Poseer un teléfono celular denunciado como robado sin saber su origen irregular no necesariamente implica la comisión de un delito, según la Justicia.
Así lo determinó la Cámara Federal al desprocesar a una mujer que fue sorprendida con un teléfono que había sido denunciado como robado, pero ella adujo desconocer tal situación.
La Sala Primera de la Cámara Federal, con las firmas de los jueces Eduardo Farah y Jorge Ballestero, revocó el procesamiento de Estefanía Natalí Barreto, detenida con el aparato presuntamente robado en enero de 2010.
La posesión de un celular de origen irregular constituye una variante específica de la figura del encubrimiento, que establece penas de entre seis meses y tres años de cárcel.
Pero esa figura penaliza a quien «a sabiendas de su procedencia ilegítima, adquiriere por cualquier medio o utilizare terminales celulares, Módulo de Identificación Removible del usuario (tarjetas de telefonía) o la tecnología que en el futuro la reemplace».
«El hecho de que una persona posea un teléfono celular bajo condiciones irregulares (ya sea con denuncia de robo o hurto, extravío o que originariamente haya sido obtenido mediante fraude) no configura per se el tipo penal en cuestión», dijeron los camaristas.
«La posesión y utilización del aparato atribuidas a Barreto nada dicen acerca de su procedencia ni del conocimiento por parte de la imputada de que aquélla fuese ilegítima», subraya el fallo.