El juicio abreviado es un procedimiento previsto por la ley procesal, es
legal y válido para dictar una sentencia, sea de condena o no. Consiste en
un acuerdo entre: un representante del Ministerio Público fiscal, el
imputado y su defensor (público o privado).
El fiscal acusa por un hecho, luego lo califica (afirma que tipo delito es) y ofrece una pena. Por su parte el imputado reconoce su participación, asume su culpabilidad y acepta o negocia la pena. Debe concluir con un acuerdo que llegue en una audiencia con el juez o tribunal de la causa que se notifica y que debe dictar una sentencia homologada en tres días.

Sepuede hacer un juicio abreviado con acuerdo, fijando la pena en 10 años
como máximo. Si el fiscal quisiera pedir una pena mayor, se debe realizar
debate. Y si el tribunal quiere imponer una pena mayor debe decirlo, no
homologar el acuerdo, y apartarse de la causa dejando a otro tribunal
hacer el juicio. El juzgado puede imponer una pena menor a la acordada,
pero nunca menos a la prevista en el código, salvo que cambie la  calificación que entiendo que es otro el delito.

Nunca se puede pedir una pena menor que lo establecido por el Código, con
excepción al juicio seguido a quien, en el momento del hecho era menor. En
este caso la ley 22278 (Ley Penal de Menores) dice que se podrá disminuir
como lo tentativo, la mitad del mínimo y un tercio del máximo, es decir,
si la pena es de 3 a 12 años quedará de 1 ½ a 8 años.

Una de las ventajas del juicio abreviado es el tiempo de resolución, ya
que se evitan los juicios largos y se agilizan los procesos  de las
causas. Y una de sus desventajas se relaciona con que la confesión del
imputado es obtenida como objetivo para alcanzar una mejor situación
procesal y no producto de una libre elección.

 

 

fuente: http://adnrionegro.com.ar/2012/06/que-es-el-juicio-abreviado-%E2%97%8F-magistrados-primera-circunscripcion/