La Cámara del Crimen de Viedma acaba de revocar todos los actos procesales realizados por fiscales y jueces de Instrucción en tres causas que investigan presuntas defraudaciones al Estado por parte de exfuncionarios de la gestión de Miguel Saiz.

Uno de los fallos revocó los procesamientos al exministro Diego Larreguy, dictados a raíz de la contratación de una campaña publicitaria del gobierno provincial con una productora de Roca por unos $ 420.000. Allí se le imputaba haber pactado en forma directa, sin licitación, con personas a las que conocía y que el objeto de esa campaña no habría llegado al Estado.

Otra de las causas demolidas por la Cámara investiga presuntos sobreprecios y defectos en la contratación, por parte de Ipross, de materiales e insumos, en el marco de la urgencia determinada por un amparo judicial. Y la tercera, irregularidades que se habrían producido en la Dirección de Deportes incluyendo la administración infiel de casi un millón de pesos.

Las resoluciones virtualmente disuelven los expedientes hasta la carátula, ya que incluso el requerimiento de acción penal fue en algún caso barrido por el ojo y la pluma de los camaristas, varios de ellos subrogantes.

La inquietud por el contenido jurídico y político de estos fallos creció en la semana que pasó, y que tuvo varios actos y ocasiones vinculados con la compleja problemática de la seguridad, la responsabilidad en la función pública y la justicia:

• Apenas horas antes de que llegara a Viedma la ministra de Seguridad de la Nación, Nilda Garré, policías de Sierra Grande maltrataron –al parecer innecesariamente– a un hombre exaltado tras un accidente y éste terminó muerto en la calle.

• Se cumplieron dos años de los asesinatos con balas policiales de los jóvenes Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco, en Bariloche, sin que la Policía ni la Justicia hayan avanzado en identificar y llevar a juicio a los autores de los disparos.

• En Valle Medio, hace siete meses que el trabajador rural salteño Daniel Solano fue sacado por guardias de seguridad de un boliche de Choele Choel y nada más se supo de él.

Puede que el recambio del secretario de Seguridad y del jefe de Policía de la provincia haya tenido más que ver con definiciones políticas que con un reproche concreto por la falta de resultados en éstos y otros hechos que han contribuido a deteriorar gravemente la imagen de la Policía de Río Negro.

Refleja, sin duda, que el gobernador Alberto Weretilneck ha profundizado la relación directa con el gobierno nacional y que recibe, por ello, deferencias concretas del gabinete.

Además, es probable que Miguel Bermejo sea hoy quien más conozca en Río Negro acerca de políticas de seguridad, más allá del condimento por su origen justicialista, su condición de exfuncionario del radical Saiz y su posterior paso por un cargo político-técnico en el gobierno nacional.

Cierto es que su designación en Río Negro no mereció más objeciones que unas pocas pronunciadas a media voz. Incluso quienes lo responsabilizaron de haber traído a la provincia a un sospechoso de haber actuado en la represión ilegal le concedieron la ventaja de actuar «en otro contexto».

Es de esperar que su arribo y la designación de un civil como jefe tengan efectos positivos en cuanto a la capacitación, el ordenamiento y a encaminar a la Policía hacia una actitud proactiva, eficiente y respetuosa de los derechos humanos.

Pero poco se habrá hecho en favor de una verdadera seguridad y justicia si, por otra parte, surgen evidencias de que quienes deben evaluar la conducta de los funcionarios públicos apelan a procedimientos que, de manera al parecer injustificada, dilatan los tiempos y ponen los expedientes al borde de la prescripción y a las puertas de la impunidad.

Cuesta suponer que fiscales y jueces que desde hace años se dedican en forma especial a tramitar causas de corrupción ignoren en forma tan absoluta el derecho procesal y los derechos de los imputados que sean incapaces de escribir en forma correcta siquiera el acto primero y más sencillo de aquellos fijados en el rito, como es el requerimiento de instrucción.

Además, la nulidad de ese paso de la causa no está prevista en el Código Procesal.

En numerosos precedentes, se han resuelto planteos de la defensa declarando la nulidad de la indagatoria o del procesamiento pero dejando a salvo el requerimiento. Así lo hizo la Cámara del Crimen de Viedma, por ejemplo, en la megacausa que investigó el vaciamiento del Banco de la Provincia de Río Negro, por entender que el objeto procesal se va delimitando con la investigación y que sería absurdo pretender una relación total y completa de los hechos en una etapa preliminar.

Esa jurisprudencia se ve revertida ahora, precisamente en otra causa que involucra al poder político.

Incluso jueces que ahora votaron por anular actos judiciales han opinado lo contrario en fallos anteriores.

No faltó quien señalara que el cambio de criterio se produce poco después de que dejaran de integrar la Cámara las juezas Susana Milicich de Videla y María del Carmen Vivas de Vázquez, quienes durante décadas tuvieron una destacada y valiente actuación frente a todo tipo de presiones.

Dos temas concentran ahora las miradas:

• ¿Seguirán la misma (mala) suerte los procesamientos de exfuncionarios en las causas que investigan la compra irregular de comida a Flavors y los presuntos sobresueldos en la gestión Saiz, por citar sólo las más resonantes?

• Conocido el nuevo criterio de la Cámara falta saber si el Superior Tribunal de Justicia –con su nueva integración– acompañará el viraje o mantendrá la consideración especial que la Convención Interamericana contra la Corrupción plantea en los casos en que los sospechados han tenido el poder para manejar a su gusto las resoluciones administrativas que luego son evidencias.

No hay seguridad ni paz social sin justicia.

 

fuente: http://www.rionegro.com.ar/diario/las-caras-de-la-seguridad-904007-9539-domingo.aspx