Cipolletti (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti que absolvió a un hombre del delito de coacción contra otra persona, por una supuesta deuda por 60.000 dólares, por lo cual estaba procesado.
El Tribunal cipoleño había dispuesto la absolución a través de un sentencia emitida el 23 de marzo pasado.
Al recurrir esa medida, un funcionario judicial señaló que “la estructura fundante del fallo se reduce a descalificar a los testigos y a una determinada solución fáctico jurídica -mero relato de dos testigos que no alcanza para tener por acreditada la coacción tendiente a lograr en forma ilegítima el pago de una supuesta deuda- y no otra posibilidad de comisión delictiva”.
Se le atribuyó al acusado P. que el 18 de enero de 2010, siendo aproximadamente las 20, habría amenazado a Roberto M. llamándolo “estafador, a esta gente hay que exterminarla de esta manera” y diciéndole además que iba a mandar a dos personas para cobrarle, que lo iban a agarrar y matar; todo ello en un intento de lograr que la víctima abonara una supuesta deuda de 60 mil dólares.
Según la acusación judicial, eso habría causado en M. temor por su persona, como así también por su familia y sus bienes.
“En este tipo de hechos cobra relevancia la prueba testimonial. De tal modo, verificada la declaración de la víctima, corresponderá luego de analizar sus dichos y confrontarlos con la versión del prevenido y del resto de los testigos del evento”, puntualizó el juez Enrique Mansilla.
En relación con el hecho, Roberto M. dio cuenta de una conflictiva relación con P., a quien conocía desde hacía 20 años y señaló que el día del hecho se presentó el imputado en su casa, insultándolo y diciéndole que lo iba a matar por una deuda, que se iba a apersonar con carteles, con carpas, que se iba a encadenar, que tenía amigos en Buenos Aires que iba a traer para que lo mataran si él no le pagaba la deuda.
En el correspondiente debate judicial prestó declaración testimonial Mario Ernesto C., quien refirió que en una oportunidad se encontraba fuera de su heladería y P. (el acusado) se presentó diciendo que iba a estar en ese lugar por un tiempo porque Cacho le debía plata. Luego narró que días después volvió con un cartel amarillo, que colgó, y que vio a P. (acusado) hablando con M. (supuesta víctima).
Agregó que mientras estaba yendo al almacén; dijo que no escuchó lo que decían ni recuerda si estaban a los gritos, pero sí que hablaban los dos.
Según surge del acta de debate, también prestó declaración testimonial Adolfo B., quien dijo tener un lavadero frente a la casa de Cacho y que había visto dos o tres veces al imputado cerca del lavadero; relató que la primera vez vio que había colocado un letrero que decía algo de la víctima y que la segunda vez que lo vio estaba en la puerta de la casa de Cacho y escuchó que decía “sinvergüenza, da la cara, salí para afuera, dame lo que me debés”. Agregó que en otra oportunidad escuchó a P. (acusado) decirle al denunciante “si no me pagás, me voy a traer unas carpas y me voy a quedar a vivir”.
De esta manera, el juez Mansilla corroboró la conclusión a la que arribó el Tribunal cipoleño, haciendo notar que la versión dada por Roberto M. (presunta víctima) no ha podido ser confirmada por elementos probatorios independientes, ni aun indiciarios.
El juez Mansilla si bien dijo que se acreditó la presencia de P. en el lugar de los hechos (reconocida por él mismo en su indagatoria) reclamando el pago de una deuda, no sucedió lo mismo con el contenido de la charla mantenida entre denunciante y denunciado. Uno de los testigos no refirió términos amenazantes por parte del imputado. (ADN)