Hemos asistido a muchos cambios sociales y tecnológicos en las dos últimas décadas, y los pilares del Ordenamiento Jurídico han sabido aguantar las sacudidas. Sin embargo, el tsunami económico está provocando cambios sustanciales en el Derecho, en la atmósfera de leyes y reglamentos que respira el ciudadano día a día. Y eso puede provocar picazón, irritaciones, problemas respiratorios e incluso asfixia.
En mis tiempos escolares me asombraba que el desplazamiento de las placas terrestres de la teoría de Wegener permitían explicar la formación de los actuales continentes. Pequeños movimientos con grandes efectos.
Y así, en el contexto (o coartada) de la crisis, las medidas políticas con expresión jurídica, están desplazando el eje de gravedad clásico de las disciplinas jurídicas hacia confines alarmantes para la ciudadanía.
1. Veamos.
A) El Derecho Internacional Público pivotaba sobre la soberanía de los Estados, independientes e iguales. Hoy día, visto el caso de Grecia, por ejemplo, son peones de otras marcoestructuras difusas (señores de la política, los mercados, los Estados emergentes,etc). ¿ Derecho Internacional Público o Derecho Interferencial sobre el público?.
B) El Derecho Constitucional pivotaba sobre la idea de unos principios y valores estables y compartidos en el seno de una comunidad políticamente organizada, junto a un Tribunal Constitucional como guardíán jurídico de su letra y espíritu. Hoy día, las leyes y Decretos-leyes dictadas en estado de emergencia apuran al máximo los techos constitucionales y colocarán al Tribunal Constitucional ante una enorme y difícil labor porque tendrá que decidir sobre la elasticidad de la Constitución ante planteamientos ideológicos dispares. Dará mucho que hablar: ¿ Derecho Constitucional o Derecho Conversacional?
C) El Derecho Administrativo se ofrecía como el Derecho que regulaba a las Administraciones Públicas: mucha técnica, mucho procedimiento y mucho mecano con reglamentos y actos. Ahora parece que todo el esfuerzo reglamentario se orienta al tijeretazo, a la poda de subvenciones, menos contratos administrativos, menos proyectos con las consiguientes menos expropiaciones, menos responsabilidades de la Administración, y mayores esfuerzos sancionadores y recaudatorios. ¿ Derecho Administrativo o Derecho Ahorrativo?.
D) El Derecho Civil pivotaba sobre la persona, la propiedad y el negocio jurídico. Hoy día, la persona es un peón y juguete de empresas, autoridades y penosas circunstancias. La propiedad se debilita por las deudas que la comen. Los testamentos abren brechas en las familias. Los contratos se firman tan alegres como se incumplen. ¿ Derecho Civil o Derecho Incivil?
E) El Derecho mercantil giraba sobre mercaderes, mercancías y contratos. Hoy día la mayor motivación de la empresa es subsistir como nueces en un mar de agitado por la tempestad financiera y regulaciones perversas, soportando la lluvia de tributos, quiebras, caída de clientes, costes al alza, regulaciones atosigantes…¿ Derecho Mercantil o Derecho Proyectil?
F) El Derecho Penal se asentaba sobre la santa armonía entre las garantías para el inocente y la confianza en los medios policiales e instructores para confirmar la culpabilidad del culpable. Hoy día, los asuntos mediáticos estallan como burbujas en los ciudadanos: el caso del jurado de Marta del Castilllo, la sentencia de Garzón, los niños desaparecidos de Sevilla, el caso Urdangarín…Lo único que tienen en común es la insatisfacción de una gran parte de la ciudadanía en un ámbito, el penal, que debería contar con la inmensa aprobación y adhesión. ¿ Derecho Penal o Derecho Penoso?
G) El Derecho Tributario partía de la idea básica de que pague más quien mas tiene. Hoy día, se trata de recaudar pronto, de recaudar más, de pescar en los caladeros de renta o patrimonio con cualquier técnica aunque acabe con los alevines. El Derecho Tributario parece haber salido del armario. ¿Derecho Tributario o Derecho Autoritario?
