Se introdujo y se mantuvo la notebook dentro de un sobre cerrado. El tribunal también destacó que los expertos analizaron una “imagen de trabajo”.

La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó una condena por amenazas y coacción agravada, delitos que el acusado cometió valiéndose del correo electrónico. El fallo fue dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe.

A su turno, la defensa del imputado pidió la nulidad de la prueba recogida en el domicilio de su asistido argumentando que la notebook que le secuestraron no fue debidamente conservada mediante el sistema de sellado electrónico. También adujo que con las probanzas arrimadas a la causa no se podía alcanzar el estado de certeza necesario para una condena.

Los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Germiniani recordaron que la evidencia electrónica puede ser alterada, dañada o destruida si se la manipula o analiza incorrectamente, motivo por el cual deben adoptarse precauciones especiales a la hora de recolectarla.

“El uso de la evidencia digital en el proceso penal requiere la adopción de medidas tendientes a preservar su integridad, desde que en caso de que una parte resulte contaminada, toda se torna sospechosa y puede ser invalidada”, destacaron.

Sobre esa base, consideraron que el tratamiento dado a la computadora fue adecuado para proteger su integridad. En esa línea, reseñaron que se introdujo y se mantuvo dentro de un sobre cerrado, valorando que era el medio idóneo para salvaguardarla porque evitaba que se encendiera el equipo.

Peritaje
En cuanto al peritaje, sostuvieron que el principal recaudo exigido a fin de proteger la validez del elemento de prueba informático es que se haga una “imagen de trabajo” de la memoria, una precaución que se tomó en la causa.

“En el informe pericial se consignó que los técnicos realizaron una copia de seguridad del contenido de la notebook secuestrada y que llevaron a cabo la pericia a partir del contenido de esa copia, manteniendo –por consiguiente- intacto el original, de modo tal de permitir que el análisis del equipo pudiese reproducirse en una (hipotética) segunda pericia cuya realización no fue solicitada por la defensa”, fundamentaron.

Sobre la valoración de la prueba por parte del Tribunal Oral, los magistrados opinaron que las coincidencias en los relatos de todos los testigos en cuanto al contenido del mensaje intimidatorio permitían tener por acreditado que el e-mail fue enviado por el condenado.

Además, precisaron que el veredicto se fundó también en un informe de yahoo! sobre la cuenta y la dirección de IP desde la cual se enviaron los mensajes amenazantes.

 

 

fuente http://www.comercioyjusticia.com.ar/2013/04/08/validan-prueba-electronica-en-condena-por-amenazas/