El juez Sergio Piñeda resolvió ayer condenar a 3 años de prisión en suspenso y seis de inhabilitación a Gustavo Oscar Mirantes. El empleado policial fue hallado culpable de los delitos de vejaciones y lesiones graves por un hecho acontecido el 1 de setiembre de 2010 en el barrio Tiro Federal en perjuicio de un joven que tras la golpiza debió ser intervenido quirúrgicamente.

La audiencia de debate que comenzó la semana pasada y estuvo presidida por el juez Piñeda culminó ayer tras conocerse la sentencia condenatoria en contra de Mirantes. Las pruebas exhibidas por el fiscal Arnaldo Maza durante el juicio que se prolongó por cuatro jornadas permitió demostrar que el 1º de septiembre de 2010, a las 14:30, en circunstancias que la víctima conducía un vehículo Fiat Duna, en compañía de un hermano y su cuñada, por calle José Ingenieros casi Chaco, del barrio Tiro Federal de Trelew, es interceptado por el empleado policial Gustavo Mirantes, quien le cruza el cuatriciclo en que se movilizaba y apuntándole con el arma de fuego reglamentaria, les exige que desciendan del vehículo.

Golpiza

Una vez afuera del rodado, le ordena que se tire al suelo, lo toma del brazo, se lo tuerce y lo tira al piso. Encontrándose el denunciante boca abajo y el policía apoyado sobre él con una rodilla en la espalda, tomándolo del brazo derecho le asesta al menos un golpe en la cabeza con el arma, al tiempo que le decía:”…cerrá el culo…”, cuando aquel solo pretendía que le diera una explicación de lo que le estaba sucediendo. Este relato no sólo fue confirmado por el testimonio del denunciante, también declararon en iguales términos al menos tres testigos más que presenciaron el hecho. Entre ellos un vecino dijo haber escuchado una frenada y que al salir de su casa, la gente convocada por los sucesos en el lugar, le decía al empleado policial que cesara de pegarle.

Los médicos intervinientes certificaron las lesiones recibidas, resumidas en una colección hemática en zona occipital, compatible con mecanismo contuso de elemento rígido o semirígido, como así también una limitación por dolor de la movilidad de hombro derecho, compatible con movimiento forzado de dicha articulación, requiriendo estudios de mayor complejidad para establecer el nivel de compromiso lesional, lo que derivó en una reparación a través de cirugía, confirmándose una lesión de tendón de supraespinoso.

En el juicio tanto el acusado como sus compañeros de trabajo intentaron justificar la agresión en el marco de la investigación de un robo, pero su coartada se cayó al verificarse que los sospechosos de ese delito ya estaban identificados al momento de la golpiza (ver recuadro).

En la lectura de sentencia, el juez Sergio Piñeda tuvo en cuenta para la determinación lo expuesto por el fiscal en cuanto a la gravedad del hecho, las características del bien jurídico lesionado, esto es la libertad y la integridad física de un ciudadano, la extensión y gravedad del daño causados, las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se produjo.

Fuente: http://www.diariojornada.com.ar/37313/Policiales/Tres_aos_a_un_policia_por_vejamenes