La mayoría de los detenidos no tiene condena pero está condenado a enfermarse, e incluso a morir, por causas evitables. Adentro es más probable contraer tuberculosis que afuera. Y resulta difícil acceder a un turno en un hospital, a un preservativo y a un remedio. Durísimo informe de los defensores generales.
En el sistema de encierro más grande de país los detenidos conviven con muerte y enfermedad. Por año, al menos 70 personas encarceladas en el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) mueren por causas calificadas como “no traumáticas” aunque en general se podrían haber prevenido. La mayoría de estas víctimas tiene menos de 35 años.
En su último monitoreo de los servicios de salud, el Consejo de Defensores —que nuclea a los defensores generales de los distintos departamentos judiciales de la Provincia— manifestó alarma por la situación. Advirtió, por ejemplo, que la tuberculosis (TBC) aumenta entre la población carcelaria en proporciones “geométricas, si se comparan los datos en forma retrospectiva a cinco o diez años”, y que es “claramente superior” la posibilidad de enfermarse de TBC en la cárcel que en el medio libre. Entre 2011 y 2012, 40 defensores realizaron rondas de inspección en todas las unidades penitenciarias del sistema provincial.
En cárceles que sólo tienen lugar para alojar a la mitad de los 29.000 detenidos bonaerenses, la enfermedad se expande como reguero de pólvora. Como la TBC, el HIV tiene una alta incidencia entre las personas que están encerradas en las unidades penitenciarias porque no hay una “real conciencia” sobre la posibilidad de promover la erradicación del contagio, “ni existen programas formales de prevención”, sostienen los defensores. A ello se suma la “negación” de las autoridades a reconocer la existencia de sexualidad entre la población carcelaria masculina, lo que se traduce en la ausencia de políticas activas para evitar la propagación de enfermedades de transmisión sexual, como por ejemplo “programas de distribución de preservativos”.
Según ese informe, por lo menos el 75% de los detenidos permanece encerrado sin que se lo haya encontrado responsable de cometer un delito; es decir, con prisión preventiva. En el Informe Anual 2012 del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) quedó asentado que 29 de las 56 unidades penales bonaerenses están sobrepobladas, pero ninguno de estos datos impide que el Ministro de Justicia y Seguridad, Ricardo Casal, revise las políticas de encarcelamiento. Y el pasado mes, la legislatura provincial aprobó una ley que limita las excarcelaciones de manera automática en caso de portación ilegítima de armas de fuego.
Hambre, falta de medicamentos y desidia
El relevamiento encarado por los defensores advierte que estas personas engrosarán el número de lascondenadas a enfermarse en las celdas del SPB. “La población carcelaria ha adquirido enfermedades a partir de su encierro” y la ausencia de protocolos de higiene ambiental y la escasez y mala provisión de alimentos hacen lo suyo. A esto se suma la mala atención del servicio médico, caracterizado por la falta de profesionales y de una política articulada de promoción y prevención de la salud.
En la Unidad 17, de Urdampilleta, por la noche no hay médicos ni cuentan con un móvil para trasladar a un enfermo en caso de presentarse una urgencia. Lo mismo sucede en el sector de sanidad de las unidades penitenciarias de Azul y en otras tantas. En la cárcel de General Alvear el foco es el ausentismo de los médicos: “Esta unidad es un ejemplo de mala asignación de recursos por parte del Estado ―dicen los defensores en su informe. Y se impone seguir leyendo—: Cuando fue inaugurada contaba con un amplio sector de sanidad y un quirófano avanzado que ni siquiera en la actualidad funciona. Poco a poco se ha ido desmantelando su equipamiento hasta dejarla prácticamente sin operatividad alguna”.
Otro condicionante es la imposibilidad de articular la atención necesaria con el sistema de salud extramuros.La “caída” de los turnos concedidos en los hospitales públicos es la constante, no se concretan por cuestiones que van desde la falta de movilidad para el traslado de los internos hasta la omisión por parte del personal penitenciario y/o sanidad en la confirmación del turno oportunamente asignado.Un caso emblemático es el de la unidad de Lisandro Olmos en La Plata, donde casi el 70% de los turnos brindados para la atención de los detenidos no pudierone fectivizarse “dada la incomparecencia del paciente por falta de movilidad”.
A esto se suma una habitual falta en antibióticos, analgésicos,caja de suturas, oxígeno, férulas para inmovilizar, y una también habitual presencia de medicamentos vencidos (en la Unidad 31, de Varela, los defensores encontraron vencidos psicofármacos y medicamentos para enfermos de VIH o con accidentes cardíacos. También detectaron falta de registro sistemático y de seguimiento de las historias clínicas de los detenidos, que lejos están de ser tratados como pacientes por los profesionales que suelen atenderlos.
Enfermar “crónicamente” a resguardo del SPB
En las historias clínicas de los internos “no figuran exámenes de laboratorio destinados al control y seguimiento de patologías ya diagnosticadas, a nuevos diagnósticos y a evaluar los posibles efectos adversos de algunos fármacos, ni los dosajes que determinados fármacos requieren para ajustar la dosis”, se lee en el informe de los defensores que recorrieron las cárceles provinciales.
La ya mencionada falta de medicamentos es moneda corriente y la interrupción de los tratamientos, su inmediata consecuencia. Esto determina que muchas veces las intervenciones médicas terminen atadas a pedidos que se sustancian judicialmente o librados a la voluntad de los médicos intervinientes.
Entre las conclusiones de este duro informe el Consejo vinculó hacinamiento con el agravamiento de la pena: “Genera, entre otras cosas: la sobresaturación de los servicios de salud; la propagación de enfermedades contagiosas de todo tipo; la imposibilidad de contar con espacios para tratar adecuadamente a aquellos internos que necesitan tratamiento especial; y, como se ha dicho, incrementa fricciones y disputas entre los presos que muchas veces dejan heridos graves e incluso muertos”.
El agravamiento de la pena es considerado por organismos internacionales y defensores de derechos humanos una forma de tortura “naturalizada” en los sistemas carcelarios. En el último Congreso Internacional de Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el titular de la Procuraduría contra la Violencia Institucional, Abel Córdoba, advertía que tan evidente es la incondicionalidad del sistema judicial que evita sancionar los malos tratos a detenidos que pareciera existir “una habilitación legal para torturar”. A la pena de prisión se suma el dolor infligido diariamente en un esquema que conjuga arbitrariedad y abandono.
http://www.otroscirculos.com.ar/la-regla-de-morir-antes-de-los-35/