NEUQUÉN (AN).- A poco más de un año de su puesta en marcha y a un día de que desde el Tribunal de Impugnación se dispusiera la libertad de tres personas declaradas culpables de homicidio hasta que sus condenas queden firmes, el fiscal general José Gerez anunció ayer que el martes presentará en la Legislatura su propio proyecto para modificar el código para «garantizar la paz social».

Gerez detalló que «ya lo habíamos anticipado y más allá de ser un código joven es tiempo suficiente para ver que hay cuatro detalles inobjetables, porque no se pretende una reforma integral, sino de estos cuatro puntos que harán que la justicia de una respuesta más concreta a la sociedad».

Precisamente uno de los artículos a reformar es el 119 que regula el plazo máximo en el que una persona puede ser detenida cautelarmente, es decir, en prisión preventiva, el artículo por el que el martes fueron liberado las tres personas que habían sido encontradas culpables de homicidio por dos jurados populares.

La reforma planteada busca ampliar un año más el plazo máximo de detención, es decir llevarlo a dos años, para quienes habiendo sido condenados o declarados culpables tengan recursos de impugnación pendientes.

Para quienes sólo fueron declarados culpables pero no tienen una condena, como son los dos casos analizados el martes, Gerez propuso que «debe permitirse una nueva prisión preventiva si la persona liberada incumple con las condiciones que se impusieron para ello durante un plazo de seis meses».

«Hoy no podemos hacer nada si una persona liberada no cumple con la presentación semanal o no va al resto del juicio. Estamos ante un vacío legal», remarcó Gerez.

En segundo artículo a reformar hace precisamente a las causales por las cuales se pueden fundamentar un pedido de prisión preventiva, reimpulsando en este caso la propuesta elaborada por el gobernador Jorge Sapag en torno a casos de conmoción social.

Las otras dos propuestas que se presentarán a los diputados buscan «descomprimir» el sistema penal y son, según Gerez, los motivos del «cuello de botella que no es cierto que sea por la falta de jueces». Se trata de la reforma de los artículos 107 y 222 del Código Procesal Penal.

En el primer caso, Gerez propone que en los procedimientos de desestimación de la acción penal se suprima la necesidad de que sea un juez quien lo dictamine, dejando esa potestad en manos de los fiscales que decidirán si archivan o no una causa, sin la necesidad de realizar una audiencia.

El artículo 222 regula el procedimiento de Juicios Directos, un sistema previsto para casos de flagrancia, en los que el imputado es encontrado in fraganti. «A un año y dos meses de la puesta en marcha no hemos hecho ningún juicio directo porque el código pide la conformidad del defensor y en ningún caso la dieron», indicó Gerez.

Y agregó que «por eso propongo que se elimine esa exigencia de conformidad que no afecta ninguna garantía constitucional porque no implica la aceptación de la responsabilidad penal».

En este sentido remarcó que «este cambio ataca al delincuente que repite esta forma de delinquir porque ya encontró la veta del sistema, porque con juicios directos, la segunda condena implicará que deberá ser de cumplimiento efectivo».

 

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