Ciertos operadores del nuevo Código Procesal Penal mostraron las cartas. Para sorpresa de nadie, nos dijeron (ahora sí, ahora que ya no hace falta venderlo, ahora que ya no se habla de juicio por jurados ni de participación ciudadana ni de transparencia) que el sistema está pensado para que los mismos de siempre vayan presos con el consuelo de que tendrán un juicio rápido.

Y no todos los mismos, sino aquellos mismos que cometen ciertos delitos que, a través de complejos mecanismos culturales, ideológicos y mediáticos, una parte de la sociedad considera graves.

Y de esa porción de los mismos de siempre, la prisión y el juicio rápido será solo para aquellos que fueron lo suficientemente torpes como para permitir que un sistema de investigaciones probadamente deficiente haya sido capaz de atraparlos.

Pero… un momento, ¿esto no pasaba antes? ¿Antes no metían presas a las personas, y a veces las dejaban en libertad, y a veces las condenaban? ¿Qué cambió?

Será que hay Código nuevo, que las audiencias son públicas, que la prensa tiene tiempo libre para dedicarle al tema, que el músculo de algunos operadores está siempre dispuesto a reaccionar cuando tocan sus intereses, que hace calor…

Leemos:

En la constitución del clima social, mayor importancia que los hechos mismos cobra la lectura que de ellos proponen determinados actores.

Según muestran los estudios nacionales, entre éstos destacan las autoridades y los medios de comunicación. De ellos provienen las voces que, usualmente en procura de beneficiar intereses particulares, insisten en la magnitud de delito e inseguridad –en ocasiones, amplificándola– y demandan reiteradamente una aplicación rígida y severa de la ley penal, con referencias específicas a la prisión preventiva, cuya imposición se busca generalizar.

Las demandas de endurecimiento de los sistemas penales y los consiguientes mensajes de aplicación extendida de la prisión preventiva impactan en muchos casos sobre la independencia de jueces y fiscales que deben decidir bajo una intensa presión social y política”. (Fuente: Independencia judicial insuficiente, prisión preventiva deformada. Los casos de Argentina, Colombia, Ecuador y Perú)

Seguiremos informando.