Pero se terminan celebrando sólo un 19% del total de los casos que ingresan, con derroche de personal judicial y sin cumplir con lo resuelto. Una investigación del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)  considera la necesidad de modificar estructuralmente de forma urgente el sistema procesal penal federal, porque los juicios no cumplen con los requisitos estándar que reclama la Constitución de oralidad, imparcialidad, contradicción y publicidad. Sobre la base del análisis de los juicios orales correspondientes a veintitrés tribunales orales en lo criminal de la justicia nacional, demuestran que el 74% del total de expedientes ingresados en la justicia penal ordinaria y federal de la Capital Federal corresponde a los tribunales orales en lo criminal, contra un 7% de los tribunales federales, 5% de los tribunales en lo penal económico y un 14% de los tribunales de menores.
Los ejes principales de la reforma se orientaron a superar la rigidez y burocratización de la instrucción tradicional, y a asignar facultades a los fiscales para derivar los casos hacia salidas alternativas con base en el acuerdo de las partes. Se podía así descongestionar el sistema mediante la administración del flujo de casos y favorecer formas más pacíficas de resolver los conflictos entre las partes.
El problema es que no alcanza con instrumentar la reforma: hay que cumplirla. El prosecretario de Cámara y miembro de la junta directiva de INECIP, Diego García Yomha, trabajó conjuntamente con su par Carolina Ahumada –también investigadora del Instituto- elaborando estadísticas claras. A ella recurrimos para conocer los resultados.

Noticias & Protagonistas: Ustedes han establecido que no se cumple con la reforma por  una cuestión de comodidad estadística. Sin embargo ¿eso no descuidaría la verdad que debe buscar todo proceso?
Carolina Ahumada: Ese es el problema. Nosotros teníamos idea de lo que estaba pasando, pero fuimos a buscar datos para corroborar cómo funcionan los tribunales orales de Capital. Relevamos 35 juicios orales y las estadísticas del Ministerio Público Fiscal: todo apunta a que no se cumplan las garantías del proceso, en especial la de oralidad, que se cumple a veces y a medias, con suerte.

N&P: ¿Eso significa que el proceso se basa fundamentalmente en lo escrito?
CA: Sí, en el 82% de los casos, los testimonios se dan por lectura. En otros casos están los testigos dispuestos a declarar, pero las partes terminan desistiendo de la presentación oral y prefieren hacer el aporte por escrito. Lo mismo pasa con la prueba documental, por ejemplo un arma, que en vez de exhibirse en juicio sólo se lee un acta que hace referencia a ella. O con los peritos, que pasan sus informes por escrito en vez de declarar ellos mismos en juicio. 

N&P: ¿Eso no implica un sistema puramente formal, donde no se genera discusión sobre los hechos y las pruebas?
CA: Es precisamente lo que nosotros decimos, consecuencia de que el centro del proceso pasa por la etapa de instrucción y no por el juicio oral, cuando debiera ser al revés. La organización funciona, sí, pero de una manera atomizante, desarticulada: no hay una oficina judicial que centralice la labor administrativa. Entonces se vuelve burocrática, priorizando el expediente y no la audiencia.

N&P: ¿Hay pocas audiencias?
CA: Las estadísticas dicen que en el 57% de los casos se suspenden por distintos motivos: cuestiones de agenda, incomparecencia de partes, sobrecarga de trabajo, ausencia de testigos, distintas causas pero todas administrativas. Entonces no se cumple con la oralidad. Además está el tema de la probation y los juicios abreviados, salidas alternativas al conflicto que el Ministerio puede usar para descongestionar.

N&P: ¿Dónde radica el problema en ese caso?
CA: En que el fiscal debería contar con esas herramientas de entrada, no bien recibe los casos, para usarlas y llevar a juicio sólo los más importantes. Pero esas salidas alternativas son usadas luego de un severo desgaste, al final y no al principio; eso no es racional para un trabajo que requiere de eficacia y rapidez. El juicio se reemplaza por otros métodos, pero ni siquiera se lo hace en tiempos lógicos. 

