No tengo esperanza de que, desde el sistema judicial, se mejore la situación de las cárceles”, lanzó Iñaki Ribera Beiras en el lobby de un hotel céntrico, recién llegado de España. Abogado, docente de la Universidad de Barcelona, director del “Observatori de Sistema Penal i les drets humans”, director del Máster Internacional Criminología y Sociología Jurídico-Penal, dictado en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata, el jurista participó el fin de semana pasado del “VII Encuentro Nacional de Jueces de Ejecución Penal”, realizado en Córdoba.

Con un perfil descontracturado, aunque de pulcro vestir, el especialista recuerda cuando venía de chico a Villa Rivera Indarte de vacaciones, a escasos 10 kilómetros del centro de la ciudad, allá hace tiempo, cuando el campo no era aún un barrio residencial. “Tengo que volver”, señala mientras la fotógrafa gatilla su cámara en esa plaza colonial que es antesala de la escuela de monjas Inmaculada.

Su trabajo sobre el sistema carcelario tiene gran reconocimiento internacional, sosteniendo el garantismo a rajatabla, aun cuando las modas penales hacen del encierro el método por excelencia de aplicación. “Tener un derecho es tener una necesidad básica o fundamental, algo que a los juristas les cuesta contestar”, señala, casi acercándose al paradigma que levantara Evita durante el primer peronismo, hoy que en España la sola emisión del movimiento iniciado por Perón levanta sarpullidos, tras el anuncio de la recuperación del paquete accionario mayoritario de YPF.

Durante tres días, jueces de ejecución penal de todo el país debatieron el cambio de concepción, y su aplicación práctica, en relación al respeto de los derechos de las personas condenadas a cumplimiento efectivo en cárceles, a partir de la aplicación de la ley 24.660, aprobada en 1996, y aun en proceso de adaptación, que introdujo criterios garantistas fuertemente resistidos desde los servicios penitenciarios.

“La privación de la libertad –explica– encierra la privación de multitud de otras necesidades convertidas en derecho. Juntarse con la familia, ir a estudiar a una universidad, son todas manifestaciones de la libertad que sólo entiende que ha estado preso. Son multitud de facetas de la vida que se suspenden que van más allá de un concepto de un concepto restringido a la libertad ambulatoria”, asegura.

–¿Cómo asume el sistema penal este criterio?

–Los juristas, en este como en otros temas, tienen una visión estrecha, limitadísima, de este problema. Además, jueces, fiscales y abogados, los grandes operadores del derecho penal, creen que estamos hablando de problemas técnicos o procesales, que hay que fortalecer a la parte procesal, una mejor eficacia en la notificación de las resoluciones. No niego que habrá que tenerlo, pero la peor pedagogía es convertirlo en algo técnico o jurídico procesal, porque esto tiene una dimensión estrictamente política, que va más allá de “lo político”. Está relacionado con un modelo de organización social, de planificación económica, y al final esto traduce una serie de opciones de carácter político, donde lo jurídico asume un papel instrumental al servicio de otro tipo de proyecto.

–¿Cuáles son los caminos a recorrer para desandar la falta de respeto a los derechos de los presos?

–En este sentido, lo digo con cariño, no tengo ninguna confianza en que desde el derecho se pueda contribuir a una mejora sustancial de la cuestión carcelaria. Evidentemente, en todas las profesiones la legitimación sólo se encuentra en el ejercicio comprometido. Lamentablemente, por lo que he conocido, los juristas no son precisamente representativos de un ejercicio comprometido en esto. Las malas conciencias de los juristas, y sobre todo de los jueces, se lavan en el mundo del sistema penal con multitud de argumentaciones. Lo que mal llamamos sistema penal no es más que una serie de subsistemas donde nadie es responsable por el todo: la policía detiene al individuo y lo entrega a los jueces; los magistrados lo procesan, lo condenan y lo mandan a la cárcel, pero no son responsables de lo que pasa en los centros carcelarios; el sistema penitenciario dice que no es responsable de recibir a los presos y ninguno de estos tres actores tiene responsabilidad por el resultado final, por el todo. Por eso digo que no puede llamarse sistema penal. El único que pasa por todo el proceso es el propio preso, y nadie se acuerda de la víctima del delito, que es un convidado de piedra en todo este proceso, y no obtiene ningún tipo de resarcimiento o compensación por el daño que el delito le ha causado.

–¿Cuáles son las reacciones ante esta situación?

–¿Los jueces saben realmente lo que están haciendo cuando condenan a la gente? Todo el mundo se llena la boca hablando de derechos humanos, y la Argentina es paradigmática en esto, firmando tratados internacionales de prohibición de torturas, malos tratos, penas crueles, inhumanas y degradantes. Creo positivamente que se tienen unas cárceles ilegales, al margen de la legalidad. Si de verdad queremos llevar adelante el precepto contra las penas inhumanas y degradantes, la situación de las cárceles no se sostiene. Por lo tanto los jueces no podrían ordenar condenas, porque ordenan lo que resulta en penas crueles, inhumanas y degradantes…

–…según lo describe el sistema normativo internacional.

