ROCA.- Por la «trascendencia institucional» del tema, el juez Juan Pablo Chirinos admitió las apelaciones de los funcionarios sancionados con multas por las demoras en las obras del Penal 2 de Roca. Ahora el Superior Tribunal de Justicia podrá «reexaminar las actuaciones y en su caso adecuar las medidas aquí dispuestas», dice la resolución.
El juez de Ejecución también aceptó suspender provisoriamente la aplicación de astreintes al gobernador Alberto Weretilneck y a otros funcionarios del área de Seguridad porque se verificó un principio de cumplimiento del fallo que había dictado a fines de agosto. Sin embargo advirtió que hará inspecciones quincenales para verificar que las obras avancen de acuerdo con lo comprometido. De lo contrario, podría volver a aplicarles descuentos en sus salarios.
A raíz de otro recurso interpuesto por el director del Penal roquense, Emilio Martínez, Chirinos emitió una «aclaración» sobre cómo deben formalizarse los ingresos de nuevos detenidos a la unidad. En su fallo del 23 de agosto impuso como tope máximo de alojamiento el número de 250 internos en el Penal 2, basándose en la capacidad de la unidad reflejada en informes del gobierno. Pero Martínez se encontró entonces en una disyuntiva: si cumplía el fallo y rechazaba a los nuevos detenidos enviados por otros jueces, cometía el delito de «desobediencia judicial». Pero si los aceptaba, caía también en violación a una orden judicial. La aclaración puso entonces en aprietos a los demás jueces y estableció que ahora «si un juez ordena el alojamiento de un interno en el Penal 2, el personal del penal deberá informar al magistrado que este tribunal estableció que dicho alojamiento importa un agravamiento de las condiciones de detención del detenido ingresante. Si el magistrado, aún notificado de lo anterior, insiste en su orden de internación, deberán alojarlo, notificando a este tribunal de tal ingreso y a la defensa del interno de la notificación previa sobre la violación de las garantías constitucionales del ingresante».
El fallo de Chirinos no sólo aplicó astreintes a altos mandos del Gobierno; también prohibió que se superen los 250 internos, mandó a reparar el ala norte y el sector sur, ordenó habilitar espacios aptos para la detención de mujeres con hijos pequeños y para detenidos que pertenezcan a fuerzas de seguridad. Además, el fallo advirtió que si las obras presupuestadas, licitadas y contratadas seguían demorándose, establecería una «intervención judicial» en el Servicio Penitenciario hasta lograr la ejecución de las mejoras. Contra varios de esos puntos formuló una casación de la Fiscalía de Estado. También apelaron personalmente, a través del abogado Dino Maugeri, los afectados por las multas: Weretilneck, Luis Di Giacomo, Martha Arriola y Gustavo Ferraiuolo.
Tras aclarar que, según la Constitución de Río Negro y la jurisprudencia del Superior Tribunal los fallos dictados en una acción de hábeas corpus son inapelables cuando se dictan a favor del afectado (en este caso los detenidos), y enumerar una larga serie de deficiencias argumentativas y procedimentales que detectó en los escritos de los apelantes, el juez Chirinos decidió igualmente conceder la casación para que el STJ tenga la posibilidad de intervenir en un tema de «trascendencia institucional que afecta a todo el sistema penitenciario» rionegrino. (Redacción central)