N&P: La idea de estar siempre buscando algún tipo de acuerdos al final es vista por el ciudadano como lejana a la idea de justicia. Es evidente que el Estado debe actuar de manera de evitar la venganza, pero eso no debería implicar el abandono del debate, la prueba y contraprueba.
CA: En todo proceso hay un individuo que infringe una norma, y su contracara es la víctima. Pero hoy la víctima está desplazada, diría que reemplazada por un mecanismo ineficiente. Eso genera conflictividad social y el Poder Judicial no lo resuelve. Entonces, si no se cumple con esa función primaria que es contribuir a la paz social, con darle a la sociedad una tranquilidad en ese sentido, entonces el juez no está haciendo honor a su cargo.

N&P: En Mar del Plata hay un Tribunal Oral Federal que hace tres años que no celebra un juicio, todo lo resuelve por acuerdos. El ciudadano que paga impuestos siente que no se le devuelve con un servicio y una justicia de calidad…
CA: Por eso estamos trabajando hace mucho por lograr la reforma del Código. Algo que siempre decimos, sin ánimo de puntualizar en nadie en particular, es que hay resistencia de los operadores al cambio; prefieren seguir con las mismas prácticas de siempre. Hay algunas jurisdicciones que empezaron a trabajar con reformas, como el caso de Chubut, donde hay audiencias orales en la investigación, el juez puede resolver en el momento, y eso la sociedad lo puede ver, lo vive como algo importante, observa cómo se administra. La gente no quiere una justicia secreta, sin acceso. Lo de Chubut se podría extender al resto del país. Brasil lo hace. Mejorar la justicia implica democratizarla, eso lleva tiempo, pero los jueces deben colaborar respondiéndole al ciudadano, velando por sus derechos.

N&P: Eso es básico en democracia. ¿No será que heredamos una justicia que está posicionada con una visión de poder y no de representación ciudadana?
CA: Yo no lo podría haber dicho mejor. Nosotros trabajamos con estos informes, damos conferencias, elaboramos proyectos en 2004, otros en 2007, en 2009 y en 2010, pero todavía no logramos avanzar. Es cierto que la reforma no garantiza el éxito en el sistema, pero menos es estancarse como lo hacen algunos operadores que se niegan a cumplirla porque no quieren cambiar.

Apenas una formalidad

Los especialistas coinciden en la necesidad de lograr una reforma integral apuntando a la sanción de un nuevo Código Procesal Penal, pero también sancionar la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal, con una lógica diferente tendiente a que el sistema apunte al principio general, que es el juicio oral. El beneficio del sistema adversarial es que le da a cada actor del proceso el rol que le corresponde: el fiscal es quien investiga y el juez resuelve por audiencia las cuestiones que se le plantean, procedimiento que le otorgaría al sistema la transparencia que reclama la sociedad. “Uno de los cambios más paradigmáticos que se buscó al pasar de un sistema inquisitivo a uno mixto fue, justamente, la realización de juicios orales”, explicaron Ahumada y García Yomha.
Demorar el tratamiento de una reforma integral del sistema significa aceptar la vigencia de un modelo que lejos se encuentra de ser eficaz, eficiente y respetuoso de los derechos y garantías. Las herramientas para producir un cambio están en las legislaciones más modernas de los países de la región, en algunas de las provincias de la Argentina y en el Congreso de la Nación en el denominado Proyecto Albrieu”, explican los investigadores del INECIP. Pero los datos sugieren la existencia de un acuerdo interinstitucional tácito entre fiscales, defensores y jueces, quienes consideran como solución adecuada que en el 50% de los casos se dicte sentencia sin debate oral y público. “Revertir esta tendencia no puede ser sólo normativa sino que requiere un cambio cultural respecto del valor esencial que tiene el juicio oral”, explicó la Dra. Ahumada. Según las propias estadísticas oficiales del Ministerio Público Fiscal, correspondientes al período 2002-2009, sólo el 19% de los casos se resolvieron por juicio oral, el 50% por acuerdos abreviados y el 31% por suspensión de juicio a prueba, con lo cual la oralidad se convirtió en una mera formalidad incumplida.

 

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/noticias/politica/se-acaban-papeles-justicia-santa-fe