–Sí, suscripto por los ordenamientos jurídicos internos, tanto en España como en la Argentina. En esto son idénticos. Siempre que hablamos de malos tratos, de violencia institucional, digo que en España hay una actitud de absoluta negación, no está bien visto que en instituciones de segregación se produzcan malos tratos. Incluso pueden abrirse procesos penales por denigrar a los cuerpos de seguridad. No estoy diciendo un chiste. En la Argentina es exactamente al revés, acá todo el mundo acepta, muy progresistamente, que la policía históricamente ha maltratado y maltrata, que en las cárceles pasa lo mismo. Al final, en un sitio porque se niega y en otro porque se acepta naturalmente, nadie se hace cargo de las consecuencias de esto.

–¿Queda cuestionar la legitimidad de las sentencias?

–Yo les preguntaría a los jueces penales, que condenan tan alegremente a las personas a tantos años de privación de la libertad, si saben a dónde están mandando a la gente, si saben que están sosteniendo con esas sentencias a todo un sistema que está prohibido por normas establecidas. Qué legitimidad tienen esos jueces, cuando la ejecución de las penas es ilegal. Esto debería plantearse la clase judicial. No hay hoy una cultura judicial profundamente democrática, a diferencia de otras épocas y en otros países que sí la hubo y motivó jurisprudencias alternativas, por las cuales los jueces se negaban a hacer cumplir penas privativas de la libertad. Mientras eso no sea así, seguiremos hablando de este tema pero no modificaremos ni un milímetro una realidad carcelaria profundamente infame. Durante veinte años en Italia, por ejemplo, jueces de gran coraje se negaron en ocasiones a ejecutar sentencias ante la situación que ofrecían las instituciones carcelarias.

–En la Argentina se suma el fenómeno de la prisión preventiva que se extiende en el tiempo con miles de presos sin condena.

–Sí, esas son las situaciones que agravan lo dicho anteriormente. Los altísimos índices de personas, que según la Constitución tienen derecho a la presunción de inocencia y que purgan largos períodos de cárcel, no se sostienen desde un paradigma de respeto por los derechos humanos.

Cárceles, última estación. Ribera Beiras niega que la cárcel pueda funcionar como mecanismo de control social, ante escenarios de alta conflictividad. Sostiene que es una ilusión que algunos gobiernos venden a la sociedad.

“En realidad, el control social depende de una planificación económica, de un mercado de trabajo con características determinadas que absorbe a algunos y no a otros. Al final de todo quedará el sistema penal para recibir a los rechazados. En ese sentido las responsabilidades son compartidas. Porque no se puede regular la conflictividad social por medio del sistema penal, de lo contrario sólo reformándolo estaríamos interviniendo para solucionar la conflictividad. Pero eso no es así, las sociedades no pueden resolver los problemas de la desocupación, la pobreza, la falta de vivienda o la inmigración por esa vía. Es una quimera que se intenta. En España desde 1995 tuvimos alrededor de 32 reformas del Código Penal, una más dura que la anterior”, afirma.

–¿Cómo es la situación actual?

–Actualmente el gobierno de Mariano Rajoy anunció una nueva reforma de carácter brutal, con el falso discurso que sostiene que, de esta forma, se logrará un control social de la conflictividad. Pero no estoy seguro de que los gobiernos lo crean realmente cuando impulsan este tipo de normativas reaccionarias. Es más complejo, son gestiones que intentan administrar a través de inocular el miedo a la sociedad. Luego vienen las recetas de endurecer la legislación penal. En España anunciaron extender la legislación antiterrorista tras la huelga que se produjo recientemente, que en Barcelona produjo serios altercados y muchos detenidos. Esto, luego de que el fenómeno terrorista quedara prácticamente desarticulado. El ministro de Interior dijo que esa reforma apunta a equiparar la resistencia activa con la pasiva, a condenar a los intelectuales que desde la universidad muestran su comprensión con los violentos en la calle, extender los períodos de incomunicación de los detenidos, privándoles el derecho de designar un abogado de su elección, crear páginas web donde se pueda denunciar al vecino, extender los sistemas de videovigilancia a las calles, tanto como elemento de disuasión como de prueba de los tribunales, crear cuerpos policiales específicos para combatir la disidencia radical, no de los grupos armados de antes sino de los movimientos sociales cada vez más descontentos.

–¿Qué riesgos implica este tipo de normativas?

