El restablecimiento de las faltas penales, ya ha sido acordado por el Ministro Bonomi con el Presidente de la República. Sin embargo se adelanta que muchas de las normas se mantendrán fuera del esquema punitivo en tanto pertenecen a un área de usos y costumbres actualmente tolerables y otrora punibles.
Para el Código Penal son todavía faltas: “la galantería ofensiva”, es decir, piropos con términos otrora inconcebibles y actualmente de uso común en programas televisivos dentro del horario de protección al menor.
“La participación en juegos de azar”, donde tal vez la mosqueta en las calles mantenga sanciones, pero no así jugar el truco en un boliche o apostar en alguna penca campera.
La “omisión de indicaciones sobre la identidad personal”, era también falta, pero su actualización implicará aspectos nuevos del uso societal.
Algo diferente ocurrirá con el consumo de alcohol en la vía pública, por ejemplo, donde se aspira erradicar el hábito creciente.
Medida preventiva
Para el Ministerio del Interior, las faltas constituyen un dique de contención previo a la comisión de delitos, y apunta a promover una convivencia más armoniosa.
Las faltas no implicarán sanciones de prisión o similares, aunque habrá multas de carácter económico o en su defecto tareas comunitarias.
Fuente: http://www.lr21.com.uy/comunidad/1022242-este-ano-reactivaran-los-tribunales-de-faltas-para-generar-%E2%80%9Ccontencion%E2%80%9D-previa-al-delito