Publicado por CIPCE
Como ya venimos sosteniendo desde la creación de este blog y a  lo largo del trabajo llevado adelante por CIPCE, la criminalidad económica obedece a muchas causas. Entre ella, las cualidades del victimario por su posición de poder, la complejidad que presentan este tipo de investigaciones, la impunidad que garantiza la justicia al momento de reprimir estos delitos y la ausencia del Ministerio Público en la persecución de los mismos.
En este momento, nos toca decidir sobre la idoneidad de la candidata propuesta por el Poder Ejecutivo, para ocupar el flamante cargo de Procuradora General de la Nación.
El artículo 120 de la Constitución Nacional prevé como función propia del Ministerio público fiscal, la de “promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad”. Es entonces la obligación del cargo -según lo establece la Constitución- defender los intereses de la sociedad en la esfera judicial. Podemos decir que esa protección de la legalidad de los intereses de la sociedad se traduce en la política criminal, la cual va a definir como será la estrategia de trabajo del Ministerio Público.
La elección de una política criminal determinada responde a que tipo de bienes jurídicos afectados el Estado tiene un mayor interés en proteger. Desde el CIPCE venimos sosteniendo que para darle batalla a la corrupción y a la delincuencia económica es necesaria una voluntad desde los distintos poderes del Estado. La propuesta de Alejandra Gils Carbó, marca un claro rumbo hacia el diseño de una política criminal orientada a perseguir la criminalidad económica. La elección de una candidata como Gils Carbo, nos muestra claramente que hay una voluntad política en la protección de intereses supraindividuales y largamente postergados tanto por nuestro sistema judicial como por el encargado de ejercer la acción pública.
La cualidad de independencia política y económica que demostró la fiscal, de la cual informamos envarias oportunidades en este blog, como cuando intervino en el concurso preventivo de Sociedad Comercial del Plata, o cuando la Cámara Comercial mediante una acordada inventó un artilugio legal para evitar que Gils Carbó dictamine en “causas sensibles”, va en el mismo rumbo que la manda constitucional de proteger los intereses de la sociedad.

fuente: http://acij.org.ar/sincorrupcion/2012/06/15/que-esperamos-de-un-procurador/?utm_source=feedburner&utm_medium=email&utm_campaign=Feed%3A+sincorrupcion+%28Suscripci%C3%B3n+Sin+Corrupci%C3%B3n%29&utm_content=Yahoo%21+Mail