–El gran peligro de estas leyes antiterroristas de emergencia no sólo es la cantidad de derechos que quedan en suspenso y promover zonas opacas donde se produzcan malos tratos o torturas. Además, una vez retirada la causa de la emergencia, no sólo no se deroga la ley sino que se aplica a otros fenómenos sociales que nada tienen que ver con el origen de estas normas. Ahora en España, una vez desaparecida la violencia por causas políticas, no sólo no se desmantela la legislación sino que se extiende su aplicación a otros sectores que incluye a los jóvenes sin futuro, o disidentes y, por lo visto, también a esa universidad que comprende y se solidariza con esos sectores. No sé si esto obedece a un convencimiento o verdaderamente es una herramienta de claro gobierno político, a través del sistema penal, que debe producir alarma y terror para lograr gobernabilidad a través de la amenaza punitiva.

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Críticas al abolicionismo

«No propongo una perspectiva abolicionista, en la que tampoco creo, sobre todo en un país como la Argentina”, sostiene el académico.

–Las críticas al sistema carcelario apuntan a que no genera efectos positivos en los presos sino lo contrario.

–Pero seamos claros. La privación de la libertad no tiene por qué apuntar sólo a generar situaciones positivas, también debe castigar porque ninguna sociedad puede desenvolverse sobre la base de impunidad. Acá se sabe de eso. Y frente a determinada manifestación de la delincuencia, que se expresó con el nombre de terrorismo de Estado, no se va a correr el juego inocente o ingenuo de renunciar a la respuesta penal ni segregativa frente a un tipo de criminalidad organizada como la que nos asoló. No se va a renunciar a un tipo de discurso sobre derechos humanos de verdad en este sentido, si es necesario adoptando todo tipo de medidas de privación de la libertad contra quienes saquearon a un país, intentaron provocar el genocidio de una generación entera. Otra cosa es pensar en el tipo de cárceles que tenemos, en la clientela carcelaria, que no tiene que ver con lo que dije antes. Esa cárcel es la que queremos reducir, donde el 95 por ciento de los presos no han matado, violado ni lesionado a nadie, sino que están por los tipos delictivos contra la propiedad, el mundo de la droga, etc. Ahí puede desarrollarse una imaginación diferente para trabajar con esa gente.

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El falso modelo

–Hay un fenómeno referido a sacar a las cárceles de los centros urbanos, que significa una penalización para las familias humildes por los costos de traslado y la poca disposición para que los presos puedan acceder al entrono familiar. ¿Cuál es su posición?

–Siempre me costará justificar la construcción de una cárcel. Al margen, estoy absolutamente en contra de esa tendencia planetaria para sacarlas de los ojos de la comunidad. Las instituciones deben estar en los núcleos urbanos que es donde todos vivimos y donde producimos, entre todos, los presos que las habitan. Alejando las cárceles no se resuelve el problema. Por otro lado, se supone que la gente ha de volver a los núcleos urbanos donde reside su familia en el caso que se le conceda un permiso de salida o un régimen abierto. Cómo se va a fortalecer un objetivo rehabilitador si a la persona se la aleja del núcleo familiar o laboral, a donde se debe reintegrar algún día. Además, las familias no tienen por qué verse castigadas con el alejamiento. Para ver cómo la cárcel renace con una nueva finalidad que antes no se había utilizado, el último gobierno de presunta izquierda en Cataluña sacó un plan de construcción de ocho cárceles, con justificaciones estrictamente económicas. En un debate por radio que tuve con el director general de Prisiones catalán, de filiación socialista, el funcionario decía que la instalación de las cárceles en predios rurales iba a generar desarrollo económico a la región, a partir de la construcción e instalación de la infraestructura, los proveedores, expropiación de tierra y todo el business penitenciario. El funcionario le sumó a su argumento que se generaría una enorme dinámica económica a partir de hoteles, restaurantes, bares, etc., para las familias que visitaran a los presos. Me dediqué a investigar cómo la nueva izquierda deja de lado el cumplimiento de funciones de resocialización que históricamente se le atribuyeron a la cárcel. Ahora tiene exclusiva función económica. Toda esta tecnocracia presenta una nueva forma de presentar el discurso de construcción carcelaria, que tiene detrás una lógica económica.
–El gobernador De la Sota avanzó en su segundo mandato con un discurso de esas características cuando ordenó la creación de una cárcel en Cruz del Eje, a 150 kilómetros de Córdoba Capital, tras el violento motín en la penitenciaria de barrio San Martín.

–Sí, en Cataluña dijeron que sustituirían a las viejas cárceles pero en la práctica terminan sumando más complejos carcelarios sin cerrar los viejos. Me parece la tendencia absolutamente opuesta a lo que debe aplicarse. Es nociva desde todo punto de vista para una tarea rehabilitadora que la cárcel dice que tiene que cumplir.

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