H) El Derecho del Trabajo tenía por núcleo al trabajador y su tutela frente al empresario. Nos encontramos con reformas laborales que tensan al máximo el equilibrio de las partes. El principal azote del trabajador parece ser el legislador en su apuesta por un empresario poderoso ( despidos fáciles, contratos abiertos, negociación colectiva debilitada,etc). ¿ Derecho del Trabajo o Derecho del Patrono?
2. El gran problema no es la reconversión de las disciplinas jurídicas sino la difícil situación en que queda el ciudadano.
– Si el común ciudadano afronta un pleito civil posiblemente por la crisis tenga que hacer papiroflexia con la sentencia ya que malamente se puede ejecutar una sentencia frente a quien ni tiene fondos ni manera de obtenerlos. O frente a quien se coloca en paradero desconocido ya que la crisis elimina las raíces. O frente a quien ha aprendido a sobrevivir abusando de la buena fe ajena.
– Si es un empresario sabe que los pleitos civiles y concursales son lentos, inciertos y costosos. Además si el profesional demanda al cliente para que pague, perderá al cliente pero también a otros que conocerán su actitud. ( Viajes a ninguna parte).
– Si es un particular y tiene que afrontar un proceso contencioso-administrativo, sabe desencantado que será frente a un gigante público armado con leyes intervencionistas y prerrogativas, y que en caso de perder correrá generalmente con las costas procesales, propias y ajenas. ( ir por lana y volver trasquilado).
– Si es un contribuyente pillado en falta leve, sabe que antes de acudir a los tribunales económico-administrativos y contenciosos, con sus fianzas y recargos finales, mejor será prestar conformidad al pago y renunciar a todo pleito ( una retirada a tiempo es una victoria)
– Y si es un trabajador ahora sabe que su despido resulta mas barato, y que los salarios desde que se le extinguió el contrato hasta la sentencia que declare el despido improcedente (salarios de tramitación) solo le serán abonados si el empresario – que le despidió indebidamente- opta por la readmisión, con lo que fácil es pensar que ante el abuso laboral se sufrirá y pocas veces se litigará ( la ley del silencio).
3. Así las cosas, la gran pregunta es: ¿En qué quedan los arts.9.2 y 10 de la Constitución Española?.
Dice el 9.2: “ Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.
¡¡ Casi nada !!
Y recordemos el 10: “ La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social”.
¡¡ Toma ya !!
4. En fin, no se trata de “echarse al monte” ni de huir a otros páramos jurídicos. Ni de criticar ideologías. No. Sevach confiesa que seguirá sencillamente el refrán asturiano “nunca llovió que no escampara”. Consejo infantil pero no tengo otro.
Lo triste es que tengo asumido que la Economía con mayúsculas no se arregla porque no hay Catedrático, Escuela de Pensamiento, guru, técnico o Autoridad que sepa dar con otra receta distinta que “palos de ciego”. Sin embargo, empiezo a asumir que el Derecho con mayúsculas empieza a mostrar síntomas de similar pandemia.
Y ello me recuerda la Teoría del Caos, gráficamente expresada con la imagen de que un aleteo de mariposa en Brasil puede provocar una tormenta en Méjico (efecto mariposa). ¿Un recorte salarial de los funcionarios puede provocar una tormenta económica en las empresas?,¿ una privación de la estabilidad de los trabajadores dará lugar a un escenario de incertidumbre doméstica que frenará la inversión?,¿cuales serán los efectos microeconómicos de las grandes decisiones macroeconómicas tomadas en pomposas cumbres europeas?… Es verdad que los tijeretazos son necesarios pues como dice un proverbio chino: “para salir del pozo, primero hay que dejar de cavar”, pero no me consuela. No. Creo que la Teoría del Caos jurídico empieza a gestarse…
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