinculado con la libertad y la reincidencia.
“Es inconstitucional la reincidencia tal cual está establecido en el Código Penal esa es la opinión de la mayoría, y que en consecuencia esta disposición del Código Penal de que la libertad condicional no se le concederá a los reincidentes, ellos entienden que esa parte es inconstitucional y por eso le otorgan la libertad”, siguió.
Y dejó en claro su punto de vista: “Si la política del Estado entiende que no se debe otorgar libertad a los reincidentes, que lo digan”.